Norma Legal Oficial del día 14 de Diciembre del año 2011 (14/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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ITEM 82 83 84 85 CODIGO A080 A081A A083 A084A

NORMAS LEGALES
VALOR COMERCIAL (US$.) 355,30 1.675,41 2.700,00 6.131,86

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de diciembre de 2011

727837-1

Aprueban Convenio de Estabilidad Juridica a celebrarse entre el Ministerio, PROINVERSION y la empresa GYM FERROVIAS S.A. por la inversion de GRANA Y MORDAZA S.A.A. y FERROVIAS SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 846-2011-MTC/01 MORDAZA, 9 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 662, con el solo requisito de haber presentado ante el Organismo Nacional Competente, entiendase PROINVERSION, el Formulario Preliminar de Inversion, y; con anterioridad o dentro de los doce (12) meses siguientes a la obtencion del titulo habilitante, el referido Organismo Nacional Competente, en representacion del Estado, podra celebrar convenios de estabilidad juridica con los inversionistas; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1011 que modifica el Articulo 10 del Decreto Legislativo Nº 662 y el Articulo 38 del Decreto Legislativo Nº 757, e incorpora el supuesto de suscripcion de Convenios de Estabilidad Juridica con posterioridad a la obtencion del Titulo Habilitante, aprobado por Decreto Supremo Nº 148-2008-EF, establece que las solicitudes se presentaran ante PROINVERSION, entidad que evaluara el cumplimiento de los requisitos, luego de lo cual emitira el proyecto de Convenio al Sector, el cual debera emitir opinion, comunicando a traves de la emision de una MORDAZA autenticada por el fedatario de su Sector, la Resolucion Ministerial que designe a la persona que suscribira el convenio en representacion del Sector; Que, en acto publico realizado el 22 de febrero de 2011, se adjudico la Buena Pro del Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en Concesion del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, Linea 1, MORDAZA el MORDAZA ­ Av. Grau ­ San MORDAZA de Lurigancho, al Consorcio Tren MORDAZA, Linea 1 integrado por las empresas Grana y MORDAZA S.A.A. y Ferrovias Sociedad Anonima Concesionaria, que de conformidad con lo previsto en las Bases del Concurso de Proyectos Integrales MORDAZA referido, ha constituido la sociedad concesionaria denominada GYM FERROVIAS S.A., para que actue como contraparte del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el Contrato de Concesion; Que, con fecha 11 de MORDAZA de 2011, se suscribio el Contrato de Concesion del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, Linea 1, MORDAZA el MORDAZA ­ Av. Grau ­ San MORDAZA de Lurigancho, entre el Estado Peruano representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la empresa GYM FERROVIAS S.A.; Que, con fecha 12 de MORDAZA de 2011, la empresa GYM FERROVIAS S.A. solicito ante PROINVERSION la suscripcion de un Convenio de Estabilidad Juridica, como empresa receptora de la inversion, por el importe de US $ 35'726,266.95 (Treinta y cinco Millones Setecientos Veintiseis Mil Doscientos Sesenta y Seis y 95/100 Dolares Americanos), a ser aportado por los inversionistas GRANA Y MORDAZA S.A.A. y FERROVIAS SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA, en calidad de inversionistas; Que, mediante Oficio Nº 230-2011/PROINVERSION/ DSI, la Direccion de Servicios al Inversionista de

PROINVERSION, solicito que se emita conformidad al proyecto de Convenio de Estabilidad Juridica a celebrarse con la empresa receptora GYM FERROVIAS S.A. por el aporte senalado en el parrafo precedente; Que, a efectos del Convenio de Estabilidad Juridica a celebrarse con GYM FERROVIAS S.A., dicha empresa ha presentado MORDAZA legalizada del Asiento Contable del Libro Diario de fecha 01 de MORDAZA de 2011, que acredita que los inversionistas han suscrito un aporte de capital por el importe de S/. 100'105,000.00 ­ equivalente a US$ 35'726,266.95. Asimismo, ha presentado como Titulo Habilitante el Asiento Contable del Libro Diario notarialmente legalizado MORDAZA indicado, que acredita que los inversionistas han efectuado un aporte de S/. 25'026,250.00 equivalente a US$ 8'931,566.74 correspondiente al 25% de participacion minima, de conformidad con lo establecido en la Clausula 3,6 literal a) del Contrato de Concesion, segun lo senalado en el Informe Legal Nº 17-2011/OAJ, Informe Nº 6-2011/ DSI; asi como por el Memorandum Nº 2777-2011-MTC/25 e Informe Nº 645-2011-MTC/25 emitidos por la Direccion General de Concesiones en Transportes; lo que permite al solicitante cumplir con lo establecido en el MORDAZA juridico legal vigente; Que, la empresa Concesionaria GYM FERROVIAS S.A. ha cumplido con la MORDAZA de la informacion, documentacion y requisitos establecidos en la normativa de la materia, esto es, Decreto Supremo Nº 162-92-EF, Decreto Legislativo Nº 1011 y su respectivo reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 148-2008-EF; razon por la cual, resulta procedente aprobar la suscripcion del proyecto de Convenio de Estabilidad Juridica remitido por PROINVERSION; Que, de conformidad con lo establecido en el literal d) del articulo 30 del Decreto Supremo Nº 162-92-EF y por el Decreto Supremo Nº 136-97-EF, la suscripcion de convenios de estabilidad juridica que realicen las empresas receptoras de inversion debera ser efectuada conjuntamente por el Ministerio del sector correspondiente, o quien este designe y por PROINVERSION; Que, para efectos de la suscripcion del Convenio de Estabilidad Juridica con GYM FERROVIAS S.A., el Ministerio de Transportes y Comunicaciones participa en representacion del Estado Peruano; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, establece en los articulos 6 y 7 literal k), que el Ministro de Transportes y Comunicaciones es la mas alta autoridad politica del Sector, encontrandose facultado a delegar las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas de su cargo, disponiendo en el articulo 9, literal j), dentro de las atribuciones que corresponden a los Viceministros, aquellas que el Ministro les delegue en el ambito de su competencia; Que, en consecuencia es necesario aprobar el Convenio MORDAZA referido, asi como autorizar al funcionario que lo suscribira en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370, Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; Decreto Legislativo Nº 662, Decreto Legislativo Nº 757, Decreto Supremo Nº 162-92-EF, Ley Nº 27342, Decreto Legislativo Nº 1011 y Decreto Supremo Nº 148-2008-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Convenio de Estabilidad Juridica a celebrarse entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION y la empresa GYM FERROVIAS S.A., por la inversion de GRANA y MORDAZA S.A.A. y FERROVIAS SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA. Articulo 2º.- Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscriba el convenio a que se refiere el articulo anterior, asi como los documentos que resulten necesarios para su formalizacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 727838-1

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