Norma Legal Oficial del día 26 de Agosto del año 2011 (26/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

449075

encontrarse el pedido acorde con lo establecido por el articulo 136.2 de la Ley Nº 27444; Que, con carta s/n recibido con fecha 19 de MORDAZA de 2011, el Responsable del Proyecto de Universidad MORDAZA Grau, presenta el levantamiento de observaciones encontradas en el PDI, las mismas que han sido remitidas dentro del plazo otorgado por este Consejo Nacional; Que, mediante Informe Legal Nº 152-2011-CONAFUCJ de fecha 02 de MORDAZA de 2011, la Comision Juridica senala que: Luego del analisis, procedieron a verificar la documentacion presentada, por lo que opina, que el administrado ha levantado las observaciones formuladas, por lo que recomienda que se admita a tramite el Proyecto de la Universidad MORDAZA Grau; Que, por Oficio Nº 439-2011-CONAFU-CDAA de fecha 13 de MORDAZA de 2011, la Comision de Trabajo da a conocer al Pleno del CONAFU que el Responsable del Proyecto Universidad MORDAZA Grau, remite a este Consejo Nacional las subsanaciones a las observaciones al Proyecto de Universidad referentes a las Parte B; por lo tanto pone a consideracion del Pleno de CONAFU lo siguiente: Admitir a tramite la solicitud presentada por el Responsable del Proyecto de la Universidad MORDAZA Grau, las partes A,B,C, por encontrarse conforme; Que, en el articulo 10º del Estatuto del CONAFU, aprobado mediante Resolucion Nº 189-2006-CONAFU del 13 de MORDAZA de 2006, establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:....t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamento correspondan al Pleno del CONAFU"; Que, en sesion ordinaria de fecha 26 de MORDAZA de 2011 despues de deliberar, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 489-2011-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: Admitir a Tramite la Solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad MORDAZA Grau, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Presidente de la Promotora de Desarrollo, Educacion y Cultura, con las Carreras Profesionales: 1) Direccion de Empresas, 2) Ciencias Contables y Financieras y 3) Enfermeria, cada una de ellas con cuarenta (40) vacantes por ciclo academico, designar y reconocer a los integrantes de la Comision Calificadora encargada de analizar, evaluar y calificar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad MORDAZA Grau, la misma que se encuentra conformada por los siguientes profesionales: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ascuna, MORDAZA Tesen MORDAZA e MORDAZA Macalopu MORDAZA, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; asimismo, se rige por el Decreto Legislativo Nº 882 y la Ley Universitaria Nº 23733, asumiendo la forma de una Asociacion Civil sin fines de Lucro; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales:...d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones" y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ADMITIR A TRAMITE la Solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad MORDAZA Grau del Distrito, Provincia y Departamento de MORDAZA, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Presidente de la Promotora de Desarrollo, Educacion y Cultura, con las Carreras Profesionales: 1) Direccion de Empresas, 2) Ciencias Contables y Financieras y 3) Enfermeria, cada una de ellas con cuarenta (40) vacantes por ciclo academico. Articulo Segundo.- DESIGNAR Y RECONOCER a los integrantes de la Comision Calificadora encargada de analizar, evaluar y calificar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad MORDAZA Grau, la misma que se encuentra conformada por los siguientes profesionales:
MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ascuna MORDAZA Tesen MORDAZA MORDAZA Macalopu MORDAZA Presidente Secretario Vocal

Articulo Tercero.- PROSIGASE con el tramite de la solicitud de Aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad MORDAZA Grau, bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882 y la Ley Universitaria Nº 23733, asumiendo la forma de una Asociacion Civil sin fines de Lucro. Articulo Cuarto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los actos administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA INFANTES Presidente JASSON MORDAZA MORDAZA CAMPOSANO Secretario General 682663-1

Otorgan autorizacion de funcionamiento provisional a la Universidad de Ingenieria y Tecnologia - UTEC, ubicada en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 401-2011-CONAFU MORDAZA, 12 de agosto de 2011 VISTOS: El escrito de fecha 4 de setiembre de 2009, la Resolucion N° 538-2009-CONAFU del 10 de noviembre del 2009, la Resolucion Nº 114-2010-CONAFU de fecha 15 de marzo de 2010, la Carta Nº 010-2010APUIA recibida el 28 de octubre de 2010, la Resolucion Nº 034-2011-CONAFU de fecha 12 de enero de 2011, la Resolucion Nº 060-2011-CONAFU de fecha 01 de febrero de 2011, el Oficio Nº 005-2011-CONAFU-VP de fecha 22 de febrero de 2011, la Resolucion Nº 146-2011CONAFU de fecha 18 de marzo de 2011, la Resolucion Nº 243-2011-CONAFU de fecha 09 de MORDAZA de 2011 y el Acuerdo Nº 506-2011-CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 12 de agosto de 2011, y ; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verificacion de los requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con el articulo 3° Inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006; Que, mediante Sentencia del Tribunal Constitucional recaido en el expediente N° 0017-2008-PI y su aclaratoria se resuelve: ", Que a partir del 18 de junio de 2010, el CONAFU se encuentra impedido de emitir resoluciones autorizando el funcionamiento provisional o definitivo de una universidad o de una Escuela de Postgrado, o de emitir resoluciones autorizando la ampliacion del ambito de funcionamiento de una universidad, sea a traves de la autorizacion de nuevas facultades, carreras o escuelas..." Que, por Ley 29780 que incorpora el literal i) al articulo 2 de la Ley 26439, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de MORDAZA de 2011, se establece como atribuciones del CONAFU: i) Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades publicas, cuyo tramite se hayan iniciado despues del 28 de junio de 2010, y emitir resoluciones de autorizacion o denegacion de funcionamiento provisional, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidos.

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