Norma Legal Oficial del día 19 de Agosto del año 2011 (19/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 19 de agosto de 2011

Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arosemena, en el cargo de Jefe de la Oficina de Asesoramiento en Asuntos Socio-ambientales del Ministerio del Ambiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. GIESECKE MORDAZA LAFOSSE Ministro del Ambiente 679660-1

CULTURA
Rectifican error material incurrido en el MORDAZA considerando y el Articulo 1º de la R.VM. Nº 437-2011-VMPCIC-MC, en el extremo referido a nomenclatura de plano
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 688-2011-VMPCIC-MC MORDAZA, 15 de agosto de 2011 Visto el Informe Nº 008-2011-LGCH-SDR-DPHCR/ MC; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 437-2011VMPCIC-MC de fecha 13 de MORDAZA de 2011, se declaro como Monumento integrante del patrimonio cultural de la Nacion a la "Casa Cabildo Zurite", segun el Plano DBI-002 de codigo: MC-DPHCR-SDR-DBI-002-2011, ubicada en el distrito de Zurite, provincia de Anta, departamento de Cusco; Que, de acuerdo al Informe Nº 008-2011-LGCH-SDRDPHCR/MC de fecha 25 de MORDAZA de 2011 emitido por la Sub Direccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano, se advierte que en el 5º considerando de la Resolucion Viceministerial Nº 437-2011VMPCIC-MC de fecha 13 de MORDAZA de 2011, "...se propone la declaracion como bien integrante del patrimonio cultural de la Nacion del inmueble clasificado como Monumento denominado "Casa Cabildo Zurite" segun Plano DBI-002 de codigo: MC-DPHCR-SDR-DBI-002-2011..."; asimismo, en el Articulo 1º de la parte resolutiva de la misma Resolucion se ha consignado el Plano DBI-002 de codigo: MC-DPHCRSDR-DBI-002-2011; Que, corresponde senalar que en la Resolucion Viceministerial Nº 437-2011-VMPCIC-MC de fecha 13 de MORDAZA de 2011, se ha incurrido en error en el extremo referido a la nomenclatura del plano al senalarse que se declaro como Monumento integrante del patrimonio cultural de la Nacion a la "Casa Cabildo Zurite", segun el Plano DBI-002 de codigo: MC-DPHCR-SDR-DBI-002-2011; por cuanto la mencionada nomenclatura corresponde al Monumento denominado "Capilla de San MORDAZA de Padua", la que incluye atrios frontal, laterales y su MORDAZA Circundante de Proteccion de acuerdo al Plano Nº DBI-002 con codigo: MC-DPHCR-SDR-DBI-002-2011, ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia de Calca, departamento de MORDAZA, que fuera declarado bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion por Resolucion Viceministerial Nº 436-VMPCIC-MC de fecha 13 de MORDAZA de 2011; por lo que debe corresponderle la siguiente nomenclatura: Plano Nº DBI-003 con codigo: MC-DPHCR-SDR-DBI-003-2011; Que, en el inciso 201.1 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General estable que: "Los errores material o aritmetico de los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el

sentido de decision"; por tal motivo al constatarse que el error incurrido no altera el contenido de la Resolucion ni mucho menos varia la decision, debe rectificarse el error incurrido; Estando a lo visado por el Director General de Patrimonio Cultural, el Director de Patrimonio Historico Colonial y Republicano y la Directora General (e) de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, que aprueba la fusion de entidades y organos en el Ministerio de Cultura; el Decreto de Urgencia Nº 066-2010, que establece que los documentos de gestion del Instituto Nacional de Cultura-INC mantienen vigencia y son de aplicacion en el Ministerio de Cultura; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; el Decreto Supremo Nº 01-2011-MC, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECTIFICAR el error material incurrido en el 5º considerando y el Articulo 1º de la Resolucion Viceministerial Nº 437-2011-VMPCIC-MC de fecha 13 de MORDAZA de 2011, en el extremo referido a la nomenclatura del plano, el mismo que queda establecido de la siguiente manera: En el 5º Considerando; corresponde: "... segun el Plano DBI-003 de codigo: MC-DPHCR-SDR-DBI-0032011 ..."; asimismo, en el Articulo 1º de la Parte Resolutiva "... segun el Plano DBI-003 de codigo: MC-DPHCR-SDRDBI-003-2011..." Articulo 2º.- DISPONER que la presente Resolucion sea puesta en conocimiento del propietario del inmueble, Municipalidad distrital de Zurite, Municipalidad provincial de Anta y Gobierno Regional de MORDAZA, asi como de la Direccion Regional de Cultura Cusco. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 678806-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban modificacion de Operacion de Endeudamiento Externo con el BID
DECRETO SUPREMO Nº 157-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 181-2007EF, se aprobo la operacion de endeudamiento externo entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, hasta por US$ 3 993 000,00 (TRES MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinada a financiar el Proyecto Paso de Frontera Desaguadero (Peru-Bolivia) y Componentes Transversales en el MORDAZA del Programa "Pasos de Frontera Peru ­ IIRSA"; Que, de acuerdo con el Articulo 2º del acotado Decreto Supremo, la Unidad Ejecutora del citado Proyecto es el Ministerio de Relaciones Exteriores, a traves de la Direccion Nacional de Desarrollo Fronterizo, donde las actividades relacionadas con la infraestructura y proteccion ambiental del Componente 2 del Proyecto seran ejecutadas por encargo, por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a traves del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ Provias Nacional;

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