Norma Legal Oficial del día 30 de Abril del año 2011 (30/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, con base a la informacion proporcionada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI mediante el Oficio Nº 188-2011-INEI/DTDIS; la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, segun el Oficio Nº 201-2011-SUNAT/200000; y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, mediante el Oficio Nº 0073-2010-SE-DGPU-DPIDI/ANR, la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales - DGAES del Ministerio de Economia y Finanzas ha efectuado los calculos correspondientes para la determinacion de los Indices de Distribucion de la Regalia Minera; Que, el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, senala que el Ministerio de Economia y Finanzas distribuira mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalia Minera en el plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario despues del ultimo dia de pago de la Regalia Minera; Que, el numeral 16.5 del articulo 16º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera, dispone que por Resolucion Ministerial se aprobaran los Indices de Distribucion de la Regalia Minera; Que, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los Indices de Distribucion de la Regalia Minera seran aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Resolucion Ministerial sobre la base de los calculos realizados por la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales ­ DGAES de dicho ministerio, segun los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, en virtud de lo senalado en los considerandos precedentes resulta necesario aprobar los Indices de Distribucion de la Regalia Minera pagada en el mes de marzo de 2011; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15° de la Ley N° 28411, el Decreto Supremo Nº 1572004-EF y sus normas modificatorias y complementarias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de marzo de 2011, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales del MORDAZA beneficiados con la Regalia Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de marzo de 2011 consideran la informacion remitida por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica ­ INEI, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, segun los porcentajes y criterios de participacion y distribucion establecidos en el articulo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, y el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera. Articulo 3°.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. El Anexo a que se refiere el articulo 1° sera publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas

634600-1

ENERGIA Y MINAS
Aprueban transferencia a titulo gratuito del proyecto Implementacion de un Sistema Hibrido Eolico - Fotovoltaico, ubicado en el departamento de MORDAZA, a la empresa Hidrandina S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 205-2011-MEM/DM
MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2011

Que, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Gobierno Peruano a traves de la Secretaria de Cooperacion Tecnica Internacional ­ SECTI de la Presidencia del Consejo de Ministros (hoy Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI) y el Ministerio de Energia y Minas- MEM, suscribieron un Convenio para la Ejecucion del Proyecto PER/98/G31Electrificacion Rural a Base de Energia Fotovoltaica en el Peru, para desarrollar modelos de gestion de sistemas fotovoltaicos sostenibles en localidades rurales y aisladas del territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2007-EM de fecha 05 de MORDAZA de 2007, se dispuso la fusion del Proyecto de Mejoramiento de la Electrificacion Rural mediante la Aplicacion de Fondos Concursables ­ Proyecto FONER y la Direccion Ejecutiva de Proyectos, creandose la Direccion General de Electrificacion Rural, la misma que ha entrado en funciones el 01 de enero de 2008; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 518-99-EM/ DEP de fecha 16 de septiembre de 1999, se acepto el aporte financiero no reembolsable (donacion) efectuada por el Fondo Mundial para el Medio Ambiente (GEF), ascendente a US$ 3 930 093,00, destinados a cubrir parte de los recursos requeridos para el inicio de la Ejecucion del Proyecto PER/98/G31, para la electrificacion rural a base de energia fotovoltaica; Que, el articulo 2° de la Resolucion Ministerial indicada en el parrafo precedente establecio que el monto de US$ 3 846 000,00 sera asignado como fondo de contrapartida nacional del aporte financiero no reembolsable (donacion) con cargo a los recursos presupuestales de la Direccion General de Electrificacion Rural, la misma que se designo como unidad ejecutora de proyectos; Que, mediante Revision Sustantiva N° 01 suscrita el 29 de noviembre de 2005, se modifico el presupuesto general del Proyecto PER/98/G31 por la suma ascendente a US$ 733 454,41; Que, con fecha 02 de MORDAZA de 2007, el Proyecto PER/98/G31 y la empresa Intermediate Technology Development Group ­ ITDG, suscribieron el Contrato N° 07-002-MEM/DEP-DNA para la Implementacion de un Sistema Hibrido Eolico ­ Fotovoltaico, ubicado en el distrito de Namora, provincia y departamento de MORDAZA, por un monto ascendente a S/. 340 944,54 incluido el IGV; Que, mediante Revision Sustantiva N° 02 suscrita el 30 de marzo de 2007, se modifico el aporte financiero efectuado por el Fondo Mundial para el Medio Ambiente (GEF) correspondiente a la ejecucion del Proyecto PER/98/ G31 por la suma ascendente a US$ 3 798 686,19; Que, la obra indicada ha quedado concluida, segun consta en el Acta de Recepcion de Obra de fecha 01 de diciembre del 2010, oportunidad en la que se entrego 20 sistemas hibridos eolicos fotovoltaicos a la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electro Norte Medio S.A. - Hidrandina S.A., quien se encargara de la administracion y operacion de los mismos; Que, la Ley de N° 28749, Ley General de Electrificacion Rural, establece que el Ministerio de Energia y Minas, a traves de la Direccion General de Electrificacion Rural, es competente en materia de electrificacion rural; Que, asimismo el articulo 18° de la citada Ley y el articulo 53° de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-EM, establece que el Ministerio de Energia y Minas transferira a titulo gratuito los Sistemas Electricos Rurales (SER) que MORDAZA ejecutado o ejecute, a favor de las empresas concesionarias de distribucion electrica de propiedad estatal o a la Empresa de Administracion de Infraestructura Electrica S.A. ­ ADINELSA; Que, es necesario efectuar la transferencia de los bienes que conforman el proyecto para la Implementacion de un Sistema Hibrido Eolico ­ Fotovoltaico ubicado en el distrito de Namora, provincia y departamento de MORDAZA, a favor de la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electro Norte Medio S.A. - Hidrandina S.A., por lo que corresponde aprobar el monto de inversion, cuya valorizacion en libros asciende a la suma de S/. 368 220,10, importe ajustado a la fecha de transferencia, que incluye el IGV; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificacion Rural, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM; en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA; en el Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del

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