Norma Legal Oficial del día 03 de Agosto del año 2011 (03/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- El Paradero Autorizado sera de MORDAZA universal, de uso exclusivo para el embarque y/o desembarque de pasajeros y de obligatorio cumplimiento por todas las empresas autorizadas a prestar el servicio de transporte publico en esas vias. Articulo 3º.- Los Paraderos Autorizados podran ser identificados mediante la senalizacion horizontal y/o vertical respectiva, ademas por el mobiliario MORDAZA (modulo), en cada una de las vias senaladas en la presente resolucion. Articulo 4º.- La vigencia de los Paraderos Autorizados queda sujeta a cualquier variacion que la autoridad administrativa considere tecnicamente necesaria, para la implementacion del MORDAZA Sistema Metropolitano de Transporte. Articulo 5º.- Las empresas, conductores y cobradores del Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros, deberan informar permanentemente a los usuarios, que el embarque y desembarque de pasajeros se realizara en los respectivos paraderos autorizados. Articulo 6º.- Encargar a la Subgerencia de Ingenieria de MORDAZA los trabajos de mantenimiento y senalizacion de los Paraderos Autorizados de acuerdo a su competencia. Articulo 7º.- Encargar a la Subgerencia de Fiscalizacion del Transporte, la supervision, fiscalizacion y cumplimiento de la presente Resolucion; de ser el caso, debera coordinar con la Policia Nacional del Peru encargada del control del MORDAZA, para que de acuerdo a su competencia y facultades, garantice el cumplimiento y respeto a los Paraderos Autorizados, una vez que estos MORDAZA debidamente senalizados. Articulo 8º.- Dejar sin efecto cualquier disposicion que se contraponga a la presente Resolucion. Articulo 9º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en la pagina Web de la Gerencia de Transporte MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 10º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA J. MORDAZA CUYA Subgerente Subgerencia de Regulacion de Transporte Gerencia de Transporte MORDAZA

Que, segun lo prescrito en el Articulo 233º del Codigo Civil, la regularizacion juridica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamadas en nuestra Carta Magna; Que, se ha tomado conocimiento que en nuestra Jurisdiccion existe un alto indice de parejas de escasos recursos economicos que han conformado su hogar bajo union de hecho y desean formalizar su estado civil contrayendo matrimonio; Que, es politica primordial de la actual Gestion Municipal, proteger a la familia y promover el matrimonio como institucion natural y fundamental de la sociedad, cautelando de esta manera su legalidad y seguridad juridica; Que, el Articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que los Decretos de Alcaldia establecen Normas Reglamentarias de aplicacion de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion Municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal. Que, los derechos de pago de tramite de Matrimonio Civil, asi como los requisitos a presentarse, se encuentran establecidos en el Texto Unico de procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Independencia, aprobado mediante Ordenanza Nº 117-MDI de fecha 22 de Marzo del 2006 y ratificado con Acuerdo de Concejo Nº 202-MML. Que, mediante Informe Nº 046-2011-RC/GSG/MDI emitido por el Area de Registro Civil, propone la realizacion del "MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2011" el cual se llevara a cabo dia Sabado 19 de Noviembre del 2011, como una de las actividades de la "Toma de MORDAZA de Cueva". Que, mediante el Informe Nº 280-2011-GAL/MDI, senala que en aplicacion del Articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, opina por la procedencia de la realizacion del "Matrimonio Comunitario para el ano 2011". Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. DECRETA:

671981-1

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Autorizan celebracion del "Matrimonio Civil Comunitario del Ano 2011"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 015-2011-MDI
Independencia, 20 de MORDAZA del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Visto, el Informe Nº 280-2011-GAL/MDI, emitido por la Gerencia de Asesoria Legal, el Informe Nº 059-2011-RCGSG/MDI, de fecha 2 de MORDAZA del 2011, emitido por el Area de Registro Civil; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º y 195º de Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Nº 28607 y en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de Autonomia Politica, Economica y Administrativa de los asuntos de sus competencias. Que, de conformidad con lo preceptuado en el Articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru, la comunidad y el Estado protegen a la familia, promueven el matrimonio y los reconoce como institutos naturales y fundamentales de la sociedad.

Articulo Primero.- AUTORIZAR la celebracion del "MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL ANO 2011" como MORDAZA de las actividades de la "Toma de MORDAZA de Cueva", a llevarse a cabo el dia 19 de Noviembre del 2011, a horas 11:00 en la Plaza de la Mujer, Av. MORDAZA MORDAZA Km. 4/5, Distrito Independencia. Articulo Segundo.- ESTABLECER la reduccion del pago por Derecho de Tramite de Matrimonio Civil para el "Matrimonio Civil Comunitario 2011" disponiendose como pago la suma de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles), por derecho de ceremonia de Matrimonio Civil. Articulo Tercero.- LOS CONTRAYENTES deberan presentar los requisitos establecidos de acuerdo a lo senalado en el Articulo 248º y siguientes del Codigo Civil y a lo establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Independencia. Articulo Cuarto.- ESTABLECER como fecha limite de MORDAZA de los documentos para realizacion del "Matrimonio Comunitario 2011" el 16 de Noviembre, exonerandose de la tasa correspondiente a los que no cumplan con los ocho dias de Publicacion de acuerdo a Ley. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Registro Civil, Gerencia de Desarrollo Social, Sub. Gerencia de Imagen Institucional, Sub. Gerencia de Participacion Vecinal y Gerencia de Administracion y Finanzas su cumplimiento y a la Secretaria General su Publicacion el Diario El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

671888-1

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