Norma Legal Oficial del día 09 de Abril del año 2011 (09/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2011

Decreto Supremo Nº 031-2009-EF, publicado el 11.2.2009 y MORDAZA ampliatoria. - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, publicada el 11.4.2001 y normas modificatorias. - Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2009-EF, publicado el 8.3.2009. VI. DISPOSICIONES GENERALES 1. Definicion Para efecto del presente procedimiento, los depositos flotantes son almacenes aduaneros que se instalan en buques tanques o artefactos navales como barcazas, tanques flotantes u otros, nacionales o nacionalizados, ubicados en una determinada area acuatica y ubicacion geografica de la circunscripcion aduanera autorizada. Los depositos flotantes seran maritimos y pueden ser: a) depositos temporales; o b) depositos aduaneros publicos o privados. Para ser autorizados como depositos flotantes maritimos, los interesados deben cumplir con los requisitos documentarios y de infraestructura que se establecen en el presente procedimiento, asi como con las normas de seguridad y proteccion ambiental que dispone la Autoridad Maritima. 2. Mercancia a almacenar en los depositos flotantes Los depositos flotantes maritimos pueden almacenar combustibles y lubricantes los cuales se sujetan a los regimenes aduaneros que correspondan. 3. Identificacion de la mercancia El combustible o lubricante extranjero o nacionalizado debe almacenarse en tanques diferentes de aquellos en los que se almacena el combustible o lubricante nacional. VII. DESCRIPCION A. DE LOS REQUISITOS EXIGIBLES Para ser autorizados como depositos flotantes maritimos (depositos temporales o depositos aduaneros) los interesados deben cumplir con los siguientes requisitos: A.1 DOCUMENTARIOS a) Solicitud suscrita por el representante legal de la empresa, conforme al formato del Anexo 1 del presente procedimiento. Dicha empresa debe estar inscrita en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) y no tener la condicion de no MORDAZA o no hallado; b) MORDAZA del DNI vigente o carne de extranjeria del representante legal de la empresa; c) Declaracion jurada del representante legal de la empresa, indicando su domicilio legal, ser residente en el MORDAZA y no haber sido condenado con sentencia firme por delitos dolosos; d) MORDAZA del testimonio de la escritura publica de constitucion de la empresa, inscrita en los Registros Publicos, donde conste como objeto social la prestacion del servicio de almacenamiento de mercancias; asimismo, en la indicada escritura publica debe constar el patrimonio social por cantidad no menor al 50% del monto minimo de la garantia exigible, con lo que acredita su nivel de solvencia economica y financiera; e) MORDAZA de la autorizacion de la Autoridad Maritima, donde se acredite que el buque tanque o artefacto MORDAZA esta apto para prestar el servicio de almacen flotante, al haber cumplido con las regulaciones nacionales e internacionales sobre la materia; f) MORDAZA de la autorizacion de la Autoridad Portuaria Nacional que autoriza el area acuatica asignada y establece la ubicacion geografica en coordenadas del buque tanque o artefacto naval; g) MORDAZA del plano y memoria descriptiva del buque tanque o artefacto MORDAZA, firmados por un ingeniero MORDAZA o ingeniero colegiado de la MORDAZA Mercante; h) Declaracion jurada del representante legal de la empresa, indicando lo siguiente:

- Numero de la declaracion de importacion para el consumo del buque tanque o artefacto MORDAZA, en caso no sea nacional; - Numero de matricula otorgado por la Autoridad Maritima; - Nombre del buque tanque o artefacto naval; - MORDAZA del buque o artefacto MORDAZA, tonelaje de peso, medidas y capacidad de sus tanques de almacenamiento. i) MORDAZA del contrato de arrendamiento de servicios o contrato de fletamento o de la ficha de inscripcion emitida por los Registros Publicos en la que conste la inscripcion del buque tanque o artefacto naval; j) Copias de los certificados de cubicacion de los tanques de almacenamiento y de los certificados de calibracion de los contometros o de otro instrumento de medicion a utilizar, vigentes y con valor oficial emitidos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) o por entidades prestadoras de servicios de calibracion acreditadas por esta entidad publica, las mismas que pueden ser verificados en el MORDAZA web de dicho instituto. k) Carta fianza bancaria o poliza de caucion, conforme al Anexo 1 del procedimiento "Garantias de Operadores de Comercio Exterior" IFGRA-PE.20 y por el monto minimo que corresponda:
ALMACEN ADUANERO Deposito temporal maritimo Deposito aduanero publico Deposito aduanero privado EN MORDAZA Y CALLAO FUERA DE MORDAZA Y CALLAO 150 000 100 000 80 000 1 400 000 1 200 000 1 000 000

Minimo US $ MORDAZA US $ Minimo US $ MORDAZA US $ 400 000 200 000 100 000 1 400 000 1 200 000 1 000 000

l) MORDAZA de la licencia municipal de funcionamiento de la oficina en tierra de la empresa. m) MORDAZA del Registro de Hidrocarburos de OSINERGMIN. n) Los documentos para el registro de su representante legal ante la autoridad aduanera y auxiliar, que se indican en el Anexo 2 del presente procedimiento. A.2 INFRAESTRUCTURA a) Una oficina en tierra, que cuente con: 1. Equipos de computo y sistema de interconexion de datos y de comunicaciones que permitan el acceso a los sistemas informaticos de la SUNAT y a Internet, para su operatividad aduanera. Uno de esos equipos debe estar disponible para la autoridad aduanera cuando se apersone en el ejercicio de sus funciones, el cual ademas debe tener sistema UPS para su interconexion con la SUNAT y cumplir con las especificaciones tecnicas minimas senaladas en el Anexo 17 del procedimiento "Autorizacion y Acreditacion de Operadores de Comercio Exterior" INTA-PG.24; 2. Sistema de control automatizado de almacenamiento de mercancias, que permita verificar su ubicacion, identificacion y cantidad desde el equipo disponible para la autoridad aduanera; y 3. Equipo de seguridad contra incendio. b) Un buque tanque o artefacto MORDAZA con las caracteristicas tecnicas y los certificados correspondientes emitidos por la Autoridad Maritima, que como minimo cuente con: 1. Compartimientos adecuados para el almacenamiento de la mercancia, implementados con sistema de medicion para el control de la misma en su almacenamiento y despacho; 2. Maquinaria y herramientas adecuadas para la carga y descarga de la mercancia; 3. Equipo de lucha contra incendio; 4. Sistema de medidas de seguridad; 5. Equipos de seguridad y proteccion ambiental; y 6. Sistema de posicionamiento satelital MORDAZA GPS. c) Una nave motorizada propia o contratada para el

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