Norma Legal Oficial del día 20 de Agosto del año 2011 (20/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de agosto de 2011

Crean el Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra"
DECRETO SUPREMO Nº 013-2011-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 23° de la Constitucion Politica del Peru establece que el trabajo en sus diversas modalidades, es objeto de atencion prioritaria del Estado, el cual protege especialmente a la MORDAZA, al menor de edad y al impedido que trabajan. El Estado promueve condiciones para el progreso social y economico, en especial mediante politicas de fomento del empleo productivo y de educacion para el trabajo; Que, con el fin de mejorar la empleabilidad y fomentar la insercion en el MORDAZA laboral formal de los y las jovenes de 15 a 29 anos de edad, de escasos recursos economicos y/o en situacion de vulnerabilidad, se requiere crear un programa que brinde servicios de capacitacion e insercion en el MORDAZA de trabajo especializado en los jovenes de las familias mas pobres de la poblacion, rural y urbana; Que, el funcionamiento del citado Programa contribuira a canalizar los recursos de los diversos sectores de la sociedad civil y el Estado destinados a otorgar prestaciones de capacitacion orientadas a aumentar la tasa de insercion en el MORDAZA formal de jovenes en pobreza y extrema pobreza, incrementar sus ingresos laborales, reducir el tiempo de busqueda de trabajo y disminuir la segregacion ocupacional; Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley N º 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, la capacitacion para el trabajo es un area programatica de accion del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, cuya competencia es exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno, es asi que en su articulo 5° refiere que son competencias exclusivas y excluyentes la capacitacion laboral para el trabajo, por lo que corresponde que el Programa Nacional de Empleo Juvenil sea un Programa a cargo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, dependiendo del Viceministerio de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral; En uso de la facultad conferida por el numeral 8 del Articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con lo establecido en el Articulo 38° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Creacion del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra" Crease el Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra" en el ambito del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. El Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra" tiene por finalidad la insercion de los y las jovenes de 15 a 29 anos de edad, de escasos recursos economicos y/o en situacion de vulnerabilidad, de las familias mas pobres de la poblacion, rural y MORDAZA, a traves de su capacitacion y fomento en el acceso al MORDAZA de trabajo formal. Articulo 2º.- Financiamiento del Programa El Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra" constituye una Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y es financiado con recursos del Tesoro Publico, donaciones, cooperacion tecnica internacional y otras MORDAZA de financiamiento. Articulo 3º.- Consejo Directivo del Programa El Programa cuenta con un Consejo Directivo, que es la mas alta autoridad directiva, y esta integrado por:

a) Dos representantes del Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, uno de los cuales lo preside; b) El representante de las organizaciones de empleadores integrantes del Consejo Nacional del Trabajo y Promocion del Empleo; c) Un representante de las organizaciones de trabajadores integrantes del Consejo Nacional de Trabajo y Promocion el Empleo. Articulo 4º.- Funciones del Consejo Directivo Las funciones del Consejo Directivo son: a) Aprobar el Plan de Gestion Institucional, las politicas y lineamientos del Programa; b) Evaluar la ejecucion del Programa; c) Aprobar la Memoria Anual del Programa presentada y elaborada por la Direccion Ejecutiva; d) Emitir opinion previamente a la aprobacion del Manual de Operaciones; y, e) Las demas que establezca el Manual de Operaciones. Articulo 5º.- Del Director Ejecutivo El Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra" cuenta con un Director Ejecutivo que es la mas alta autoridad ejecutiva, quien es designado mediante Resolucion del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. El Director Ejecutivo ejerce funciones ejecutivas, de administracion y de representacion del Programa. El Director Ejecutivo cuenta ademas con las siguientes funciones: a) Ejercer la representacion del Programa ante autoridades publicas, instituciones nacionales o el exterior, asi como ante entidades privadas; b) Dirigir la correcta ejecucion de los objetivos del Programa; c) Celebrar actos, convenios y contratos con entidades publicas nacionales o extranjeras, asi como con personas naturales o juridicas. d) Otorgar los poderes que considere necesarios; e) Elaborar la Memoria Anual del Programa; y, f) Ejercer las demas funciones que le delegue o encargue el Consejo Directivo, y las que se senalen en el Manual de Operaciones.; Articulo 6º.- Del Comite de Supervision y Transparencia La supervision del cumplimiento de los objetivos del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra" esta a cargo de un Comite Nacional de Supervision y Transparencia, cuya conformacion se establece en el Manual de Operaciones. Articulo 7º.- Manual de Operaciones El Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo mediante Resolucion Ministerial aprueba el Manual de Operaciones del Programa. El Programa podra establecer lineamientos y emitir directivas de indole operativa, para su propio funcionamiento institucional y desarrollo, en concordancia con lo dispuesto en el Manual de Operaciones. Articulo 8º.- Derogatoria Deroguense las normas que se opongan al presente Decreto Supremo. Articulo 9º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. DISPOSICIONES FINALES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS Primera.- Continuidad administrativa El Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra" se establece sobre la base de la unidad ejecutora

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