Norma Legal Oficial del día 09 de Abril del año 2011 (09/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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su contratacion, e) Decision administrativa del CONAFU, fundada en responsabilidad funcional debidamente comprobada por el incumplimiento de los reglamentos y disposiciones del CONAFU o de la Ley..." (El subrayado es nuestro); Que, en sesion de fecha 16 de marzo de 2011, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 176-2011-CONAFU convino por UNANIMIDAD: 1.- DECLARAR la vacancia del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo Vicepresidente Academico de la Universidad Peruana MORDAZA Bolivar; y 2.- REQUERIR a la Promotora de la referida Universidad presente la propuesta de un profesional idoneo para asumir el cargo de Vicepresidente Academico de la Universidad Peruana MORDAZA Bolivar; Que, en el articulo 10º del referido Estatuto, se establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades: ... t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU"; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU, que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales: ... d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones" y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR la vacancia del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo Vicepresidente Academico de la Universidad Peruana MORDAZA Bolivar. Articulo Segundo.- REQUERIR a la Promotora de la Universidad Peruana MORDAZA MORDAZA, presente la propuesta de un profesional idoneo para asumir el cargo de Vicepresidente Academico de la Universidad Peruana MORDAZA Bolivar. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. ANGELMIRO MORDAZA MESTANZA Presidente MORDAZA JAQUELINY MORDAZA MORDAZA Secretaria General 625279-1

Declaran no reconocer en el cargo a Vicepresidente Administrativo de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de Canete
RESOLUCION Nº 154-2011-CONAFU MORDAZA, 21 de marzo de 2011 "UNIVERSIDAD NACIONAL DE CANETE" VISTOS: Ley Nº 29488 de fecha 22 de diciembre de 2009, el Oficio Nº 037-2010-ME-DM recibido de fecha 25 de junio de 2010, Resolucion Nº 478-2010-CONAFU de fecha 17 de noviembre de 2010, Carta Nº 03-AHS2011 recibido con fecha 11 de febrero de 2011, Oficio Nº 210-2011-CONAFU-CDAA d fecha 02 de marzo de 2011, y el Acuerdo Nº 186-2011-CONAFU de la sesion del Pleno del CONAFU de fecha 16 de marzo de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, de fecha 21 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores y ente rector del funcionamiento de las Universidades del MORDAZA bajo su competencia; Que mediante Ley Nº 29488 de fecha 23 de diciembre de 2009 se creo la Universidad Nacional de Canete con domicilio en el distrito de San MORDAZA y provincia de Canete, Departamento de MORDAZA, sobre la base de las

actuales sedes en dicha Provincia de las Universidades Nacionales del Callao y MORDAZA MORDAZA Sanchez; Que de conformidad al Estatuto del CONAFU aprobado mediante Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, senala: "Titulo Primero, articulo 3º Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:...f) Reconocer a las Comisiones Organizadoras de la Universidades Publicas y Privadas a propuesta de los promotores..."; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 18º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion, Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia de CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, la Comision Organizadora de la Universidad esta compuesta por: 1) Un Presidente, que asume la direccion de la Comision, con las funciones y responsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad, 2) Un Vicepresidente Academico, que asume las funciones que corresponden al Vicerrector Academico y 3) Un Vicepresidente Administrativo que asume las funciones de Vicerrector Administrativo; Que, por Oficio Nº 037-2010-ME-DM recibido de fecha 25 de junio de 2010, el senor Ministro de Educacion, propone a los siguientes profesionales: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ganoza, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Lovera MORDAZA en los cargos de Presidente, Vicepresidente Administrativo y Vicepresidente Academico, respectivamente de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de Canete; Que, de acuerdo al articulo 20º del referido Reglamento, establece que: "Para el reconocimiento del CONAFU, los miembros propuestos para una Comision Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los articulos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de MORDAZA de 1994 que sustituye los articulos 35° y 36° de la Ley Universitaria..."; Que, en el articulo 21º del Reglamento, establece: "El cargo de miembro de Comision Organizadora exige dedicacion exclusiva y es incompatible con el desempeno de cualquier otra funcion o actividad publica o privada"; Que, mediante Resolucion Nº 478-2010-CONAFU de fecha 17 de noviembre de 2010, se resolvio: articulo primero.- Reconocer al profesional MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ganoza y MORDAZA MORDAZA Lovera MORDAZA como Presidente y Vicepresidente Academico, respectivamente, de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de Canete y Articulo Segundo.- Requerir la Hoja de MORDAZA documentada del Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA propuesto como Vicepresidente Administrativo; Que, por Carta Nº 03-AHS-2011 recibido con fecha 11 de febrero de 2011, el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presento su hoja de MORDAZA documentada en cumplimiento del articulo MORDAZA de la Resolucion Nº 478-2010CONAFU de fecha 17 de noviembre de 2010; Que, con Oficio Nº 210-2011-CONAFU-CDAA de fecha 02 de marzo de 2011, la Comision Academica dio a conocer que mediante Carta Nº 03-AHS-2011, el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA propuesto para el cargo de Vicepresidente Administrativo de la Universidad Nacional de Canete, cumplio con presentar su hoja de MORDAZA documentada, el mismo que luego de haber sido evaluado, informo que el Magister MORDAZA MORDAZA MORDAZA no presenta el grado de Doctor en su especialidad; opinando que: El Magister MORDAZA MORDAZA MORDAZA , no reune los requisitos que exigen la Ley Universitaria Nº 23733 y la Normatividad de CONAFU, para acceder al cargo de Vicepresidente Administrativo de la Universidad Nacional de Canete, por no contar con el Grado de Doctor en su especialidad, correspondiendo al Pleno del CONAFU, tomar la decision de la procedencia de lo solicitado por el profesional; Que, en sesion de fecha 16 de marzo de 2011, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 186-2011-CONAFU convino por UNANIMIDAD: No reconocer al Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Vicepresidente Administrativo de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de Canete, al no reunir los requisitos exigidos por la Ley Universitaria Nº 23733 y la normatividad del CONAFU; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:...d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del

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