Norma Legal Oficial del día 20 de Agosto del año 2011 (20/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

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En uso de la facultad conferida por el numeral 8 del Articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con lo establecido en el Articulo 38º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Creacion del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru" Crease el Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru" con el objeto de generar empleo, desarrollar capacidades productivas y promover el empleo sostenido y de calidad en la poblacion desempleada y subempleada de las areas urbanas y rurales, en condicion de pobreza y extrema pobreza. Articulo 2º.- Financiamiento del Programa El Programa constituye una Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y es financiado con recursos del Tesoro Publico, donaciones, cooperacion tecnica internacional y otras MORDAZA de financiamiento. Articulo 3º.- Consejo Directivo del Programa El Programa "Trabaja Peru" cuenta con un Consejo Directivo, que es la mas alta autoridad directiva y esta integrado por: a) Dos representantes del Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, uno de los cuales lo preside; b) Un representante del Ministro de Agricultura; c) Un representante del Ministro de la Produccion; d) El representante de las organizaciones de empleadores integrantes del Consejo Nacional del Trabajo y Promocion del Empleo; e) Un representante de las organizaciones de trabajadores integrantes del Consejo Nacional de Trabajo y Promocion el Empleo. Articulo 4º.- Funciones del Consejo Directivo Las funciones del Consejo Directivo son: a) Aprobar el Plan de Gestion Institucional, las politicas y lineamientos del Programa; b) Evaluar la ejecucion del Programa; c) Aprobar la Memoria Anual del Programa elaborada y presentada por la Direccion Ejecutiva; d) Emitir opinion previamente a la aprobacion del Manual de Operaciones; y, e) Las demas que establezca el Manual de Operaciones. Articulo 5º.- Del Director Ejecutivo El Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru" cuenta con un Director Ejecutivo que es la mas alta autoridad ejecutiva, quien es designado mediante Resolucion del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. El Director Ejecutivo ejerce funciones ejecutivas, de administracion y de representacion del Programa. El Director Ejecutivo cuenta ademas con las siguientes funciones: a) Ejercer la representacion del Programa ante autoridades publicas, instituciones nacionales o el exterior, asi como ante entidades privadas; b) Dirigir la correcta ejecucion de los objetivos del Programa; c) Celebrar actos, convenios y contratos con entidades publicas nacionales o extranjeras, asi como con personas naturales o juridicas; d) Otorgar los poderes que considere necesarios; e) Elaborar la Memoria Anual del Programa; y, f) Ejercer las demas funciones que le delegue o encargue el Consejo Directivo, y las que se senalen en el Manual de Operaciones.

Articulo 6º.- Del Comite de Supervision y Transparencia La supervision del cumplimiento de los objetivos del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru" esta a cargo de un Comite Nacional de Supervision y Transparencia, cuya conformacion se establece en el Manual de Operaciones. Articulo 7º.- Manual de Operaciones El Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo mediante Resolucion Ministerial aprueba el Manual de Operaciones del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru". El Programa podra establecer lineamientos y emitir directivas de indole operativa para su funcionamiento institucional y desarrollo, en concordancia con lo dispuesto en el Manual de Operaciones. Articulo 8º.- Derogatoria Deroguense las normas que se opongan al presente Decreto Supremo. Articulo 9 º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. DISPOSICIONES FINALES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS Primera.- Continuidad administrativa El Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru" se establece sobre la base de la unidad ejecutora 005 ­ Programa de Emergencia Social Productivo -Construyendo Peru, manteniendose la continuidad de la actividad administrativa y presupuestaria. Toda referencia al Programa "Construyendo Peru" se entiende realizada al Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru", el cual asume el integro de sus obligaciones y derechos. Segunda.- Vigencia de Disposiciones Especiales Las normas especiales sobre adquisicion de bienes, contratacion de servicios, regimen de personal, aspectos presupuestales y administracion interna aplicables al Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru", continuan vigentes y son integramente aplicables al Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo - TRABAJA PERU, siempre que no MORDAZA incompatibles con lo establecido en el presente Decreto Supremo y sus normas complementarias. Tercera.- Manual de Operaciones El Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo aprueba el Manual de Operaciones del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru" en un plazo no mayor de sesenta (60) dias contados a partir del dia siguiente de la publicacion del presente Decreto Supremo. En tanto culmine la elaboracion y aprobacion del Manual de Operaciones, los componentes vinculados al Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru", se continuaran ejecutando de acuerdo a lo dispuesto en su Manual de Operaciones y demas instrumentos. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de agosto del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros RUDECINDO MORDAZA CARREAZO Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 680588-3

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