Norma Legal Oficial del día 20 de Agosto del año 2011 (20/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

448753

VISTOS: El Expediente N° 2011024642, asi como el Informe Interno N° 493-2011-EF/94.06.3, del 09 de agosto de 2011, de la Direccion de Emisores. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 14, inciso a), MORDAZA parrafo, del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, el 11 de diciembre de 2007 se inscribio automaticamente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores el "Cuarto Programa de Certificados de Deposito Negociables de Banco Falabella Peru S.A." emitidos por Banco Falabella Peru S.A. hasta por un monto de S/. 320 000 000,00 (trescientos veinte millones y 00/100 Nuevos Soles), asi como el prospecto MORDAZA correspondiente; Que, el 12 de diciembre de 2008, se inscribieron automaticamente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores los valores correspondientes a la "Cuarta Emision del MORDAZA Programa de Certificados de Deposito Negociables de Banco Falabella Peru S.A." hasta por un monto de S/. 90 000 000,00 (noventa millones y 00/100 Nuevos Soles) asi como se registraron los documentos complementarios correspondientes; Que, con fecha 14 de MORDAZA de 2009, se inscribio automaticamente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores los valores correspondientes a la "Quinta Emision del MORDAZA Programa de Certificados de Deposito Negociables de Banco Falabella Peru S.A." hasta por un monto de S/. 90 000 000,00 (noventa millones y 00/100 Nuevos Soles) asi como se registraron los documentos complementarios correspondientes; Que, con fecha 07 de MORDAZA de 2009, se inscribio automaticamente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores los valores correspondientes a la "Sexta Emision del MORDAZA Programa de Certificados de Deposito Negociables de Banco Falabella Peru S.A." hasta por un monto de S/. 90 000 000,00 (noventa millones y 00/100 Nuevos Soles) asi como se registraron los documentos complementarios correspondientes; Que, el Banco Falabella Peru S.A. solicito a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. el deslistado de los valores correspondientes a las emisiones referidas en los considerandos anteriores, pertenecientes al "Cuarto Programa de Certificados de Deposito Negociables de Banco Falabella Peru S.A" del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA, asi como su exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de acuerdo con el articulo 132, inciso a), del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. comunico su decision de deslistar los valores MORDAZA referidos y elevo el expediente a esta institucion para los fines correspondientes; Que, el articulo 37, inciso b), del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 27, inciso b), del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, establece que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores tiene lugar por resolucion fundamentada de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, cuando opere la extincion de los derechos sobre el valor, por amortizacion, rescate total u otra causa; Que, asimismo, el articulo 38 del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 32 del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, establece que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de efectuar una Oferta Publica de Compra; Que, no obstante lo senalado en el considerando precedente, la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores referidos en los considerandos anteriores, correspondientes al "Cuarto Programa de Certificados de Deposito Negociables de Banco Falabella Peru S.A." se encuentra dentro de la causal de excepcion a la realizacion de una Oferta Publica de Compra,

contemplada por el articulo 37, inciso a), del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion; Que, el articulo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobadas por Resolucion CONASEV Nº 73-2004-EF/94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de los valores mobiliarios objeto de oferta publica, asi como a la exclusion de estos del Registro Publico del MORDAZA de Valores deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la pagina de la Superintendencia del MORDAZA de Valores en internet; y, Estando a lo dispuesto por la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 29782, el articulo 5 de la Resolucion de Superintendente Nº 001-2011EF/94.01.1; el articulo 52 del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores; asi como el articulo 36 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, que faculta a la Direccion de Emisores a disponer la exclusion de valores del Registro Publico del MORDAZA de Valores. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado de los valores correspondientes a la "Cuarta Emision del MORDAZA Programa de Certificados de Deposito Negociables de Banco Falabella Peru S.A." del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 2º.- Pronunciarse a favor del deslistado de los valores correspondientes a la "Quinta Emision del MORDAZA Programa de Certificados de Deposito Negociables de Banco Falabella Peru S.A." del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 3º.- Pronunciarse a favor del deslistado de los valores correspondientes a la "Sexta Emision del MORDAZA Programa de Certificados de Deposito Negociables de Banco Falabella Peru S.A." del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 4º.- Disponer la exclusion de los valores senalados en los articulos anteriores del Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 5°.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de la Superintendencia del MORDAZA de Valores en internet. Articulo 6°.- Transcribir la presente resolucion al Banco Falabella Peru S.A., a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. y a Cavali S.A. ICLV. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director de Emisores (e) 676704-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
FE DE ERRATAS RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 209-2011-CE-PJ Mediante Oficio N° 7226-2011-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Administrativa Nº 209-2011-CEPJ, publicada en nuestra edicion del dia 19 de agosto de 2011.

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