Norma Legal Oficial del día 03 de Agosto del año 2011 (03/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

447919

Como se menciono en el informe de Metodologia y Procedimiento, una vez analizados los elementos que caracterizan la oferta y la demanda del MORDAZA relevante, se esta en disposicion de determinar si se observan caracteristicas tales que hacen probable la existencia de operadores que puedan ser designados como Proveedores Importantes o si, por el contrario, es improbable que se de este hecho. En ese sentido, el OSIPTEL determinara, a traves de un analisis general del MORDAZA segun lo establecido en el informe de Metodologia y Procedimiento, si se considera que en un MORDAZA de partida existen indicios para la existencia de Proveedores Importantes. En dicho caso, se iniciara de oficio el procedimiento de determinacion de estos proveedores aplicando las metodologias de competencia contenidas en el documento de Metodologia y Procedimiento. IV. Mercados Prioritarios a ser analizados de oficio por el OSIPTEL De acuerdo a los fundamentos expuestos en el Informe Sustentatorio del presente Documento MORDAZA, se ha determinado que los siguientes mercados seran considerados como "prioritarios" y seran analizados en este orden: a. El MORDAZA de acceso mayorista para Internet y transmision de datos (Mercado 25), que se encuentra dentro del grupo de servicios mayoristas de origen fijo. b. Los relacionados con el acceso a la red publica de servicio movil (Mercados 30, 31 y 32), que se encuentra dentro del grupo de servicios mayoristas de origen movil. c. Los relacionados con el arrendamiento de circuitos (Mercados 22, 23 y 24), que se encuentra dentro del grupo de servicios mayoristas de origen fijo. d. Acceso mayorista al servicio de TV de paga (Mercado 35). El OSIPTEL puede modificar este orden de analisis y/o incluir mas mercados de la lista del conjunto de mercados de partida para los procedimientos de oficio. Dichas modificaciones seran oportunamente justificadas e informadas mediante las Resoluciones de Consejo Directivo del OSIPTEL que se emitan dentro del MORDAZA de los procesos de analisis de dichos mercados. V. Informacion a ser solicitada a los operadores para la determinacion de Proveedores Importantes Las empresas de servicios publicos de telecomunicaciones deberan facilitar toda la informacion necesaria para que el OSIPTEL pueda determinar a los Proveedores Importantes en cada MORDAZA, sujetandose a los plazos y el grado de detalle que MORDAZA exigidos por este organismo. En el Anexo Nº 2 del presente Documento MORDAZA se indica la informacion basica que podra ser requerida para el analisis de los mercados. La informacion a ser solicitada a los operadores de servicios telecomunicaciones guardara proporcion con el objetivo de determinar a los Proveedores Importantes. Si la informacion solicitada a una empresa para este procedimiento ya hubiera sido oportunamente presentada por esta en el MORDAZA de los requerimientos de informacion periodica establecidos por la Resolucion Nº 121-2003-CD/OSIPTEL y sus modificatorias, no sera necesario que sea remitida nuevamente.

Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivacion y disolucion al Consejo de Reajuste de Precios de la Construccion (CREPCO); Que, asimismo la Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) las funciones de elaboracion de los Indices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicacion de aquellos Indices que a la fecha cuentan con la informacion requerida; Que, la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos ha elaborado el Informe Nº 01-07-2011/DTIE, referido a los Indices Unificados de Precios de la Construccion, para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de MORDAZA de 2011, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comision Tecnica para la aprobacion de los Indices Unificados de Precios de la Construccion (IUPC); En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica". SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar los Indices Unificados de Precios de la Construccion para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de MORDAZA de 2011, que a la fecha cuentan con la informacion requerida, tal como se detalla a continuacion: INDICE CODIGO 30 34 39 47 49 53 Registrese y comuniquese, MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA Jefe MORDAZA 2011 360,57 529,82 365,52 427,68 238,23 819,26

672474-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Sancionan a persona natural con inhabilitacion temporal en sus derechos para participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 1275-2011-TC-S4
Sumilla: (...)"es responsabilidad de los proveedores el verificar que su tramite de inscripcion y/o renovacion de inscripcion se MORDAZA completado satisfactoriamente, ingresando a su correo RNP a fin de confirmar que no se le hayan formulado observaciones". MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2011 Visto, en sesion de fecha 15 de MORDAZA de 2011 de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado,

672019-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Aprueban Indices Unificados de Precios de la Construccion para las Seis Areas Geograficas correspondientes al mes de MORDAZA de 2011
RESOLUCION JEFATURAL N° 177-2011-INEI
MORDAZA, 1 de agosto de 2011

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