Norma Legal Oficial del día 09 de Abril del año 2011 (09/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

440599

Que, es conveniente para los intereses institucionales nombrar al MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en Comision Especial en el Exterior como Adjunto a la Delegacion del Peru ante la Junta Interamericana de Defensa (JID) y Participante en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), en la MORDAZA de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, en el periodo comprendido del 15 de MORDAZA del 2011 al 14 de MORDAZA del 2013, por cuanto las experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la capacitacion, desarrollo y seguridad nacional dentro del ambito de competencia del Ejercito del Peru, ya que, la finalidad es proporcionar y recibir los conocimientos necesarios para el ejercicio de funciones en los organos del Estado responsables de la formulacion de politicas de defensa, asi como asesoramiento para la participacion del Peru dentro del Sistema Interamericano de Defensa; Que, el periodo de duracion de la citada Comision Especial en el Exterior como Adjunto a la Delegacion del Peru ante la Junta Interamericana de Defensa (JID) y Participante en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), es de veinticuatro (24) meses y comprende los anos fiscales 2011, 2012 y 2013, por lo que el pago correspondiente al periodo comprendido del 15 de MORDAZA al 31 de diciembre del 2011, se efectuara con cargo al presupuesto institucional del ano Fiscal 2011, y el pago de los periodos restantes se efectuara con cargo al presupuesto institucional del ano Fiscal correspondiente, expidiendose oportunamente las respectivamente autorizaciones; Que, el precitado viaje en Comision Especial en el Exterior se encuentra considerado en el Rubro 3, Item Nº 23, del Anexo 01 del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el ano 2011, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 015-2011 DE/SG del 13 de Enero de 2011; Que, de conformidad con el Articulo 26° de la Ley N° 28359- "Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas", modificado por Ley N° 29598, el Oficial nombrado en comision de servicios o mision de estudios por cuenta del Estado en el exterior, esta impedido de solicitar su pase a la situacion de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo articulo, y conforme al reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2010 DE, del 20 de Noviembre del 2010; Que, el Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778­ 2008 DE/SG del 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del personal militar y civil del sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 -Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 29626 -Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; Ley Nº 27619 ­ Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y, Estando a lo propuesto por el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito y lo acordado con el senor Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en Comision Especial en el Exterior como Adjunto a la Delegacion del Peru ante la Junta Interamericana de Defensa (JID) y participante en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), al MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 43644147 y CIP Nº 114506100, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, en el periodo comprendido del 15 de MORDAZA del 2011 hasta el 14 de MORDAZA del 2013, a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

ANO FISCAL 2011 Pasajes Aereos: (en clase economica) Lima-Washington D.C., EEUU (ida) US $ 1,261.00 x 04 personas (incluye la TUUA) Gastos de Traslado de ida US $ 6,930.00 x 2 compensaciones extraordinarias Para los gastos que se irroguen para el cumplimiento de la presente comision en los Ejercicios Fiscales siguientes, la Unidad Ejecutora 003 Ejercito del Peru, tomara las previsiones respectivas con cargo a sus partidas presupuestales, en los ejercicios presupuestales correspondientes. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru, efectuara el pago de la Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero que corresponda de acuerdo a la modalidad de la mision, por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo normado en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de 26 de enero del 2004 y sus modificatorias. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 5º.- El citado Oficial revistara en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito del Peru, durante el periodo de tiempo que dure la Comision Especial en el Exterior. Articulo 6º.- El citado Oficial no podra solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad o de retiro, hasta despues de haber servido a la Institucion el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duracion de la Comision. Articulo 7º.- El citado Oficial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la fecha de su retorno al MORDAZA, presentara un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 8º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 9º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa

626579-5 RESOLUCION SUPREMA N° 131-2011-DE/EP
MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2011 Visto, la Hoja de Recomendacion Nº 063 /U-4.d.2, del 01 de diciembre del 2010 presentada por el Comando de Educacion y Doctrina del Ejercito y aprobada por el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, la Junta Interamericana de Defensa es una entidad de la Organizacion de Estados Americanos (OEA) que tiene la funcion de brindar asesoramiento tecnico, consultivo y educativo a la propia Organizacion de Estados Americanos (OEA) y a sus Estados miembros sobre temas relacionados con asuntos militares y de defensa para contribuir a la paz y seguridad en la Americas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/ SG, se modifico el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con Decreto Supremo Nº 02-2004-DE/SG, estableciendose la modalidad de viajes denominada Comision Especial en el Exterior, que permite la designacion del personal militar en actividad o retiro en las representaciones permanentes del Peru ante organismos internacionales, a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores;

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