Norma Legal Oficial del día 08 de Diciembre del año 2011 (08/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN VISTO: El Informe Nº 001-2011-CECPM -ALC de la Comision de Evaluacion del Concurso Publico de Meritos para la contratacion de un Ejecutor Coactivo de la Municipalidad de Lurin, y; CONSIDERANDO: Que, el Art. 7º y la Septima Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, y modificatorias, establecen que las entidades del Sector Publico Nacional procederan a convocar a Concurso Publico de Meritos para designar a Ejecutores y Auxiliares Coactivos; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 177-2011ALC/ML de fecha 04 de noviembre de 2011, se designo la Comision de Evaluacion del Concurso Publico de Meritos para la contratacion de un Ejecutor Coactivo para la Municipalidad de Lurin, en aplicacion de la senalada Ley. Que, mediante Acuerdo de Concejo N.º 075­2011ML de fecha 28 de noviembre de 2011, se aprobaron las Bases del Concurso Publico de Meritos para la contratacion de un Ejecutor Coactivo para la Municipalidad de Lurin, conforme lo establecido en la Ley N.º 26979 ­ Ley del Procedimiento de Ejecucion Coactiva y modificatorias; Que, mediante el documento de vistos, la Comision de Evaluacion ha remitido los resultados del Concurso Publico de Meritos indicando el ganador del mismo. De conformidad con el inciso 6) del articulo 20 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR al Senor Abog. MORDAZA MORDAZA CANCINO en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Gerencia de Rentas de la Municipalidad de Lurin. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas y la Gerencia de Rentas el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, Comuniquese y Cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 726115-1

materia de Defensa Civil, de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo; y, CONSIDERANDO: Que el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27668, establece que las Municipalidades son Gobiernos Locales con Autonomia, Economica, Politica y Administrativa en los asuntos de su competencia, el mismo que es recogido por el Articulo del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972; Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante la Ley Nº 29664 se crea el SISTEMA NACIONAL DE GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES (SINAGERD) como un Sistema Interinstitucional, sinergico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, asi como evitar la generacion de nuevos riesgos, y preparacion y atencion ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de politica, componentes, procesos e instrumentos de la Gestion del Riesgo de Desastres; asimismo, mediante D.S. N° 048-2011-PCM de fecha 25 de MORDAZA del 2011 se aprueba el reglamento de la ley MORDAZA mencionada; Que el articulo 14º, numerales 14.1 y 14.2 de la Ley Nº 29664, establece que los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, como integrantes del SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, evaluan, dirigen, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de la gestion del riesgo de desastres, en el ambito de su competencia y ademas, precisa que los Presidentes Regionales y los Alcaldes son las maximas Autoridades responsables de la Gestion del Riesgo de Desastres, dentro de sus respectivos ambitos de competencia; Que, el literal b) del numeral 20.2 del articulo 20º de la Ley Nº 29664 senala que son infracciones a la Ley entre otros, el incumplimiento a las Normas Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil; Que, el numeral 2) de la Tercera Disposicion Complementaria y Final del D.S. Nº 048-2011-PCM establece que las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil son ejecutadas por los Gobiernos Regionales y Locales en sus ambitos de Jurisdiccion respectivos; Que, es obligacion de la Municipalidad Distrital, a traves de su organo de linea de Defensa Civil, cautelar la MORDAZA y la integridad fisica de las personas, para lo cual debe hacer cumplir las disposiciones correctivas emanadas de las inspecciones Tecnicas realizadas por personal de Defensa Civil, conforme a los articulos 4º, 5º, y 6º del Capitulo III, Titulo I y el articulo 8º Capitulo I, Titulo II del Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil, aprobado por el Articulo 1º del D.S. Nº 066-2007-PCM y las modificatorias que se realice al Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil en el MORDAZA de la Ley de Gestion de Riesgo de Desastres y su Reglamento y los articulos 49º y 78º de la Ley Organica de Municipalidades - 27972, y todas las normas pertinentes, debiendose aplicar las sanciones del caso a todos aquellos que incumplan las disposiciones contenidas en el MORDAZA legal precitado; Que los articulos 5º y 6º del Capitulo III Titulo I del Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil, aprobado por el D.S. Nº 066-2007-PCM, establece que las Normas Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil son de cumplimiento obligatorio para los propietarios, conductores, administradores, apoderados, y/o representantes del objeto de Inspeccion, lo cual sera verificado a traves de los procedimientos de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil y visitas de Defensa Civil; Que, el articulo 8º del Capitulo I del Titulo II del Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil, aprobado por el articulo 1º del D.S. Nº 0662007-PCM, establece la obligatoriedad y oportunidad de las personas Naturales o Juridicas de Derecho Publico o Privado, Propietarias, Administradoras y/o Conductoras de los objetos de Inspeccion, de obtener el Certificado de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil,

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Aprueban Regimen de Aplicacion de Sanciones y el Cuadro de Infracciones y Sanciones en Defensa Civil de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 141/MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 30 de noviembre del 2011 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO; VISTO, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el informe Nº 045-2011-SGDC-GDEYCP/MDVMT de fecha 19 de octubre del 2011, respecto a la propuesta de ordenanza que aprueba el MORDAZA Regimen de Aplicacion de Sanciones y el Cuadro de Infracciones y Sanciones en

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