Norma Legal Oficial del día 02 de Agosto del año 2011 (02/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 2 de agosto de 2011

Aprueban solicitud de renovacion de autorizacion otorgada a la empresa Radio y MORDAZA 13 T.V. MORDAZA S.A.C. para prestar servicio de radiodifusion en Onda Media
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 661-2011-MTC/03 MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2011 VISTO, el escrito de registro Nº 1998-02683007 del 18 de noviembre de 1998, sobre renovacion de autorizacion para continuar prestando el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM) en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Ministerial Nº 189-93-TCC/15.17 del 21 MORDAZA de 1993, se renovo la autorizacion que fuera otorgada a la empresa RADIO MORDAZA S.A., mediante Resolucion JPNT Nº 840 del 16 de diciembre de 1968, para que continue operando el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, senalando como vigencia hasta el 16 de diciembre de 1998; Que, mediante escrito de registro Nº 1998-02683007 del 18 de noviembre de 1998, la administrada solicito la renovacion de la autorizacion mencionada en el considerando anterior; Que, conforme consta en la Ficha Registral Nº 05003922 de la empresa RADIO MORDAZA S.A., esta inscribio el cambio de su denominacion social a empresa RADIO Y MORDAZA 13 T.V. MORDAZA S.A.C; Que, el articulo 117º del entonces vigente Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0272004-MTC, aplicable en virtud a la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que las solicitudes de renovacion no tienen el beneficio del silencio administrativo positivo, estableciendo que los interesados una vez vencidos los plazos respectivos pueden tener por denegadas sus peticiones o esperar el pronunciamiento del Ministerio; Que, el entonces vigente Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, determinaba que el procedimiento administrativo de renovacion de autorizacion de servicios de radiodifusion, era uno sujeto al silencio negativo, cuyo plazo de vigencia era de treinta (30) dias habiles; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 644-2007MTC/01 se modifico el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, estableciendose que el procedimiento de renovacion para los servicios de radiodifusion es uno sujeto al silencio administrativo positivo, disposicion que beneficia al administrado, y que por tanto debe serle aplicable en su totalidad, en virtud a lo dispuesto en el articulo 4º de la citada Resolucion Ministerial y la Ley Nº 29060 - Ley del Silencio Administrativo, que entro en vigencia el 4 de enero de 2008; Que, conforme a los articulos 200º, 201º y 204º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la renovacion de las autorizaciones es automatica, previa solicitud del titular dentro del plazo de ley, segun sus propios terminos y condiciones, previo cumplimiento de condiciones legales; Que, el articulo 205º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, dispone que la renovacion de la autorizacion se sujeta al cumplimiento de todos los pagos de los derechos, tasa anual, canon anual y demas conceptos que se adeuden al

Ministerio vinculados a telecomunicaciones; de otro lado, la Cuarta Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, dispone que es necesaria la MORDAZA del Proyecto de Comunicacion para las solicitudes de renovacion tramitadas MORDAZA de la vigencia de la Ley de Radio y Television; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 041-2005MTC/03, modificada con Resolucion Viceministerial Nº 509-2006-MTC/03 y ratificada con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de Onda Media (OM) para la localidad de MORDAZA, incluyendose en esta al distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, con Informe Nº 1543-2011MTC/28, MORDAZA con Informe Nº 2492-2011-MTC/28, opina que la estacion radiodifusora perteneciente a la empresa RADIO Y MORDAZA 13 T.V. MORDAZA S.A.C., se encuentra en aptitud tecnica para continuar operando y que, desde el punto de vista legal, es procedente renovar la autorizacion otorgada a la referida empresa para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de MORDAZA, departamento de MORDAZA, habiendose verificado el cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos para el otorgamiento de la renovacion de la autorizacion, no incurriendo en los impedimentos o causales para denegar el acceso a una renovacion contemplados en el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado con Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; De conformidad con el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, la Ley del Silencio Administrativo aprobado por Ley Nº 29060, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobada al 4 de enero de 2008, en virtud del silencio administrativo positivo, la solicitud de renovacion de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 189-93-TCC/15.17 a la empresa RADIO Y MORDAZA 13 T.V. MORDAZA S.A.C., para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de MORDAZA, departamento de Moquegua. Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 16 de diciembre de 2018. Articulo 3º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de renovacion y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 4º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hacen referencia dichas normas. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de

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