Norma Legal Oficial del día 26 de Agosto del año 2011 (26/08/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

449058

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de agosto de 2011

Operacion de Aviacion Comercial: Trabajo Aereo ­ Fumigacion Agricola; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N° 141-2007MTC/12 del 26 de junio del 2007 se otorgo a la compania AVIACION MORDAZA S.A.C. - AVIASAC Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Trabajo Aereo ­ Fumigacion MORDAZA, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del 14 de MORDAZA del 2007; Que, mediante Expediente N° 2011-020755 del 09 de MORDAZA del 2011 la Compania AVIACION MORDAZA S.A.C. - AVIASAC solicita la Renovacion de su Permiso de Operacion bajo las mismas condiciones; Que, segun los terminos del Memorando Nº 635-2011MTC/12.LEG emitido por la abogada de la DGAC, Memorando Nº 164-2011-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Tecnico de Licencias e Informe Nº 174-2011-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, asi como las demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la compania AVIACION MORDAZA S.A.C. - AVIASAC, Renovacion de su Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Trabajo Aereo ­ Fumigacion MORDAZA de acuerdo a las caracteristicas senaladas en la presente Resolucion, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del 15 de MORDAZA del 2011, dia siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolucion Directoral Nº 141-2007-MTC/12 del 26 de junio del 2007. El presente Permiso de Operacion tiene caracter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aereas la empresa AVIACION MORDAZA S.A.C. - AVIASAC debera contar con el Certificado de Explotador correspondiente, asi como sus Especificaciones Tecnicas de Operacion, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentacion y de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil, debiendo acreditar en dicho MORDAZA su capacidad legal, tecnica y economico-financiera. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial: Trabajo Aereo ­ Fumigacion Agricola. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - MORDAZA PA-25-235 ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chimbote. DEPARTAMENTO: ICA - Las Dunas, Pisco. DEPARTAMENTO: LA MORDAZA - Trujillo.

DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chiclayo DEPARTAMENTO: MORDAZA - Piura. DEPARTAMENTO: TACNA - Tacna. DEPARTAMENTO: TUMBES - Tumbes. BASES DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Piura. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la compania AVIACION MORDAZA S.A.C. - AVIASAC deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos -de ser el caso- por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- La compania AVIACION MORDAZA S.A.C. - AVIASAC esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los informes y datos estadisticos que correspondan a su actividad, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- La compania AVIACION MORDAZA S.A.C. - AVIASAC esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener la informacion sobre el trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- La compania AVIACION MORDAZA S.A.C. - AVIASAC empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedido o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- La compania AVIACION MORDAZA S.A.C. - AVIASAC podra hacer uso de las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y cuando corresponda, previa obtencion de las autorizaciones gubernamentales especiales que exija la legislacion nacional vigente. Articulo 7º.- Las aeronaves de la compania AVIACION MORDAZA S.A.C. - AVIASAC podran operar en los aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas, longitudes de pista y resistencia, asi como otras caracteristicas derivadas de dichos helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos, que se encuentran comprendidos en sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente, asi como en sus respectivas Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9°.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La compania AVIACION MORDAZA S.A.C. - AVIASAC, debera cumplir con la obligacion de constituir la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley N° 27261, en los terminos y condicion es que establece su Reglamento y dentro del plazo que senala el Articulo 201° de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 11º.- La compania AVIACION MORDAZA S.A.C. - AVIASAC debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 12º.- La compania AVIACION MORDAZA S.A.C. - AVIASAC debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 13º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil del Peru - Ley N° 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.