Norma Legal Oficial del día 14 de Diciembre del año 2011 (14/12/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

454828

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de diciembre de 2011

cargo de Directora de la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio del Ambiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 728454-1

Designan Secretario Ministerio

General

del

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 293-2011-MINAM MORDAZA, 13 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 288-2011MINAM del 10 de diciembre de 2011, se acepto la renuncia del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Secretario General del Ministerio del Ambiente; Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario General del Ministerio del Ambiente; Que, se ha visto por conveniente designar al funcionario que ocupara dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Secretario General del Ministerio del Ambiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 728454-2

Armadas, a propuesta de cada Institucion Armada, acordo realizar modificaciones al Reglamento; Que, por Acta de Ratificacion Nº 001-2010-JR de 18 de noviembre de 2010, la Junta Revisora 2010 a que se refiere el parrafo precedente, ratifica en todos sus terminos el contenido del Acta Nº 002-2009-JRRA de 3 de diciembre de 2009; Que, las modificaciones aprobadas, son concordantes con la aplicacion del periodo de transitoriedad establecido en el Decreto Supremo Nº 020-2008 DE/SG de 10 de setiembre de 2008, para el ascenso de los Oficiales de MORDAZA, Comando General, MORDAZA, Comando y Combate, MORDAZA Especialistas y de Servicios de las Fuerzas Armadas. En ese sentido, corresponde expedir el Decreto Supremo que efectivice la aprobacion definitiva de las modificaciones al reglamento de la Ley Nº 29108, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2008-DE; De acuerdo a lo previsto por el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Estado; DECRETA: Articulo 1º.- MODIFICACION Modificar los Articulos 14º y 23º del Reglamento de la Ley de Ascensos de los Oficiales de las Fuerza Armadas, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE de 8 de MORDAZA de 2008. De acuerdo al texto siguiente: "Articulo 14º.- Declaracion de Aptitud Disciplinaria Comprende los requisitos minimos siguientes: a. No estar cumpliendo sancion disciplinaria de postergacion de ascenso en el grado. b. No tener sentencia judicial condenatoria, consentida y ejecutoriada por la comision de delito doloso con pena mayor de dos (02) anos. La relacion de los Oficiales candidatos que cumplan con los requisitos de aptitud disciplinaria sera remitida por el Organismo responsable de cada Institucion Armada a la Direccion o Comando de Personal en la MORDAZA quincena del mes de junio de cada ano, la misma que sera publicada en la intranet de cada Institucion Armada. Articulo 23º.- Determinacion de vacantes La determinacion de vacantes en cada grado, es efectuada observando los criterios siguientes: a. Cuadro Organico de Oficiales aprobado para el ano siguiente al MORDAZA de ascensos. b. Efectivo de Oficiales al mes de MORDAZA del ano del MORDAZA de ascenso. c. Plazas producidas por cambios de situacion militar, posteriores al mes de MORDAZA del ano del MORDAZA de ascenso. d. Plazas generadas por vacantes a otorgarse, para el grado inmediato superior. e. Promociones de egreso para los Oficiales procedentes de las Escuelas de Formacion e ingreso para los Oficiales de procedencia universitaria. Articulo 2º.- MODIFICACION DE ANEXOS Modificar los Anexos 3, 4 y 5 del Reglamento de la Ley de Ascensos de los Oficiales de las Fuerza Armadas, conforme a lo establecido en el Acta Nº 0022009-JRRA de 03 de diciembre de 2009, ratificada en todos sus terminos mediante Acta de Ratificacion Nº 001-2010-JR de 18 de noviembre de 2010, las cuales forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- PUBLICACION DE ANEXOS Las modificaciones a los Anexos 3, 4 y 5 del Reglamento de la Ley de Ascensos de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, seran unicamente publicadas en las Ordenes Generales de cada Institucion Armada, en concordancia con el Articulo 2º "Clasificacion de Anexos" del Decreto Supremo Nº 011-2008-DE de 8 de MORDAZA de 2008, que clasifica como "Informacion Reservada" a los citados Anexos.

DEFENSA
Modifican el Reglamento de la Ley de Ascensos de los Oficiales de las Fuerzas Armadas
DECRETO SUPREMO Nº 015-2011-DE/SG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 29108 - Ley de Ascensos de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, concordante con lo establecido por el articulo 56º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2008-DE, senala que toda propuesta de modificacion al reglamento de la Ley (Ley Nº 29108) se efectuara previa evaluacion de una Junta Revisora integrada por representantes de cada Institucion Armada y del Ministerio de Defensa; Que, la normativa precitada dispone ademas, que la propuesta sea ratificada estrictamente en todos sus terminos por la Junta Revisora del siguiente ano, y la aprobacion definitiva se MORDAZA mediante Decreto Supremo que entrara en vigencia al ano siguiente de su ratificacion; Que, mediante Acta Nº 002-2009-JRRA de 3 de diciembre de 2009, la Junta Revisora 2009 encargada de la revision y evaluacion del Reglamento de la Ley Nº 29108 - Ley de Ascensos de los Oficiales de las Fuerzas

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.