Norma Legal Oficial del día 14 de Diciembre del año 2011 (14/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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a) Promover y facilitar el acceso al credito a los pequenos productores de la Region para conformar unidades productivas, que generen actividades agrarias y pecuarias y que orienten su actividad hacia mercados nacionales y/o internacionales y que presenten proyectos rentables. Pudiendo para ello garantizar los creditos otorgados por las instituciones financieras a estos productores, preferentemente organizados en MORDAZA productivas: b) Concertar y suscribir convenios y operaciones financieras con COFIDE S.A., la Banca Comercial y otras entidades financieras reconocidas por la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP con la finalidad de apalancar creditos en base a un Fondo de Garantia a pequenos productores que generen actividades agrarias y pecuarias. c) Promover proyectos productivos en el sector agropecuario, con la participacion de pequenos y medianos productores que generen valor agregado para mejorar la economia de la Region. Articulo Segundo.- Los recursos del Fondo tienen caracter intangible, permanente e inembargable y se destinan unica y exclusivamente a los fines a que se refiere el articulo primero, asi como cubrir los gastos que demanden la administracion y la realizacion de estudios preliminares relacionados con su puesta en marcha. Articulo Tercero.- El Fondo cuenta con un Consejo Directivo, el cual tienen las siguientes funciones: a) Dictar las politicas que debe cumplir la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A ­ COFIDE, como organo administrador del Fondo, incluyendo la operatividad de los fideicomisos que se constituyan. b) Vigilar que los recursos MORDAZA destinados a los fines establecidos en la presente Ordenanza y su Reglamento. c) Solicitar la transferencia de los recursos del Fondo a ser administrados por COFIDE. d) Aprobar la realizacion de estudios preliminares requeridos para la puesta en marcha del Fondo. e) Aprobar la suscripcion de convenios con Instituciones Financieras Intermedias (IFI), organizaciones publicas y privadas y de la cooperacion internacional que contribuyan con la finalidad del Fondo. El Consejo Directivo se rige por las disposiciones establecidas para los Organos Colegiados en la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General. Articulo Cuarto.- El Consejo Directivo esta conformado por un MORDAZA de cinco miembros, a propuesta del Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, el Consejo Regional autoriza su conformacion y contara con un Secretario Tecnico, designado a por la Presidencia Regional, que tiene las siguientes funciones: a) Brindar apoyo administrativo al Consejo Directivo, proporcionar la informacion que este requiere para la toma de decisiones y realizar informes tecnicos a su solicitud; b) Redactar y mantener en custodia las actas correspondientes a las sesiones del Consejo Directivo, asi como ejecutar los acuerdos aprobados por el mismo; c) Realizar el seguimiento y monitorear las actividades del organo encargado de la administracion del Fondo; y, d) Otras que le encargue el Consejo Directivo. Articulo Quinto.- El Fondo de Desarrollo Agropecuario de MORDAZA ­ FONDAGRO MORDAZA, sera administrado a traves de fideicomisos, por la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A ­ COFIDE, que actuara como Fiduciaria, actuando el Gobierno Regional de MORDAZA como Fideicomitente. Articulo Sexto.- El Fondo esta constituido por los siguientes recursos: a) Del Canon Minero por ano, mas las recuperaciones de creditos otorgados por los programas de credito ejecutados por el Gobierno Regional de Lima; b) Donaciones y aportes privados; c) Recursos de cooperacion tecnica no reembolsable; d) Intereses y/o ingresos generados por la rentabilizacion del Fondo; e) Creditos presupuestales que se aprueben en las Leyes Anuales de Presupuesto; f) Otros dispuestos por MORDAZA expresa.

Articulo Septimo.- A fin de garantizar un manejo transparente del Fondo, el Consejo Directivo debe: a) Brindar acceso directo, via electronica y en tiempo real a traves de la pagina web del Gobierno Regional de MORDAZA, a la informacion que garantice un manejo transparente de la gestion del Fondo. b) Remitir informacion semestral al Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, considerando el saldo de sus recursos y la memoria de gestion del Fondo. Articulo Octavo.- Facultase al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA a suscribir los contratos de fideicomiso que fueran necesarios para poner en marcha el "Fideicomiso FONDO DE GARANTIA GOBIERNO REGIONAL DE LIMA" con la Corporacion Financiera de Desarrollo ­ COFIDE S.A. Articulo Noveno.- ENCARGUESE a la Gerencia General Regional, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente y, en el plazo de treinta (30) dias habiles, elabore el reglamento del Fondo. Articulo Decimo.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del Tramite de lectura y aprobacion del Acta. Articulo Decimo Primero.- La presente Ordenanza se publicara en el Diario Oficial "El Peruano", en un diario de circulacion regional y en el MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA (www.regionlima.gob.pe). En MORDAZA, a los catorce dias del mes de noviembre del dos mil once. POR TANTO: Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los quince dias del mes de noviembre del dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Presidente Regional 727333-1

Aprueban participacion del Gobierno Regional de MORDAZA en el Contrato de Fideicomiso denominado "Fondo de Garantia Gobierno Regional de Lima", a celebrarse con COFIDE
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 095-2011-CR/GRL MORDAZA, 11 de noviembre del 2011. VISTO: El Oficio 247-2011-GRL-PRES, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA - Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, quien solicita que el GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA y COFIDE S.A, participen en un Fideicomiso Fondo de Garantia que inicialmente se propone una transferencia de S/. 5'000,000.00 nuevos soles. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador, correspondiendole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Organica de

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