Norma Legal Oficial del día 03 de Agosto del año 2011 (03/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

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realizado un ejercicio abusivo de su posicion dominante en el sentido del Articulo 10º de dicha Ley. Por tanto, las practicas anticompetitivas que pudieran realizar las empresas concesionarias se sujetaran a la citada Ley y demas normativa y lineamientos en materia de libre competencia en el sector de telecomunicaciones. II. Procedimiento y Analisis de casos Con la aprobacion del presente documento normativo, podran iniciarse los Procedimientos para Determinar Proveedores Importantes (Etapa V del esquema previsto en la Metodologia y Procedimiento), tanto de oficio como a solicitud de parte. En estos procedimientos, el presente documento normativo ­Documento Marco- se aplicara en conjunto con el documento normativo de Metodologia y Procedimiento. II.1. Procedimiento de Oficio Inmediatamente despues de la entrada en vigencia del presente documento normativo, el OSIPTEL iniciara el analisis progresivo de cada uno de los mercados designados como prioritarios en el presente documento y determinara la existencia o inexistencia de uno o mas Proveedores Importantes en el respectivo MORDAZA relevante. Se podran efectuar procedimientos de analisis que incluyan varios mercados de los establecidos en la seccion III del presente Documento MORDAZA, segun se considere conveniente. II.2. Procedimiento a Solicitud de Parte A partir de la entrada en vigencia del presente documento normativo, cualquier empresa con interes legitimo podra solicitar al OSIPTEL que analice un determinado MORDAZA de servicios publicos de telecomunicaciones del conjunto de mercados de partida y que, como consecuencia, se determine la existencia de uno o mas Proveedores Importantes en el respectivo MORDAZA relevante. La empresa que solicite el inicio del procedimiento de determinacion de Proveedor Importante en un MORDAZA debera acreditar su interes legitimo sustentando que algun operador de dicho MORDAZA le ha negado la comparticion de su infraestructura, la reventa de su trafico y/o servicios publicos de telecomunicaciones, o alguna otra prestacion que la normativa legal establezca como una obligacion exigible a los Proveedores Importantes. La solicitud correspondiente debera ser presentada por escrito, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27444 ­Ley del Procedimiento Administrativo General- y adjuntando los medios probatorios que acrediten el interes legitimo, conforme a lo senalado en el parrafo precedente. El OSIPTEL podra solicitar informacion adicional al solicitante y a las empresas operadoras que participan del MORDAZA involucrado, para realizar el analisis respectivo.

II.3. Designacion de Proveedor Importante Iniciado el procedimiento, ya sea de oficio o a solicitud de parte, el OSIPTEL realizara un analisis del MORDAZA involucrado, tomando en cuenta los criterios senalados en la Metodologia y Procedimiento para la delimitacion del MORDAZA relevante a nivel de producto y a nivel geografico, asi como para la determinacion de un Proveedores Importantes en un MORDAZA relevante delimitado. Mediante Resolucion de Consejo Directivo, debidamente sustentada, el OSIPTEL determinara si existen o no Proveedores Importantes en el MORDAZA relevante analizado. En caso afirmativo, todo operador designado como Proveedor Importante quedara sujeto, en su respectivo MORDAZA relevante, a las obligaciones que la normativa legal establece o establecera para los Proveedores Importantes, por lo que le sera exigible: · Otorgar el acceso y uso compartido de su infraestructura de telecomunicaciones a cualquier empresa concesionaria de cualquier servicio publico de telecomunicaciones que se lo solicite, conforme a la "Ley de Acceso a la Infraestructura de los Proveedores Importantes de los Servicios Publicos de Telecomunicaciones" aprobada por Decreto Legislativo Nº 1019 y las Disposiciones Complementarias aprobadas por Resolucion Nº 020-2008-CD/OSIPTEL. · Otorgar la reventa mayorista de su trafico y/o servicios publicos de telecomunicaciones a cualquier proveedor que se lo solicite. Esta reventa debera ofrecerse en condiciones no discriminatorias, que no impliquen practicas anticompetitivas como el estrechamiento de margenes, y de acuerdo a precios razonables, sujetandose a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 002-2009-MTC (que modifica el Articulo 6º de los Lineamientos de Politica aprobados por Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC y el Articulo 138º del TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC), y · Otorgar cualquier otra prestacion y sujetarse a cualquier otra obligacion que sea exigible a los Proveedores Importantes conforme a las normas legales de la materia. Las resoluciones que se emitan sobre la determinacion de Proveedores Importantes son recurribles via recurso de reconsideracion, conforme a las reglas previstas en la Ley del Procedimiento Administrativo General ­Ley Nº 27444 y sus modificatorias-. La Resolucion que designa a un operador como Proveedor Importante sera revisada cada tres (3) anos, a fin de evaluar la continuidad de la condicion asignada a dichos operadores en sus mercados respectivos. Dicho periodo podra ser adelantado solo de oficio por decision del OSIPTEL. III. Conjunto de Mercados de Partida Los mercados de partida que se analizaran son treinta y cinco (35), y se encuentran detallados en el Cuadro Nº 1 siguiente. En el Anexo Nº 1 del presente Documento MORDAZA se senala, de manera referencial, la definicion general de cada uno de los Mercados de Partida.

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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