Norma Legal Oficial del día 19 de Agosto del año 2011 (19/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 19 de agosto de 2011

articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar a favor de COMPANIA PESQUERA DEL MORDAZA CENTRO S.A., el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "ERNESTINA" con matricula N° CO-10397-PM otorgado por Resolucion Directoral N° 753-2010-PRODUCE/DGEPP de fecha 03 de diciembre de 2010, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; hasta el 01 de diciembre del 2011, en virtud al Contrato de Arrendamiento celebrado con MARICULTURA EL MORDAZA S.A.C., condicionandose la eficacia de dicho derecho administrativo al resultado del MORDAZA judicial correspondiente, de acuerdo a lo establecido por el tercer parrafo del articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE. Articulo 2°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Directoral N° 753-2010-PRODUCE/DGEPP, a la empresa MARICULTURA EL MORDAZA S.A.C., para operar la embarcacion pesquera denominada "ERNESTINA" de matricula N° CO-10397-PM. Articulo 3°.- Incorporar a COMPANIA PESQUERA DEL MORDAZA CENTRO S.A., como MORDAZA titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "ERNESTINA" con matricula N° CO-10397-PM, asi como la presente Resolucion en los Anexos correspondientes de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y Resolucion Ministerial N° 086-2007-PRODUCE, excluyendo a MARICULTURA EL MORDAZA S.A.C. y la Resolucion Directoral N° 753-2010-PRODUCE/DGEPP, consignados en dichos Anexos. Articulo 4°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 678162-4

Declaran improcedente solicitud de cambio de titularidad de permiso de pesca de embarcacion pesquera solicitada por Pesquera Luzmag S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 458-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2011 Visto; el escrito de Registro N° 00021292-2011 y adjunto 1, de fechas 11 de marzo y 05 de MORDAZA de 2011, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA representante de la empresa PESQUERA LUZMAG S.A.C.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N° 018-2000PRE/P, de fecha 29 de noviembre de 2000, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a los armadores pesqueros MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada MORDAZA MORDAZA 2 de matricula PL-18447-CM, de 40.16 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos

anchoveta y sardina para destinarlos al consumo humano directo e indirecto, utilizando MORDAZA de hielo como medio de preservacion y redes de cerco con tamano minimo de malla de ½" (13 mm) y 1½" (38 mm), respectivamente, segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas adyacentes a la costa. Que, mediante Resolucion Directoral N° 611-2010PRODUCE/DGEPP, de fecha 17 de setiembre de 2010, se aprobo a favor de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral N° 018-2000PRE/PL, para operar la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA II de matricula PL-18447-CM, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para consumo humano directo e indirecto, acondicionando la vigencia del permiso de pesca al resultado del MORDAZA judicial correspondiente; Que, el articulo 1° del Decreto Supremo N° 004-2007PRODUCE del 20 de febrero del 2007, sustituye el articulo 9° del Decreto Supremo N° 003-98-PE, estableciendo que las transferencias del permiso de pesca de embarcaciones bajo el regimen de la Ley N° 26920, se efectuaran conforme a las disposiciones contenidas en el articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que, el articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001PE, modificado por el Decreto Supremo N° 015-2007PRODUCE, establece que "(...) El permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asi mismo, establece que no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada"; Que, de la verificacion en la partida electronica N° 11078600 de la Oficina Registral de Chiclayo, se ha podido verificar que la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA 2 de matricula PL-18447-CM es de propiedad de la empresa PESQUERA LUZMAG S.A.C.; Que, de otro lado, de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, presentados por la administrada, se concluye que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE, sin embargo de conformidad con lo establecido en el Memorando 00653-2011-PRODUCE/OEC, de fecha 25 de MORDAZA de 2011, la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA 2 de matricula PL-18447-CM, registra deudas cuya ejecucion se estan tramitando en la Oficina de Ejecucion Coactiva, conforme se detalla (i) Respecto a la demanda de Revision Judicial,... "que si bien el obligado mediante escrito de Registro N° 00091229-2010, de fecha 26.11.2010 presento ante esta Ejecutoria una solicitud de suspension en merito a la demanda MORDAZA mencionada, la misma fue declarada infundada mediante Resolucion N° 0010912010-S, de fecha 02.12.2010, por haberse recabado informacion de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, en el sentido que no existia demanda de revision judicial en tramite respecto del procedimiento de Ejecucion Coactiva, tramitado bajo el expediente Coactivo N° 232-2009"; (ii) Mediante escrito de Registro N° 00036399-2010, de fecha 10.05.2010, solicita la suspension del Procedimiento de Ejecucion Coactiva, tramitado bajo el Expediente Coactivo N° 233-2009, senalando que la obligada al pago de la multa materia de ejecucion se encontraba fallecida; sin embargo mediante Resolucion N° 00444-2010-S, de fecha 19.05.2010, se declaro infundada, ya que segun

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