Norma Legal Oficial del día 30 de Abril del año 2011 (30/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 2011

mayor a la que establezca la SUNAT y tratandose de los tributos administrados por los organos, la TIM sera la que establezca la SUNAT salvo que se fije una diferente mediante Resolucion Ministerial de Economia y Finanzas; Que, la Resolucion de Superintendencia Nº 053-2010/ SUNAT publicada el 17 de 02-2010, fija en 1.2% mensual, la Tasa de Interes Moratorio aplicable a la deuda tributaria en moneda nacional, correspondiente a los tributos administrados o recaudados por la SUNAT, estableciendo su vigencia a partir del 01-03-2010; Que, mediante Informe Nº. 280-2011-MPC/UTrib, de fecha 24.03.2011, el Jefe de la Unidad de Tributacion y Rentas de la Municipalidad Provincial de Cutervo, hace de conocimiento que segun el Texto unico del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº. 135-99-EF y sus modificatorias, establece que en los casos de tributos administrados por los Gobiernos Locales, la Tasa de Interes Moratorio (TIM) sera fijada por Ordenanza Municipal, la misma que NO PODRA SER MAYOR a la que establezca la SUNAT que es 1.20% mensual en moneda nacional que fue aprobada con Resolucion de Superintendencia Nº. 053-2010/SUNAT; Estando a lo dispuesto en el Inciso 8) del Articulo 9º, 38º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, y con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal, se aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE FIJA LA TASA DE INTERES MORATORIO APLICABLE A DEUDAS TRIBUTARIAS ADMINISTRADAS Y/O RECAUDADAS POR LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUTERVO.
Articulo Primero.- FIJESE EN 0.5% MENSUAL, LA TASA DE INTERES MORATORIO (TIM) APLICABLE A LAS DEUDAS TRIBUTARIAS, CORRESPONDIENTE A TRIBUTOS ADMINISTRADOS POR LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUTERVO, el mismo que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza Municipal se actualizara automaticamente cuando la Superintendencia de Administracion Tributaria actualice la Resolucion de Superintendencia Nº 053-2010/SUNAT publicada el 17.02.2010, que fija la TIM en 1.2%. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Administracion, Finanzas y Tributacion, Unidad de Tributacion y Rentas, Ejecucion Coactiva, MORDAZA y Seguridad Vial, SEMAPA y otros inmersos a recaudacion, el debido cumplimiento y su ejecucion de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente Ordenanza Municipal en la Vitrina Municipal y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Provincial de Cutervo. www.municutervo.gob.pe. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

los Articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, consagra que las Municipalidades son Organos de Gobierno promotores del Desarrollo Local, con Personeria Juridica de Derecho Publico con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, gozando de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el numeral 28) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, senala que corresponde al Concejo Municipal aprobar la remuneracion del MORDAZA y las dietas de los Regidores y en concordancia con el Articulo 12º de la misma MORDAZA establece que: "Los regidores desempenan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fijadas por acuerdo del concejo municipal dentro del primer ano de gestion. El acuerdo que las fija sera publicado obligatoriamente bajo responsabilidad. El monto de las dietas es fijado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad economica del gobierno local, previa las constataciones presupuestales del caso. No pueden otorgarse mas de cuatro dietas mensuales a cada regidor. Las dietas se MORDAZA por asistencia efectiva a las sesiones. El MORDAZA no tiene derecho a dietas..." Que, de conformidad al Articulo 21º de la citada Ley, "el MORDAZA provincial o distrital, segun el caso, desempena su cargo a tiempo completo. Es rentado mediante una remuneracion mensual fijada por acuerdo del concejo municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion. El acuerdo que fija la remuneracion sera publicado obligatoriamente, bajo responsabilidad. El monto mensual de la remuneracion del MORDAZA es fijado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad economica del gobierno local, previa las constataciones presupuestales del caso. Podra ser incrementada anualmente con arreglo a ley, siempre y cuando se observen estrictamente las exigencias presupuestales y economicas propias de su remuneracion." Que, conforme a lo expuesto y contando con los pronunciamientos de la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 092-2011-OAJ/CCCH, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto, Racionalizacion, Sistemas y Cooperacion Internacional mediante Informe Nº 0192011-MPH/OPPRSCI y puesto a consideracion del Pleno contandose con el quorum completo, autorizan su aprobacion; por tanto: ESTANDO A LO EXPUESTO Y A LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIEREN LOS ARTICULOS 9°, 39° Y 41° DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES - LEY Nº 27972; CON EL MORDAZA UNANIME DE LOS SENORES MIEMBROS DEL CONCEJO MUNICIPAL Y CON LA DISPENSA DEL TRAMITE DE APROBACION DEL ACTA; ACORDO: Articulo Primero.- RATIFICAR la remuneracion mensual del senor MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huaral fijada en S/. 7,800.00 (siete mil ochocientos con 00/100 nuevos soles) por Acuerdo de Concejo Nº 0402007-MPH-CM. Articulo Segundo.- RATIFICAR el monto de la dieta que percibiran los senores Regidores de la Municipalidad Provincial de Huaral por asistencia efectiva a cada sesion de Concejo fijada en la suma de S/. 1,170.00 (mil ciento setenta y 00/100 nuevos soles), abonandose hasta por un MORDAZA de dos (02) Sesiones Mensuales, monto equivalente al 30% de la Remuneracion total mensual del MORDAZA, conforme lo establecido en el Acuerdo de Concejo Nº 040-2007-MPH-CM. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto, Racionalizacion, Sistemas y Cooperacion Internacional. Articulo Cuarto.- Encomendar a la Sub Gerencia de Sistemas y Cooperacion Internacional, la publicacion de la presente Ordenanza en la pagina web de la Corporacion MORDAZA (www.munihuaral.gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Ratifican remuneracion mensual de MORDAZA y monto de dieta de regidores de la Municipalidad conforme al Acuerdo N° 040-2007-MPH-CM
ACUERDO DE CONCEJO Nº 034-2011-MPH-CM
Huaral, 22 de marzo de 2011. EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificada por Ley Nº 27680, en concordancia con

634244-1

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