Norma Legal Oficial del día 26 de Agosto del año 2011 (26/08/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

449060

NORMAS LEGALES
VISTO:

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de agosto de 2011

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Auxiliar Coactivo de la Seccion de Cobranza Coactiva de la Intendencia Regional La MORDAZA
RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 060-00-0000042/SUNAT
MORDAZA, 19 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, el articulo 4 de la Resolucion de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT faculta a los Intendentes Regionales a designar a los auxiliares coactivos que ejerceran sus funciones en el ambito de su competencia; Que, a fin de garantizar el normal funcionamiento de la Seccion de Cobranza Coactiva de la Intendencia Regional La MORDAZA resulta necesario designar MORDAZA personal en la calidad de Auxiliar Coactivo; Que, el articulo 114º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado por el Decreto Legislativo Nº 953, establece los requisitos que deben reunir los trabajadores de la Administracion Tributaria para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, la Intendencia Nacional de Recursos Humanos ha confirmado el cumplimiento de los mencionados requisitos por parte de la Sra. MORDAZA MORDAZA Chinchayhuara, identificada con DNI Nº 18109457; En uso de las facultades conferidas en los articulos 50º y 51º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Seccion de Cobranza Coactiva de la Intendencia Regional La MORDAZA a la Sra. MORDAZA MORDAZA Chinchayhuara. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Regional (e) Intendencia Regional La MORDAZA

La Resolucion 060-2011-OS/GART de fecha 24 de agosto del presente ano y el Decreto de Urgencia Nº 0502011 publicado en la Edicion Extraordinaria del Diario Oficial El Peruano, de fecha 24 de agosto del 2011; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion 060-2011-OS/GART se fijaron los valores de los Margenes Comerciales y la Nueva Banda de Precios para todos los Productos senalados en dicha resolucion; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 050-2011, se suspende temporalmente la actualizacion y publicacion de la Banda de Precios establecida en el numeral 4.2 del Articulo 4º del Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y sus modificatorias, para el producto Gas Licuado de Petroleo (GLP); Que, en consecuencia es necesario dejar sin efecto los valores de los Margenes Comerciales del GLP a que se refiere el Articulo 1º de la Resolucion 060-2011-OS/GART, y la Banda de Precios que aparece en la fila correspondiente al Producto GLP del Cuadro contenido en el Articulo 2º de la misma resolucion; manteniendose vigentes los valores aprobados en la Resolucion 039-2011-OS/GART de fecha 09 de junio del 2011, tal como lo dispone el Decreto de Urgencia Nº 050-2011. De conformidad a lo dispuesto en el literal c) del Articulo 3º de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, el Decreto de Urgencia Nº 010-2004, su Reglamento, la Resolucion Nº 169-2010-OS/CD y el Decreto de Urgencia Nº 050-2011; Con la opinion favorable de la Asesoria Legal y de la Division de Gas Natural de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto los valores de los Margenes Comerciales del GLP a que se refiere el Articulo 1º de la Resolucion 060-2011-OS/GART, y la fila correspondiente al Producto GLP del Cuadro contenido en el Articulo 2º de la misma resolucion; manteniendose vigentes los valores aprobados en la Resolucion 0392011-OS/GART de fecha 09 de junio del 2011, tal como lo dispone el Decreto de Urgencia Nº 050-2011. Articulo 2º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y consignarla en la pagina web de OSINERGMIN (www.osinerg.gob.pe). MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Adjunto Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria

681993-1

682643-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Dejan sin efecto valores de los Margenes Comerciales del GLP a que se refiere el Articulo 1º de la Resolucion Nº 0602011-OS/GART y la fila correspondiente al Producto GLP del Cuadro contenido en el Articulo 2º, tal como lo dispone el D.U. Nº 050-2011
RESOLUCION DE LA GERENCIA ADJUNTA DE REGULACION TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 061-2011-OS/GART
MORDAZA, 25 de agosto de 2011

Aprueban Criterios Especificos de Sancion para la aplicacion de diversos numerales de la Tipificacion y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos, contenida en la Tipificacion de Infracciones y Escalas de Multas y Sanciones de OSINERGMIN
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 352
MORDAZA, 19 de agosto de 2011 VISTOS: El Memorando Nº GFHL/DPD 2051-2011, de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 028-2003-OS/CD de fecha 14 de febrero de 2003 y sus modificatorias se aprobo la Tipificacion y Escala de Multas

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.