Norma Legal Oficial del día 19 de Agosto del año 2011 (19/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 19 de agosto de 2011

· Acreditar el cumplimiento de lo establecido en el numeral 2 literal g) respecto de la relacion de usuarios potenciales, indicando la cantidad e importancia de los mismos. · De acuerdo a lo establecido por el numeral 2 literal i), la solicitante debera acreditar mediante documentos, los compromisos de representaciones que ejerzan de asociaciones u organizaciones extranjeras de representacion reciproca. · En cumplimiento del numeral 2 literal j) del MORDAZA, presentar las declaraciones juradas de bienes y rentas de los miembros del Consejo Directivo, Comite de Vigilancia y Director General garantizando que no infrinjan las disposiciones establecidas en los Articulos 155º, 156º y 157º del Decreto Legislativo 822. · Acreditar que la convocatoria y realizacion del acto de nombramiento fueron llevados a cabo con las formalidades respectivas, en base a lo establecido por el numeral 2 literal k). · Asimismo, esta Direccion considera pertinente aclarar que en el escrito presentado el 30 de diciembre de 2011, en la seccion Anexos punto 9, se ha senalado que se estaria presentando una "Copia de la Escritura Publica de Modificacion de Estatutos de fecha 26 de MORDAZA de 2010, otorgada ante la Notaria MORDAZA Polo". Sin embargo, dicha MORDAZA no ha sido presentada. · Asimismo, en el punto 11 de la seccion Anexos se ha senalado que se estaria presentando el reglamento de Afiliados; sin embargo, dicho documento no ha sido adjuntado a su escrito del 30 de diciembre de 2010. · Es pertinente senalar que si bien, en el escrito presentado el 30 de diciembre de 2010, se estaria solicitando la autorizacion de funcionamiento de INTER ARTIS PERU, en el ultimo parrafo de dicho escrito se senala "(...) solicitamos se sirva otorgarnos la Autorizacion de Funcionamiento a SONIEM (...)". El 24 de marzo de 2011, la solicitante subsano en parte las observaciones efectuadas por la Direccion, senalando lo siguiente: · Que, el petitorio se restringe unicamente a la solicitud de autorizacion de funcionamiento de INTER ARTIS PERU para la gestion de lo derechos de propiedad intelectual de los artistas interpretes y ejecutantes del ambito audiovisual. · Que, la solicitud de revocatoria de la autorizacion de funcionamiento de ANAIE no forma parte del presente procedimiento; sin embargo, una vez que se MORDAZA obtenido la autorizacion de funcionamiento como Sociedad de Gestion Colectiva de INTER ARTIS PERU, se procedera a solicitar la revocatoria de la autorizacion de funcionamiento de ANAIE del tal forma que no se generen inconvenientes con los afiliados. · Que, en relacion con los Medios Humanos, Tecnicos y Materiales, precisan que recien a partir de la autorizacion de funcionamiento de INTER ARTIS PERU, se contara con presupuesto propio, no obstante temporalmente se estarian apoyando segun convenio con ANAIE. · Asimismo, el personal de ANAIE estaria a disposicion de INTER ARTIS PERU hasta el momento en que se obtenga la autorizacion de funcionamiento. · Que, INTER ARTIS PERU cuenta con el apoyo de la entidad espanola de artistas AISGE quienes se han comprometido a suscribir un convenio de reciprocidad con INTER ARTIS PERU asi como a darles apoyo tecnico, en temas de formacion y capacitacion de personal, asesoramiento en materia de recaudacion, entre otras cosas. · Que, INTER ARTIS PERU esta integrada a LATIN ARTIS- Federacion Iberoamericana de Actores con quienes se ha fijado aprobar un Codigo de buenas practicas contables y la elaboracion y seguimiento por parte de INTER ARTIS PERU de un riguroso presupuesto de Ingresos y Gastos. · Que, INTER ARTIS PERU forma parte de la agenda de cooperacion y desarrollo de la Societies' Council for the Collective Management of Performers' Rights (SCARP) · Que, senala que la VIRTUAL RECORDINGS DATABASE (VRDB) albergara las fichas de las producciones y coproducciones audiovisuales peruanas. · Adicionalmente, que la International Performers Database Association (IPDA) albergara los datos de los artistas peruanos asociados a INTER ARTIS PERU lo

que facilitara el pago de los derechos por parte de las entidades extranjeras. · Que, existen compromisos de las Sociedades de Gestion Colectiva de MORDAZA Latina, Espana y MORDAZA para suscribir convenios de representacion reciproca. · Asimismo, existen compromisos de suscribir convenios de representacion con las sociedades de gestion colectiva siguientes: ACTORES Sociedad Colombiana de Gestion, GDA de MORDAZA, MORDAZA de Mexico y SUGAI de Uruguay. · Que, se adjunta un CD con la programacion de los diferentes MORDAZA de television a fin de determinar la presencia efectiva del repertorio de sus asociados. · Que, sus usuarios potenciales son aquellas personas naturales o juridicas que realizan actos de comunicacion publica de audiovisuales como por ejemplo MORDAZA de cine, empresas de radiodifusion, discotecas, bares, etc. · Que, cumplen con presentar las declaraciones juradas de bienes y rentas de los miembros del Consejo Directivo, Comite de Vigilancia y Director General. · Que, la fundacion de la Sociedad de Gestion Colectiva asi como la aprobacion del estatuto y el nombramiento de los miembros del Consejo Directivo fueron realizados en Sesion Universal por el total de asociados de INTER ARTIS PERU a la fecha. El 10 de MORDAZA de 2011, la solicitante presento un escrito detallando los medios humanos, tecnicos y materiales con los que cuenta INTER ARTIS PERU. En ese sentido, presento los contratos y algunos de los curriculos vitae de sus trabajadores. Asimismo, senalo que actualmente cuenta con una oficina alquilada en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 148 edificio Platinium Plaza piso 11 San MORDAZA lo que acredito presentando Contrato de Oficina Virtual. Ademas presento el inventario de los recursos materiales propios con los que cuenta Inter Artis a la fecha. En dicho escrito, senala ademas que se esta procediendo con iniciar el tramite de revocatoria de la autorizacion de funcionamiento de ANAIE, para lo cual adjuntan MORDAZA de la convocatoria publicada el 06 de MORDAZA de 2011 en el diario "Aja" para la realizacion de la Asamblea General Extraordinaria del 16 de MORDAZA de 2011 en la que se senala como unico punto de agenda la revocatoria de ANAIE como Sociedad de Gestion Colectiva. El 27 de MORDAZA de 2011, presenta un escrito en el que se adjunta MORDAZA del Acta de la Asamblea del 16 de MORDAZA de 2011 en la que se acuerda revocar la autorizacion de funcionamiento de ANAIE como Sociedad de Gestion Colectiva en el momento que se conceda la autorizacion de funcionamiento de INTER ARTIS PERU y SONIEM. Mediante resolucion del 01 de junio de 2011, la Direccion de Derecho de Autor hizo algunas observaciones luego de analizar los escritos presentados el 10 y 27 de MORDAZA de 2011 respectivamente, senalando que quedaba pendiente por parte de INTER ARTIS PERU acreditar los medios financieros con los que cuenta o ha de contar dicha Sociedad de Gestion y la idoneidad de los medios humanos a su disposicion, para lo cual se requirio la MORDAZA de los curriculos vitae del personal de INTER ARTIS PERU. El 20 de junio de 2011, INTER ARTIS PERU presento un escrito senalando que a efectos de acreditar sus medios financieros, se ha elaborado una proyeccion de ingresos a tres anos. Asimismo, se ha cumplido con adjuntar todos los curriculos vitae de las personas contratadas por INTER ARTIS PERU. CUESTION EN DISCUSION Corresponde a la Direccion de Derecho de Autor determinar si corresponde o no autorizar a INTER ARTIS PERU como Sociedad de Gestion Colectiva de los artistas interpretes y ejecutantes del audiovisual. III. ANALISIS DE LA CUESTION EN DISCUSION 3.1 Facultades de la Direccion de Derecho de Autor De acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 146º del Decreto Legislativo 822, Ley sobre el Derecho de Autor, "Las sociedades de autores y de derechos conexos,

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