Norma Legal Oficial del día 30 de Abril del año 2011 (30/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

441869

VISTOS: El informe Nº 023-2011-DRRCC/MDMM del Departamento de Registro Civil, el memorando Nº 248-2011-GAF-MDMM de la Gerencia de Administracion y Finanzas, el memorando Nº 265-2011-GPP/MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 311-2011-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo establecido en la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, en concordancia con lo dispuesto en el art. 40º de la Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales, mediante ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, el numeral 9) del articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece como una de las atribuciones del Concejo Municipal el crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; Que, el articulo 4 de la Constitucion Politica del Peru senala que la comunidad y el estado protegen especialmente al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano en situacion de abandono. Asimismo, precisa que protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos ultimos como instituciones naturales y fundamentales de la sociedad; Que, las Municipalidades dentro de su politica de tratamiento social con su comunidad brindan facilidades a sus vecinos para que regularicen su estado civil mediante la celebracion del matrimonio comunitario y con ello contribuir al fortalecimiento de la unidad familiar como celula basica de la sociedad; Que, dentro de ese contexto, el Departamento de Registros Civiles mediante el Informe Nº 023-2011-DRRCC/MDMM de fecha 05 de MORDAZA de 2011, propone la realizacion del MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario 2011 con ocasion del "Aniversario de Creacion del Distrito de MORDAZA del Mar"; Que, la propuesta indicada cuenta con opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica mediante el Informe Nº 3112011-GAJ-MDMM, de la Gerencia de Administracion y Finanzas mediante el memorando Nº 248-2011-GAF-MDMM y de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante memorando Nº 265-2011-GPP-MDMM; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica; el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, la siguiente:

- Una fotografia tamano carne y/o pasaporte por cada contrayente. - Certificado Medico Prenupcial (Serologico, Grupo Sanguineo y una MORDAZA de Consejeria Preventiva en ITS, VIH, y SIDA). - Declaracion Jurada simple presentada por los contrayentes de residir en el distrito (el modelo aparece colocado en la pagina Web de la Municipalidad, www. munimagdalena.gob.pe). - MORDAZA simple y original de los documentos de identidad vigentes de dos testigos (en el caso de DNI, debera contar con la MORDAZA del ultimo sufragio), quienes deberan ser mayores de edad, familiares o amigos y deberan conocer a los contrayentes por lo menos tres (3) anos antes; los cuales deberan mostrar sus documentos de identidad originales. Los viudos, divorciados, menores de edad y extranjeros que deseen participar de este MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario 2011, deberan cumplir con presentar la documentacion adicional establecida en las normas respectivas, segun sea el caso. Articulo 4º.- Las personas discapacitadas que deseen contraer matrimonio, seran incluidas dentro de la celebracion del MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario 2011, para lo cual sera de aplicacion lo normado por la Ordenanza Nº 243-MDMM en lo que sea aplicable. Articulo 5º.- ENCARGUESE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administracion y Finanzas, al Departamento de Registro Civil y al Departamento de Imagen Institucional de esta Municipalidad, quienes deberan realizar las acciones necesarias para cumplir con la presente disposicion. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA

634597-2

Aprueban MORDAZA amnistia de multas administrativas y notificaciones de infraccion
ORDENANZA Nº 464-MDMM
MORDAZA, 28 de MORDAZA del 2011 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 09 de la fecha; y, VISTOS: El Informe Nº 347-2011-GAJ-MDMM y el Informe Nº 0212011-GCSC-MDMM de fecha 25 de MORDAZA del 2011 de la Gerencia de Asesoria Juridica y Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido el art. 194º de la Constitucion Politica del Estado modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 04/10/05, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, de conformidad con lo establecido en el numeral II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, es objetivo de la actual Administracion brindar a los administrados del distrito de MORDAZA del

ORDENANZA
Articulo 1º.- AUTORICESE la celebracion del "SEGUNDO MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2011" para el dia 03 de MORDAZA del 2011, estableciendose como plazo MORDAZA de MORDAZA de expedientes el dia 20 de Junio del 2011. Articulo 2º.- ESTABLEZCASE que los contrayentes que se presenten al MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario 2011 abonen como pago por apertura de expediente matrimonial el monto de S/. 10.00 (Diez y 00/100 Nuevos Soles) por pareja; y, por el derecho de celebrar el matrimonio fuera del local municipal la suma de S/. 10.00 (Diez y 00/100 nuevos soles). Articulo 3º.- Los contrayentes, que participen en el matrimonio civil deberan presentar los siguientes documentos: - Partidas de Nacimiento certificadas de ambos contrayentes. - MORDAZA autenticada por Fedatario de la Municipalidad de los documentos de identidad vigentes de los contrayentes: DNI (con la MORDAZA del ultimo sufragio), CIP, Pasaporte o Carne de Extranjeria, segun sea el caso, debiendo mostrar los originales.

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