Norma Legal Oficial del día 30 de Abril del año 2011 (30/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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de MORDAZA del 2011, con la ganadora senalada en el Anexo del Articulo precedente, en el cargo y categoria remunerativa correspondiente. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Oficina General de Administracion, el fiel cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA

633661-1

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Regulan el procedimiento administrativo de visacion de planos y memorias descriptivas para fines de dotacion de servicios basicos de las posesiones informales y/o organizaciones sociales ubicadas dentro de la jurisdiccion del distrito de Ventanilla
ORDENANZA MUNICIPAL N° 010-2011/MDV
Ventanilla, 21 de marzo de 2011 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de fecha 21 de marzo de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1014, se establecen medidas para propiciar la inversion en materia de servicios publicos y obras publicas de infraestructura con el objeto de impulsar la inversion en infraestructura para el desarrollo humano, a traves de la implementacion de medidas que eliminen sobre costos y logren una efectiva simplificacion administrativa en beneficio de los usuarios de dichos servicios publicos, siendo el ambito de aplicacion a las empresas privadas y entidades del sector publico que realizan la prestacion de uno o mas servicios publicos esenciales tales como : a) Agua potable y Alcantarillado b) Transmision y Distribucion de Electricidad ,asi como alumbrado Publico y otros. Que, la Visacion de planos que se realice en merito del procedimiento administrativo que se crea, no significara reconocimiento u otorgamiento de habilitacion MORDAZA alguna, ya que para ello las organizaciones interesadas deberan efectuar su tramite conforme a lo que establece la Ley Nº 26878 Ley General de Habilitaciones Urbanas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01198-MTC. Que, el MORDAZA parrafo del articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru concordante con el MORDAZA parrafo del articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, establecen que los gobiernos locales pueden crear, modificar, suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con limites que la senala la Ley. Que, segun el inciso 58.11 del Reglamento de Organizacion y Funciones la Gerencia de Asentamientos Humanos es competente de emitir Resoluciones de aprobacion de proyectos de planos para la factibilidad de los Servicios Basicos y, asimismo, proponer a la Gerencia de Planificacion Local y Presupuesto los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad a su cargo. Que, la finalidad de la presente Ordenanza Municipal, es contribuir con el desarrollo y progreso del Distrito de

Ventanilla estableciendo facilidades al administrado que ocupa las posesiones informales y/o organizaciones sociales debidamente reconocidas y, que a la fecha carecen de dichos servicios. Asimismo, cabe resaltar que mediante el mencionado proyecto de Ordenanza se otorgara de manera gratuita al administrado la visacion de planos desde la entrada en vigencia del proyecto materia de analisis hasta el 31 de MORDAZA de 2011, por lo que resulta factible que el Honorable Concejo Municipal apruebe dicha ordenanza conforme sus atribuciones establecidas en el articulo 9º numeral 8 de la Ley Organica de Municipalidades. Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo preliminar de la Ley Nº 27972Ley Organica de Municipalidades. Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972-Ley Organica de Municipalidades, establece que las ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, asi mismo, indica que mediante ordenanza, se crean, modifican, suprimen o exonerar, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con el Dictamen favorable de la Comision de Asentamientos Humanos, el Concejo Municipal Distrital con el MORDAZA POR UNANIMIDAD; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; APROBO LA SIGUIENTE ORDENANZA:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE VISACION DE PLANOS Y MEMORIAS DESCRIPTIVAS, PARA FINES DE DOTACION DE SERVICIOS BASICOS DE LAS POSESIONES INFORMALES Y/O ORGANIZACIOCIONES SOCIALES UBICADAS DENTRO DE LA JURIDISCCION DEL DISTRITO DE VENTANILLA
Articulo Primero.- Establezcase el Procedimiento Administrativo de Visacion de Planos y Memoria Descriptiva, para fines de Dotacion de Servicios Basicos. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza tiene los siguientes objetivos: a) Viabilizar la Dotacion de Servicios Basicos de aquellas areas ocupadas por Posesiones Informales y/o Organizaciones Sociales debidamente reconocidas y, que a la fecha de la emision de la presente ordenanza carecieran de dichos servicios. b) Cumplir con lo indicado en el Articulo 79º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, los Art. 24º y 26º de la Ley Nº 29687 - Ley de desarrollo y complementaria de formalizacion de la propiedad informal, acceso al suelo y dotacion de servicios basicos, el articulo 27º, 28º, 31º y 33º del Decreto Supremo Nº 017-2006VIVIENDA (Reglamento de los Titulos II y III de la Ley Nº 28687 ) asi como con lo indicado en el Decreto de Urgencia Nº 116-2009 (Decreto de Urgencia que promueve el suministro del servicio publico de electricidad en zonas MORDAZA marginales del pais) Articulo Tercero.- Seran beneficiarios del otorgamiento de la Visacion de planos y Memoria Descriptiva para fines de Dotacion de Servicios basicos. Aquellas areas ocupadas por Posesiones Informales y/o Organizaciones Sociales debidamente reconocidas que se encuentren en terrenos de propiedad privada o del Estado y que a la fecha de la emision de la presente Ordenanza, no cuenten con Dotacion de Servicios Basicos. Articulo Cuarto.- La Visacion de Planos y Memoria Descriptiva para fines de Dotacion de Servicios Basicos a efectuarse, NO implica reconocimiento ni otorgamiento de habilitacion MORDAZA por parte de la Municipalidad Distrital de Ventanilla a favor de las Posesiones Informales y/o organizaciones sociales solicitantes. Articulo Quinto.- No se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la presente Ordenanza aquellas posesiones que: a) Se encuentren en areas correspondientes a Vias Publicas.

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