Norma Legal Oficial del día 09 de Abril del año 2011 (09/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2011

el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

625364-4

Otorgan a Conservas y Congelados Cerro MORDAZA S.R.L. autorizacion para instalar establecimiento industrial pesquero
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 159-2011-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 11 de marzo del 2011 Visto los escritos con registro N° 00013812-2011 y adjuntos de fechas 14 de febrero, 04 y 08 de marzo del 2011 respectivamente, presentados por la empresa CONSERVAS Y CONGELADOS CERRO MORDAZA S.R.L; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 4 del literal b) del articulo 43°, del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que para el desarrollo de las actividades pesqueras conforme lo disponga el Reglamento de la Ley General de Pesca, las personas naturales y juridicas requeriran autorizacion para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros; Que, asimismo, los articulos 44º, 45º y 46º de la Ley General de Pesca ­ Decreto Ley Nº 25977, establecen que las concesiones, autorizaciones y permisos se otorgaran a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los correspondientes derechos, cuyo monto, forma de pago y destino, seran fijados mediante Resolucion Ministerial, y seran otorgados a nivel nacional, por el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion); Que, el articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que, las personas naturales y juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que, los numerales 52.1 y 52.2 del articulo 52° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modificado por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE , respectivamente, establecen que la autorizacion de instalacion de un establecimiento industrial pesquero se otorga con una vigencia no mayor de un (1) ano. Dicha autorizacion podra renovarse por una sola vez y por igual periodo, siempre que se acredite haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado. La autorizacion se extinguira de pleno derecho al no acreditarse dentro del plazo autorizado o, de ser el caso, al termino de la renovacion del mismo; Que, la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobada por Decreto Supremo Nº 040-2001PE, regula los requerimientos y las condiciones sanitarias para la ubicacion, diseno, construccion y equipamiento de los establecimientos y plantas de procesamiento de productos hidrobiologicos destinados al consumo humano directo. Adicionalmente, la MORDAZA Sanitaria de Moluscos Bivalvos Vivos, aprobada por Decreto Supremo Nº 072004-PRODUCE, regula las condiciones y requisitos de seguridad sanitaria y de calidad que deben reunir los moluscos bivalvos destinados directamente al comercio o a su procesamiento para consumo humano; Que, a traves de los escritos del visto, la empresa CONSERVAS Y CONGELADOS CERRO MORDAZA S.R.L solicita autorizacion de instalacion de establecimiento industrial pesquero, para desarrollar las actividades de procesamiento a traves de las plantas de enlatado, congelado y curado de productos hidrobiologicos; a

ubicarse en la Carretera Imperial-Quilmana Km 0,25, distrito de Imperial, provincia de Canete, departamento de Lima; Que, la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria con fecha 13 de MORDAZA de 2010, mediante Resolucion Directoral Nº 144-2010-PRODUCE/DIGAAP otorga a la precitada empresa, la Certificacion Ambiental aprobatoria al Estudio de Impacto Ambiental, del proyecto de inversion denominado: "Instalacion de las Plantas de Enlatado (1000 cajas/turno), Congelado (24 t/dia) y Curado de productos hidrobiologicos (300 t/mes)", a ubicarse en el km 0,25 de la Carretera Imperial-Quilmana, distrito de Imperial, provincia de Canete, departamento de Lima; Que el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP, en calidad de autoridad sanitaria del sector pesquero ha emitido el Protocolo Tecnico para Autorizacion de Instalacion Nº PTI-002-11-CN-CG-CU-SANIPES de fecha 21 de enero de 2011, para desarrollar las actividades de enlatado, congelado y curado, senalando que los planos y la memoria descriptiva del proyecto de instalacion muestran conformidad con los requerimientos de diseno establecidos en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 040-2001-PE; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se desprende que la solicitante ha cumplido con presentar los requisitos exigidos en el procedimiento N° 26 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 0082009-PRODUCE y sus modificatorias, para desarrollar las actividades de procesamiento de enlatado, congelado y curado; por lo que resulta procedente otorgar lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informes Nº 1982011-PRODUCE/DGEPP-Dch e Informe Legal Nº 3122011-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con los articulos 43°, 44° y 46° del Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, los articulos 49° y 52° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a la empresa CONSERVAS Y CONGELADOS CERRO MORDAZA S.R.L., autorizacion para instalar un establecimiento industrial pesquero para desarrollar actividades de procesamiento a traves de las plantas de enlatado, congelado y curado de productos hidrobiologicos; a ubicarse en la Carretera ImperialQuilmana Km 0,25, distrito de Imperial, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 17020822 del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA ­ Oficina Canete, con las siguientes capacidades proyectadas: Enlatado Congelado Curado : : : 1 000 cajas/turno 24 t/dia 300 t/mes

Articulo 2°.- La empresa CONSERVAS Y CONGELADOS CERRO MORDAZA S.R.L. debera instalar su establecimiento industrial pesquero, con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera contar con un sistema de control de MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, conforme lo dispone el Decreto Supremo N° 040-2001-PE, asi como debera implementar los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, con Certificacion Ambiental aprobatoria mediante Resolucion Directoral Nº 144-2010-PRODUCE/ DIGAAP por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria y cumplir con los requerimientos de diseno y construccion establecidos en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, de conformidad con el Protocolo Tecnico para Autorizacion de de Instalacion Nº PTI-002-11-CN-CG-CU-SANIPES. Articulo 3°.- Otorgar a la empresa CONSERVAS Y CONGELADOS CERRO MORDAZA S.R.L. el plazo de un

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