Norma Legal Oficial del día 14 de Diciembre del año 2011 (14/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de diciembre de 2011

2011, el cual consta de doce (12) articulos y dos (02) Anexos, los cuales forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2°.- Publicacion Publiquese los Anexos referidos en el articulo 1° del presente Decreto Supremo, en el MORDAZA electronico institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion de la presente MORDAZA en el diario oficial El Peruano. Articulo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de diciembre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas REGLAMENTO DEL OTORGAMIENTO DE LA ASIGNACION EXTRAORDINARIA POR DESEMPENO A FAVOR DE HASTA EL DIEZ POR CIENTO (10%) DEL PERSONAL ENCARGADO DE LA PRODUCCION REGISTRAL QUE PRESTA SERVICIOS EN LOS ORGANOS DESCONCENTRADOS DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE REGISTROS PUBLICOS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- De la Asignacion Extraordinaria por Desempeno La Asignacion Extraordinaria por Desempeno es un incentivo que se otorga por unica vez a favor de hasta el diez por ciento (10%) del personal encargado de la produccion registral que presta servicios en los Organos Desconcentrados de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos (SUNARP), conforme a lo senalado en el articulo 4º del presente Reglamento, por los resultados alcanzados en el cumplimiento de metas y objetivos institucionales, lo que incluye la mejora en la gestion institucional durante el periodo evaluado. Articulo 2º.- Naturaleza de la Asignacion Extraordinaria por Desempeno La Asignacion Extraordinaria por Desempeno no tiene caracter remunerativo, compensatorio, ni pensionable y no se encuentra sujeta a cargas sociales. Asimismo, no constituye base de calculo para la compensacion por tiempo de servicios o cualquier otro MORDAZA de bonificaciones, asignaciones o entregas. Articulo 3º.Monto de la Asignacion Extraordinaria El monto de la Asignacion Extraordinaria por Desempeno que se otorga a cada beneficiario es equivalente a TRES MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 500,00), el cual sera otorgado en el mes de diciembre del ano 2011. En ningun caso el personal beneficiado recibira mas de una Asignacion Extraordinaria. Articulo 4º.- Alcance de la Asignacion Extraordinaria por Desempeno La Asignacion Extraordinaria por Desempeno se otorga al personal encargado de la produccion registral que presta servicios en los Organos Desconcentrados de la SUNARP, determinado segun el procedimiento establecido en el presente Reglamento en un numero equivalente hasta el 10% del personal beneficiario de la Asignacion Extraordinaria, calculado al final del periodo de evaluacion. Dicho otorgamiento alcanza a las personas sujetas al Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios (CAS).

La Asignacion Extraordinaria tambien se otorga al personal que MORDAZA cesado durante el ano 2011, pero que ha tenido la condicion de activo durante el periodo de la evaluacion, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en el presente Reglamento. Articulo 5º.- De la Agrupacion de las secciones de la SUNARP El mecanismo de Asignacion Extraordinaria por Desempeno requiere la definicion de grupos. Cada grupo representa una MORDAZA registral de la SUNARP, siendo 13 en total y cuya conformacion se detalla en el Anexo Nº 01: "Grupos establecidos para la competencia por la Asignacion Extraordinaria por Desempeno de la SUNARP". Al interior de cada grupo, las secciones que la conforman competiran por el beneficio de dicha Asignacion Extraordinaria por Desempeno en funcion del indicador mencionado en el articulo 6º del presente Reglamento. Articulo 6º.- Del Indicador El indicador para la aplicacion de la Asignacion Extraordinaria por Desempeno mide los cambios en la efectividad y cobertura de los servicios que realiza la institucion publica. Se estableceran criterios de competencia, en donde las secciones de la SUNARP que registren el valor (positivo) mas alto en el indicador considerado, seran las ganadoras. El indicador para la aplicacion de la Asignacion Extraordinaria, mide los cambios en la eficacia y cobertura de los servicios. A continuacion se describe el indicador que se aplicara de acuerdo a la division mostrada en la matriz de agrupaciones: Indicador de Gestion de Servicios Registrales (inscripcion de titulos o publicidad) Nombre del indicador Fundamento Gestion de Servicios Registrales (titulos o publicidad) Es un indicador alineado con los objetivos de la organizacion, expresion de eficiencia en la aplicacion de los recursos, dentro de una propuesta de valor. Servicios registrales otorgados (titulos inscritos o servicios de publicidad) / Servicios registrales requeridos *100 (1) Area de informatica de GPD-SUNARP Todos los grupos

Formula de calculo. Fuente de informacion Aplicacion

(1) Los servicios registrales pueden ser de dos tipos: la inscripcion de titulos o la publicidad. En el caso de los titulos, los servicios otorgados son aquellos que concluyen en la inscripcion del titulo. En el caso de la publicidad, son los servicios de publicidad brindados a los usuarios. CAPITULO II DE LA EVALUACION PARA EL OTORGAMIENTO DE LA ASIGNACION EXTRAORDINARIA POR DESEMPENO Articulo 7º.- Del organo responsable de la evaluacion La Gerencia de Planificacion y Desarrollo de la SUNARP es el organo responsable de la evaluacion del indicador para el otorgamiento de la Asignacion Extraordinaria por Desempeno. Los funcionarios responsables de las distintas secciones organicas de la SUNARP involucradas en el cumplimiento del indicador, son responsables de que la informacion estadistica sea registrada oportunamente en los instrumentos implementados por la SUNARP para el monitoreo del plan de trabajo institucional de dicha entidad. Articulo 8º.- De la evaluacion La evaluacion de los indicadores para el otorgamiento

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