Norma Legal Oficial del día 20 de Agosto del año 2011 (20/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Memorando Nº 351-2011-PRODUCE/ DGEPP-Dch, de fecha 22 de junio del 2011, el area tecnica efectua el calculo de PMCE y LMCE que le corresponde a la embarcacion pesquera DOS HERMANOS de matricula PT-3881-CM; Que, de acuerdo con lo expuesto precedentemente, corresponde aprobar la solicitud de incorporacion definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) del recurso merluza, de la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula PT-11607-CM a la embarcacion pesquera DOS HERMANOS de matricula PT-3881-CM; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun el Informe Tecnico Nº 363-2011- PRODUCE/DGEPP-Dch y el Informe Legal Nº 512-2011-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE y sus modificatorias, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de la empresa PESQUERA HAYDUK S.A. la solicitud de Incorporacion definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) del recurso Merluza de la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula PT-11607-CM a la embarcacion pesquera DOS HERMANOS de matricula PT-3881-CM. Articulo 2º.- En virtud a la incorporacion definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE), aprobado en el articulo precedente, los PMCE y LMCE correspondientes a la embarcacion pesquera asociada, son determinados de acuerdo al detalle siguiente:
EMBARCACION DOS HERMANOS MATRICULA PT-3881-CM PMCE (%) 2.647212 LMCE (TM) 1058.89

Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE, y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www. produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 678162-8

Renuevan autorizacion otorgada a Cardomar Peru S.A.C. para la instalacion de establecimiento industrial pesquero en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 463-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 27 de MORDAZA del 2011 Visto: El expediente con Registro N° 00051167-2011 del 14 de junio del 2011, presentado por la empresa CARDOMAR PERU S.A.C.; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 4 literal b) del Articulo 43° y los Articulos 44° y 46° de la Ley General de Pesca - Decreto Ley N° 25977, establecen que para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros se requiere de autorizacion, las que constituyen un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria, actualmente Ministerio de la Produccion, otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que, el Articulo 49° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que, asimismo, el numeral 52.1 del Articulo 52° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, establece que la autorizacion de instalacion senalada en el Articulo 49° se otorga con vigencia no mayor de un (1) ano. Dicha autorizacion podra renovarse por una sola vez y por igual periodo, siempre que se acredite haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado; Que, mediante Resolucion Directoral N° 494-2010PRODUCE/DGEPP del 22 de MORDAZA del 2010, se otorgo a CARDOMAR PERU S.A.C. autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos, a traves de la planta de congelado, con una capacidad de 100 t/dia a ubicarse en la Mz. R, Lote N° 3 MORDAZA Industrial II, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; Que, mediante el escrito del visto, la empresa CARDOMAR PERU S.A.C. solicita renovacion del plazo de autorizacion establecido en la Resolucion Directoral N° 494-2010-PRODUCE/DGEPP, a fin de culminar con la instalacion de un establecimiento industrial pesquero indicado en el considerando precedente; Que, de la evaluacion efectuada a la documentacion que obra en el expediente administrativo, se ha determinado que la solicitante ha acreditado haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto de instalacion de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de congelado de

Articulo 3º.- Modificar los Listado de Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion (PMCE) y de Limites Maximos de Captura por Embarcacion (LMCE), aprobados por la Resolucion Directoral Nº 007-2011PRODUCE/DGEPP, en referencia a las embarcaciones pesqueras MORDAZA y DOS HERMANOS, de acuerdo con lo determinado en el articulo 2º y 3º de la presente Resolucion Directoral. Articulo 4º.- Aceptar la renuncia formulada por la empresa PESQUERA HAYDUK S.A. al derecho de incremento de flota de la siniestrada embarcacion pesquera MORDAZA de matricula PT-11607-CM, y por consiguiente, cancelar el permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 356-97-PE y Resolucion Ministerial Nº 887-2009-PRODUCE/DGEPP, correspondiente a la referida embarcacion pesquera. Articulo 5º.- Excluir a la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula PT-11607-CM del listado de embarcaciones pesqueras contempladas en la Resolucion Directoral Nº 007-2011-PRODUCE/DGEPP, asi como del anexo V de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007PRODUCE. Articulo 6º.- Incluir a la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula PT-11607-CM en el listado de embarcaciones pesqueras contempladas en el anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE. Articulo 7º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, al

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