Norma Legal Oficial del día 08 de Diciembre del año 2011 (08/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES
TITULO IV

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d) e) f)

Ejercer la titularidad del pliego presupuestal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Representar al sector ante entidades publicas o privadas en los ambitos nacional e internacional. Ejercer las demas funciones que le asigne la Constitucion Politica del Peru y la ley.

COORDINACION INTERGUBERNAMENTAL E INTERSECTORIAL Articulo 14. Coordinacion entre niveles de gobierno y con otros organismos del Poder Ejecutivo Para la implementacion de las politicas nacionales y sectoriales y la evaluacion de su cumplimiento, el Ministerio desarrolla las siguientes acciones: a) Coordina con las entidades del Poder Ejecutivo, del Gobierno Nacional y de los gobiernos regionales y locales para la implementacion de las politicas nacionales y sectoriales objeto de su rectoria. Presta a los gobiernos regionales y gobiernos locales la cooperacion, capacitacion y asistencia tecnica que estos requieran en materias de su competencia. Otros mecanismos de articulacion y coordinacion que se consideren pertinentes. TITULO V ORGANISMOS PUBLICOS Articulo 15. Organismos publicos adscritos Los organismos publicos adscritos al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se regulan conforme a la Ley Organica del Poder Ejecutivo y la correspondiente MORDAZA de creacion. Los organismos publicos adscritos al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos son: a) b) Instituto Nacional Penitenciario - INPE. Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - Sunarp.

El Ministro puede delegar las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion. Articulo 11. Viceministro de Justicia El Viceministro de Justicia es la autoridad inmediata al Ministro en asuntos de su competencia y por encargo del Ministro, tiene las siguientes funciones: a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) Formular, coordinar, ejecutar y supervisar las politicas bajo su competencia de conformidad con la respectiva politica nacional. Asesorar juridicamente al Poder Ejecutivo. Velar por la sistematizacion y difusion de la legislacion de caracter general de los tres niveles de gobierno. Formular y dirigir la politica criminal y penitenciaria. Organizar la adecuada y eficaz participacion del sector en las acciones de cooperacion judicial internacional. Supervisar al Instituto Nacional Penitenciario y a la Superintendencia Nacional de Registros Publicos. Supervisar el Servicio Civil de Graduandos SECIGRA - Derecho. Cooperar y coordinar con los organos de gobierno de las entidades de administracion de justicia. Coordinar, orientar y supervisar las actividades que cumplen los organos de linea del Ministerio y demas entidades bajo su responsabilidad. Emitir resoluciones viceministeriales en los asuntos que le corresponden, conforme a ley. Otras que le asignen las leyes y reglamentos.

b)

c)

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- Disposiciones para la implementacion Facultase al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a emitir las disposiciones complementarias pertinentes, a efectos de la adecuacion de la estructura organica y la implementacion de la presente Ley. La aplicacion de la presente MORDAZA se financia con cargo al presupuesto institucional del pliego Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. SEGUNDA.- Reglamento de Organizacion y Funciones El Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos determina la nueva estructura general del ministerio y se somete a consideracion del Consejo de Ministros, para su respectiva aprobacion, en un plazo no mayor de noventa (90) dias habiles, computado a partir de la vigencia de la presente Ley. En tanto se apruebe el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a que se refiere la presente disposicion, continua vigente el actual Reglamento de Organizacion y Funciones, en todo lo que no se oponga a lo dispuesto por la presente Ley. TERCERA.- Consejos adscritos del Ministerio de Justicia Los consejos creados al MORDAZA de normas legales aplicables al Ministerio de Justicia continuan en funciones en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El Reglamento de Organizacion y Funciones establece las funciones, atribuciones y denominacion de cada uno de ellos, asi como su ubicacion en la estructura organica del Ministerio, conforme a Ley. CUARTA.- Ingresos del Consejo del Notariado y del Fondo del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones Los ingresos del Consejo del Notariado y del Fondo del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones estan

Articulo 12. Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia El Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia es la autoridad inmediata al Ministro en asuntos de su competencia y por encargo del ministro, tiene las siguientes funciones: a) Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica en materia de derechos humanos y acceso a la justicia bajo su competencia, de conformidad con la respectiva politica nacional. Promover el acceso a la justicia a traves de los servicios de defensa publica, asesoria legal gratuita y medios alternativos de solucion de conflictos. Supervisar a la Autoridad Nacional de Proteccion de Datos Personales. Coordinar, orientar y supervisar las actividades que cumplen los organos de linea del Ministerio y demas entidades bajo su responsabilidad. Emitir resoluciones viceministeriales en los asuntos que le corresponden, conforme a ley. Las demas que le asignen las leyes y reglamentos.

b)

c) d) e) f)

Articulo 13. Secretario General El Secretario General es la mas alta autoridad administrativa del Ministerio, asiste y asesora al Ministro en los sistemas de administracion del Ministerio de Justicia. Asume por delegacion expresa del Ministro, las materias que no MORDAZA privativas del cargo de Ministro de Estado. Esta encargado de supervisar la actualizacion permanente del MORDAZA de transparencia del Ministerio.

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