Norma Legal Oficial del día 09 de Abril del año 2011 (09/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2011

de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 629-97-PE de fecha 20 de octubre de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a IBC CORPORACION DE NEGOCIOS S.A., para operar la embarcacion MORDAZA MORDAZA de matricula PL-4165-BM, de 34.49 m3 de volumen de bodega, la cual sera utilizada para la extraccion del recurso hidrobiologico merluza con destino al consumo humano directo, en el ambito del litoral peruano, utilizando MORDAZA con hielo como sistema de preservacion a bordo y redes de arrastre de fondo; modificada automaticamente en el extremo referido MORDAZA del servicio del numero de la matricula como N° PL-4165-CM; Que, a traves del escrito del visto, la empresa ALSO GROUP S.A.C. solicito el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula PL-4165-CM y supletoriamente, la modificacion de Resolucion por cambio de nombre de la mencionada embarcacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA ahora MORDAZA MARCELITA; Que, respecto de la modificacion de Resolucion Autoritativa por cambio de nombre de la embarcacion pesquera, al tratarse de un procedimiento de aprobacion automatica y habiendo ALSO GROUP S.A.C. presentado todos los requisitos senalados en el procedimiento N° 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE, corresponde ratificar dicha modificacion; Que, mediante los Memorandos N° 00507-2010PRODUCE/OEC y N° 00203-2011-PRODUCE/OEC de fechas 10 de noviembre de 2010 y 17 de febrero de 2011 respectivamente, la Oficina de Ejecucion Coactiva del Ministerio de la Produccion, informa que la embarcacion pesquera denominada MORDAZA MORDAZA de matricula N° PL-4165-CM, mantiene dos expedientes coactivos cuyas Resoluciones Directorales son N° 119-2000-PE/CS y N° 057-2001-PE/CS19-2000-PE/CS, las cuales se encuentran suspendidas por encontrarse en Procedimiento Concursal en INDECOPI; Que, mediante los Oficios N° 5647-2010-PRODUCE/ DGEPP-Dch, N° 5842-2010-PRODUCE/DGEPP-Dch, N° 6471-2010-PRODUCE/DGEPP-Dch, de fechas 20 de octubre, 9 de noviembre y 21 de diciembre de 2010 respectivamente, la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero comunica a la administrada las observaciones efectuadas a su solicitud, otorgando respectivamente los plazos de correspondientes y suficientes para la subsanacion de las observaciones. Asimismo, mediante el Oficio N° 213-2011-PRODUCE/ DGEPP-Dch del 19 de enero de 2011, debidamente notificado el 24 de enero de 2011, se solicita a la administrada el levantamiento de las observaciones realizadas en relacion al pago de las multas respecto de la embarcacion MORDAZA MORDAZA de matricula N° PL-4165CM, asi como la MORDAZA de Certificado de matricula en el cual se consigne la capacidad de bodega de la embarcacion, a fin de verificar que el cambio de titularidad del permiso de pesca se efectua en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado, concediendo para ello por unica vez un plazo adicional de cinco (5) dias habiles, caso contrario se declarara improcedente la solicitud; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, asi como de la aplicabilidad de la legislacion pesquera vigente, se ha determinado que la recurrente no ha levantado las observaciones realizadas reiteradamente en el plazo otorgado para ello, por lo que ha incumplido con presentar los requisitos sustantivos establecidos en el procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, asi como los establecidos en el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, por lo tanto resulta improcedente aprobar el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA, de matricula PL-4165-CM; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion mediante el Informe N° 142-2011-PRODUCE/DGEPP-Dch y el Informe legal N° 223-2011-PRODUCE/DGEPP;

De conformidad con lo establecido en la Ley General de Pesca aprobada por Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento aprobado por D.S. Nº 012-2001-PE, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por D.S. Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades establecidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Ratificar la aprobacion automatica en el procedimiento administrativo de modificacion de Resolucion Autoritativa por cambio de nombre de embarcacion pesquera, entendiendose que la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula N° PL-4165-CM, es actualmente MORDAZA MARCELITA. Articulo 2°.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MARCELITA de matricula N° PL-4165CM, presentada por la empresa ALSO GROUP S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Directoral. Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

625364-8

Aprueban a favor de Corporacion Pesquera MORDAZA S.A.C., la incorporacion definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion a embarcacion pesquera y el Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion para la Temporada 2011
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 163-2011-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 15 de marzo del 2011 Vistos, los escritos de registro Nº 00095401-2010 de fecha 09 de diciembre del 2010, adjuntos 1, 2, 3 y 4 de fecha 20 y 28 de diciembre de 2010 y 27 de enero y 03 de febrero del 2011 respectivamente, presentados por la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C.; y los Memorandos Nºs. 042-2010-PRODUCE/OGTIE y 263-2011-PRODUCE/OGTIE con los Informes N°s. 032011-PRODUCE/OGTIE/OE/RJFP y 15-2011-PRODUCE/ OGTIE/OE/RJFP, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1084, se promulgo la Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, estableciendose un mecanismo de ordenamiento pesquero aplicable a la extraccion de los recursos de anchoveta y anchoveta MORDAZA destinada al Consumo Humano Indirecto, con el fin de mejorar las condiciones para su modernizacion y eficiencia; promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentacion, empleo e ingresos; y asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiologicos, en MORDAZA con la preservacion del medio ambiente y la conservacion de la biodiversidad; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 021-2008PRODUCE, publicado el 12 de diciembre del 2008, se aprobo el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion. Aprobandose a traves de su Articulo 2°, la preasignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion PMCE, como indices o alicuotas correspondientes a cada embarcacion de un armador o empresa que participa en la medida de ordenamiento dispuesta en el referido Decreto Legislativo N° 1084. El referido Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion;

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