Norma Legal Oficial del día 03 de Agosto del año 2011 (03/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de agosto de 2011

Que, el Estado es propietario del predio independizado de un area de 478.86 m², signado como Terreno Eriazo Parcela AA2, ubicado al Este de la Asociacion de Pobladores de Ventanilla Alta, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao e inscrito en la Partida Nº 70367887 del Registro de Predios del Callao y anotado en el Sistema de Informacion Nacional de Bienes Estatales ­ SINABIP con el Registro Nº 2139 del Libro del Callao; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante Carta del 21 de octubre de 2009, solicita la adjudicacion en venta directa de una area mayor al predio descrito en el punto precedente, toda vez que el unico acceso a esta es a traves del predio colindante de su propiedad constituido por el Lote 20 de la Manzana C del Asentamiento Humano Asociacion de Pobladores de Ventanilla Alta; Que, segun el Informe Nº 00753-2010/SBN-GO-JAD, de fecha 12 de octubre de 2010, con la conformidad de la Jefatura de Adjudicaciones, se considera factible dar inicio al tramite de adjudicacion en venta directa del predio sub materia a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debido a que su solicitud se encuentra enmarcada en la causal dispuesta por el literal a) del articulo 77º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, teniendo en cuenta que de acuerdo a las inspecciones realizadas, a la revision de los documentos adjunto y de los antecedentes que obran en esta Superintendencia se ha verificado que el predio del Estado descrito en el MORDAZA considerando, denominado Parcela AA2, de 478.86 m², se encuentra ubicado en la parte posterior del Lote 20 de la Manzana C del Asentamiento Humano Asociacion de Pobladores de Ventanilla Alta ­ Sector Primero, cuya titularidad registral corresponde a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA, siendo su unico acceso normal y regular a traves del citado lote colindante, no teniendo acceso directo a traves de via publica, asimismo se aprecia que el area solicitada corresponde a ladera de cerro, el cual se encuentra en posesion y custodia del recurrente MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su familia, quien ha realizado obras de nivelado con la finalidad de reforestarlo; Que, el Articulo 75º.2 del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, establece que la solicitud de venta directa debera ser presentada ante la entidad propietaria del bien o el Gobierno Regional, segun corresponda y sera aprobada por Resolucion sustentada en el respectivo Informe Tecnico ­ Legal, previa opinion tecnica de la SBN; Que, mediante carta de fecha 26 de MORDAZA de 2011, la empresa Servicios Generales de Valorizacion y Consultoria SAC ­ SGV., remitio el informe de la valuacion comercial del predio MORDAZA descrito, cuyo valor asciende a la suma de US $ 5,926.37 (Cinco Mil Novecientos Veintiseis con 37/100 Dolares Americanos); Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante carta recibida por esta Superintendencia con fecha 16 de MORDAZA del 2011, ha manifestado su aceptacion respecto del valor de la tasacion del predio materia de venta; Que, en merito a lo dispuesto por el articulo 78º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y a lo senalado en la Directiva Nº 003-2011/SBN "Procedimientos para la aprobacion de la venta directa por causal de predios de dominio privado del Estado de libre disponibilidad", con fecha 23 de MORDAZA de 2011 se publico en el Diario Oficial El Peruano y el Diario "La Primera", asi como en la pagina Web de esta Superintendencia, el aviso que publicita el valor de tasacion comercial del predio MORDAZA descrito, con la finalidad de que cualquier interesado pueda por unica vez y dentro del plazo de diez (10) dias utiles, presentar una mejor oferta para la compra, sin embargo transcurrido dicho plazo no se recibio oferta alguna; Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº 03152011/SBN-DGPE-SDDI de fecha 28 de junio de 2011, la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario opina favorablemente por la adjudicacion en venta directa del citado predio a favor de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, dado que su solicitud se enmarca en el supuesto contemplado en el literal a) del articulo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-

VIVIENDA; Que, conforme al Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, corresponde a la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario sustentar y aprobar la venta directa, previa conformidad del Superintendente Nacional de Bienes Estatales de acuerdo a lo dispuesto en el literal a) del Articulo 48º del citado Reglamento; Que, mediante Memorando Nº 08293-2011/SBN-DGPE de fecha 30 de junio de 2011, la Direccion de Gestion del Patrimonio Estatal ha dado su conformidad respecto a la venta por causal del predio que se describe en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion; Que, mediante Memorandum Nº 08483-2011/SBN-SGOAJ de fecha 4 de MORDAZA de 2011, la Oficina de Asesoria Juridica emite la conformidad a la venta por causal del predio descrito en el MORDAZA considerando de la presente resolucion; Que, mediante Memorandum Nº 9067-2011/SBN-SG de fecha 15 de MORDAZA de 2011, el Secretario General de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, encargado de las funciones de Superintendente Nacional de Bienes Estatales de acuerdo a la Resolucion Nº 045-2011/SBN de fecha 30 de junio de 2011, ha dado su conformidad a la venta por causal de conformidad a lo dispuesto en el literal n) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones-ROF de la Superintendente Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010VIVIENDA; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA y sus modificatorias, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, la Directiva Nº 003-2011/SBN, Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA y Resolucion Nº 0352011/SBN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la adjudicacion en venta directa a favor de los senores don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, respecto del predio de 478.86 m², signado como Terreno Eriazo Parcela AA2, ubicado al Este de la Asociacion de Pobladores de Ventanilla Alta, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao e inscrito en la Partida Nº 70367887 del Registro de Predios del Callao y anotado en el Sistema de Informacion Nacional de Bienes Estatales ­ SINABIP con el Registro Nº 2139 del Libro del Callao, por encontrarse en la causal prevista en el literal a) del articulo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151. Articulo 2º.- El valor comercial del predio cuya venta se aprueba asciende a la suma de US $ 5,926.37 (Cinco Mil Novecientos Veintiseis con 37/100 Dolares Americanos) conforme a la valorizacion actualizada efectuada por la empresa Servicios Generales de Valorizacion y Consultoria SAC ­ SGV., suma que debera ser cancelada en el plazo de 30 dias habiles a partir de la publicacion de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Los ingresos que se obtengan de la venta del predio constituiran recursos del Tesoro Publico y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales en un 97% y 3%, respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos. Articulo 4º.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en nombre y representacion del Estado, otorgara la Escritura Publica de transferencia respectiva a favor de los senores don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Yarleque. Articulo 5º.- La MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA, de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, inscribira en el Registro de Predios del Callao, el acto a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, por el merito de la presente y de la correspondiente escritura publica. Registrese, comuniquese y publiquese.CARLOS MORDAZA MORDAZA Subdirector de Desarrollo Inmobiliario

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