Norma Legal Oficial del día 14 de Diciembre del año 2011 (14/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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Aprueban declaracion de Situacion de Desabastecimiento del Programa del Vaso de Leche y aprueban adquisicion de insumos
ACUERDO DE CONCEJO N° 034-2011-MDCH Chorrillos, 26 de noviembre del 2011. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS Visto: en Sesion Ordinaria de fecha 26 de Noviembre del 2011 el Informe N° 1045-2011-GAyF-MDCH, emitido por la Gerencia de Administracion y Finanzas, el Informe Legal Nº 1155-2011-GAJ-MDCH de la Gerencia de Asesoria Juridica; mediante el cual sustentan y solicitan se declare en Situacion de Desabastecimiento al programa del vaso de leche por un periodo de 10 semanas referente a la adquisicion de 247,390 unidades de leche evaporada entera en bolsas de 410 gramos a razon de S/.1.913781 por unidad cuyo monto total asciende a la suma de S/. 473,450.28 nuevos soles; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Municipal mediante Acuerdo de Concejo N° 037-2010-MDCH aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura para el ano 2010. Asimismo con Resolucion de Alcaldia N° 920-2010-MDCH se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones para el presente ano el mismo que contempla la adquisicion de los productos para el programa del vaso de leche teniendo como fuente de financiamiento las transferencias del gobierno central; Que, mediante los Informe del visto se detallan circunstancias que justifican juridicamente lo requerido, por cuanto se configura efectivamente la situacion prevista en el Art. 22º del Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado al solicitar la adquisicion temporal ante un hecho de excepcion suscitado como consecuencia de la necesidad de adquirir los insumos alimenticios necesarios para paliar dicha situacion y consecuentemente atender a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Chorrillos y durante el periodo referido; Que, lo expresado anteriormente compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial como es la provision de los alimentos diariamente a los beneficiarios, por la circunstancia extraordinaria e imprevisible que precisa el Art. 22º del Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado. Que, de los analisis efectuados tanto por la Gerencia de Administracion como de la Gerencia de Asesoria Juridica, infiere que las causas que han propiciado declarar el desabastecimiento y que son netamente ajenas a su responsabilidad; Que, dichos dispositivos legales aunados y en concordancia con los procedimientos a que hacen referencia el Art. 20º y 22º del Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado posibilitan lo requerido por las gerencias MORDAZA indicadas; Que, lo solicitado se enmarca en lo dispuesto por el Inciso c) el Art. 20º del Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado, concordante con el Art. 21º del mismo cuerpo legal donde se expresa que la exoneracion de un MORDAZA de licitacion esta permitido ante una situacion de desabastecimiento debidamente comprobada, debiendo ser aprobada por el Concejo Municipal, Que, tanto los informes de las Gerencias de Administracion y Finanzas como el de la Asesoria Juridica se ajustan a los dispositivos que rigen las contrataciones del estado, por cuanto cuentan con el sustento juridico correspondiente donde se destaca la siguiente informacion: 1. MORDAZA de producto a adquirir: Alimentos para el programa del vaso de leche 2. Descripcion basica del producto: 2.1.- Adquisicion de 247,390 unidades de leche Evaporada Entera por un periodo de 10 semanas que ascienden a la suma de S/. 473,450.28 y el organo encargado de la adquisicion sera la direccion de administracion a traves de la Sub Gerencia de Logistica.

Que, en concordancia con las atribuciones establecidas en la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, sus modificatorias y contando con el MORDAZA UNANIMIDAD del Concejo Municipal. ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar la declaracion de Situacion de Desabastecimiento del programa del vaso de leche de la Municipalidad Distrital de Chorrillos por las consideraciones expuestas y por un periodo de 10 semanas para que se adquieran 247,390 unidades de leche evaporada entera en bolsas de 410 gramos a razon de S/. 1.913781 por unidad cuyo Monto total asciende a la suma de S/. 473,450.28 nuevos soles Articulo Segundo.- Aprobar la adquisicion para que se realice a traves de la Sub Gerencia de Logistica de la Municipalidad Distrital de Chorrillos. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas para que remita MORDAZA del presente Acuerdo y del Informe Legal y Tecnico a la Contraloria General de la Republica dentro de los plazos previstos en la Ley, igualmente realice la publicacion del presente Acuerdo en el SEACE dentro de los plazos establecidos en el articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 1017. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General del Concejo la responsabilidad de publicar en el Diario Oficial El Peruano el presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 728045-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Disponen levantar carga correspondiente a predio ubicado en el distrito
RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 200-2011-SGCHU-GDU-DSMP San MORDAZA de Porres, 16 de noviembre de 2011 VISTO: el Codificado Nº 35979-01-2011, mediante el cual la Cooperativa de Servicios Multiples del Personal de la Policia Nacional del Peru Ltda. Vipol, indica que habiendo cumplido con el pago de la redencion de dinero por el deficit de aporte a SERPAR correspondiente a la Habilitacion MORDAZA del Programa de Vivienda San MORDAZA en San MORDAZA de Porres, solicita se le otorgue la Resolucion en la que se disponga levantar la carga que se encuentra registrada como garantia de pago ya cancelada de la Mz. N-1 (Lote Comercial) y los que se encuentran registradas como area de aporte reglamentario constituido por los lotes 6,7,8,9,10,11,12,13,14,15,16,17,18,19,20,21 ,22 de la Mz. X y los lotes 11,12,13,14,15,16,17 y 18 de la Mz. X-1 ubicado en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el Articulo 194º, numeral 5) del Articulo 195º de nuestra Carta Magna, las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes, Que de acuerdo a la Ley 27972 Ley Organica de Municipalidades, senala en su articulo I del Titulo Preliminar que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo

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