Norma Legal Oficial del día 14 de Diciembre del año 2011 (14/12/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

454887

y del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Gerente General de la Mancomunidad Municipal, de conformidad a los acuerdos senalados en el Acta de Constitucion. Articulo 4º.- DISPONER en el MORDAZA de las reglas de transparencia la publicacion en el MORDAZA electronico de cada una de las Municipalidades que conforman la presente Mancomunidad, sus alcances, estatutos y detalles de su ejecucion y los mecanismos de rendicion de cuenta anual. Articulo 5º.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, en la Pagina Web de la Municipalidad: www.munibarranca.gob.pe y en el MORDAZA del Estado Peruano: ww.peru.gob.pe. POR LO TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. Dado en la MORDAZA Municipal, a los dos dias del mes de noviembre del dos mil once. ROMEL ULLILEN MORDAZA MORDAZA Provincial 727460-1

Ordenanza que adecua y regula el procedimiento de licencia de funcionamiento y vinculados en la Provincia de Barranca, acorde con la Ley Nº 28976, Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 031-2011-AL/CPB EL MORDAZA DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO; En Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 26 de octubre del 2011, en la Estacion Orden del Dia, el Proyecto de ORDENANZA SOBRE LA ADECUACION Y REGULACION DEL PROCEDIMIENTO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO - LEY Nº 28976, LEY MORDAZA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, y la Ley de Reforma, Ley Nº 28607, las Municipalidades provinciales y distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante, con lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. Que, de conformidad con el articulo 6º del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, senala que los "gobiernos locales promueven el desarrollo economico, con incidencia en la micro y pequena empresa" y en su articulo 10º, establece que los "gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento economico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental". Que, en los numerales 3.6 y 3.6.4 del Articulo 79º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala que es competencia y funcion especifica exclusiva de las municipalidades el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificacion. Que, asimismo el Articulo 83º del mismo texto acotado senala que es funcion de las municipalidades en materia de abastecimiento y comercializacion de productos y servicios, otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales. Que, mediante Ley Nº 28976 - Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, publicada en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 5 de febrero de 2007, en su articulo 1º senala como finalidad: Establecer el MORDAZA JURIDICO de las disposiciones aplicables al procedimiento para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento expedida por

las municipalidades, correspondiendo a estas adecuar su respectivo Texto Unico de Procedimientos Administrativos con las disposiciones previstas en dicha ley. Que, mediante Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM, se establecen diversos aspectos de las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil, tales como la naturaleza, objeto, procedimientos y requisitos a tenerse en consideracion en la ejecucion de los lineamientos de la Ley Nº 28976. Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, senala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, el articulo 49º de la citada MORDAZA senala que la Autoridad Municipal puede ordenar la clausura temporal o definitiva de edificios, establecimientos o servicios cuando su funcionamiento esta legalmente prohibido o constituye peligro o riesgo para la seguridad publica, o infrinjan las normas reglamentarias o de seguridad del sistema de Defensa Civil o produzca olores, humos, ruidos u otros efectos perjudiciales para la salud o la tranquilidad del vecindario. Que, el Gobierno Local mediante Ordenanza Municipal Nº 007-2011-AL/CPB., de fecha 24 de febrero del 2011, aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Barranca; por lo que, es necesario adecuar la normatividad vigente a los lineamientos establecidos en la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, concordante con los dispositivos legales vigentes. Que, despues de algunas intervenciones, del debate pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de lo dispuesto el Articulo 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, el Pleno del Concejo Provincial de Barranca con el MORDAZA UNANIME los Senores Regidores presentes y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta; ORDENANZA QUE ADECUA Y REGULA EL PROCEDIMIENTO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Y VINCULADOS EN LA PROVINCIA DE BARRANCA, ACORDE CON LA LEY Nº 28976, LEY MORDAZA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Articulo 1º.- APROBAR la "Ordenanza que adecua y regula el procedimiento de licencia de funcionamiento y vinculados en la Provincia de Barranca, acorde con la Ley Nº 28976, Ley MORDAZA de Licencia de funcionamiento", cuyo contenido se detalla en el Anexo Nº 01, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- MODIFICAR el contenido el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Barranca, en los articulos correspondientes a la Licencia de Funcionamiento. Articulo 3º.- INCORPORAR a dicho documento los nueve (09) procedimientos contenidos del Anexo Nº 02, relacionados a los procedimientos de Licencia de funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y de servicios, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 4º.- DEJAR sin efecto cualquier otra Ordenanza y/o MORDAZA municipal que se oponga a la presente. Articulo 5º.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, en la Pagina Web de la Municipalidad: www.munibarranca.gob.pe y en el MORDAZA del Estado Peruano: ww.peru.gob.pe. POR LO TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. Dado en la MORDAZA Municipal, a los dos dias del mes de noviembre del dos mil once. ROMEL ULLILEN MORDAZA MORDAZA Provincial 727459-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.