Norma Legal Oficial del día 16 de Diciembre del año 2011 (16/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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INSTALACIONES TELEFONICAS:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de diciembre de 2011

Para las instalaciones telefonicas, instalaciones de ductos y camaras y la reserva de areas para centrales, los interesados deberan coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de las Empresas de Telefonia. PAVIMENTACION DE PISTAS Y VEREDAS: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, sera necesario efectuar una evaluacion de la superficie del terreno natural, eliminando el que contenga restos organicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adicion de material granular, mezclandose con riego sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como minimo el 95% de la Densidad MORDAZA Modificado de Laboratorio para un indice C.B.R. minimo de 20 Las particulas solidas de esta MORDAZA tendran un diametro MORDAZA de 2". Base.- Posterior a la MORDAZA anterior debe colocarse una MORDAZA de base afirmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diametros MORDAZA de 1 ½"), finos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactacion se efectuara con riegos sucesivos cercanos al optimo contenido de humedad y hasta alcanzar como minimo el 95% de la Densidad MORDAZA Modificado de Laboratorio para un indice de C.B.R. de 80. Se procurara una superficie MORDAZA y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicacion de una futura MORDAZA asfaltica de 2" de espesor. Superficie de Rodadura .- Suelo estabilizado. Aceras.- Sera de concreto simple de 4" de espesor con una resistencia a la compresion axial de f'c=140 Kg./ cm2, construido sobre una base granular de 4" de espesor compactada al 100% de la densidad seca del MORDAZA estandar. Sardineles.- Se construira sardineles de 30cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que la acera este en medio de jardines se construira en ambos lados. El vertido del concreto debera realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregacion de los agregados. Bermas laterales.- Las bermas laterales deberan construirse, con un pavimento de las mismas caracteristicas de las calzadas adyacentes. Asi tambien estas quedaran en tierra nivelada compactada. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construiran rampas peatonales, que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de conformidad con las normas tecnicas NTE U.190 adecuacion urbanistica para personas con discapacidad, aprobadas por R.M. Nº 069-2001MTC/15.04 de fecha 07 de Febrero de 2001. Articulo Tercero.- DISPONER a INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA RESIDENCIAL S.A.C el pago de los deficit de aportes reglamentarios a redimirse en dinero correspondiente al Ministerio de Educacion (E1) por el area de 78.12 m2 y Parques Zonales por el area de 565.04 m2 quedando como garantia el Lote 10 de la Mz "F" por el deficit de aporte destinado al Ministerio de Educacion, los lotes 14 y 15 de la Mz B y los Lotes 5 y 13 de la Mz F por el pago del deficit de aporte destinado a Serpar, los cuales seran cancelados hasta MORDAZA de la Recepcion de las Obras de Habilitacion Urbana. Articulo Cuarto.- DISPONER la inscripcion individualizada de los lotes en el Registro de Predios de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA, que hacen un total de 113 Lotes de Vivienda y el Lote 01 de la Mz. E destinado a Comercio Vecinal, distribuidos en seis manzanas, tal como consta en el plano aprobado y memoria descriptiva que forma parte de la presente resolucion. Articulo Quinto.- REMITIR MORDAZA certificada de las piezas necesarias del expediente a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su ratificacion, sin perjuicio de comunicar el tenor del presente acto administrativo a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, SERPAR, EMILIMA y Ministerio de Educacion.

Articulo Sexto.- DISPONER la Publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano en el plazo de (30) dias calendarios contados a partir de su notificacion a cargo de los interesados. Articulo Septimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas, y Gerencia de Desarrollo Economico y Fiscalizacion, de acuerdo a sus competencias, incorporar la Habilitacion MORDAZA a que se refiere el articulo primero de la presente resolucion, al Plano MORDAZA del Distrito de San MORDAZA de Porres, asi como registrar los predios resultantes en el Registro de Contribuyentes y Margesi de Bienes Inmuebles de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, cuando corresponda. Articulo Octavo.- NOTIFICAR el presente acto administrativo a INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA REDICENCIAL S.A.C. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas 728938-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban constitucion y Estatuto de la Mancomunidad Municipal de MORDAZA Este - Carretera Central
ORDENANZA N° 00079/MDSA MORDAZA MORDAZA, 5 de diciembre de 2011 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado, en su articulo 194°, y la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 en el articulo 2 de su Titulo Preliminar, prescriben que las Municipalidades son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, por la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, se establecio el MORDAZA juridico para el desarrollo de las relaciones de asociatividad municipal, previstas en el articulo 124° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, el articulo 2° de la Ley de la Mancomunidad Municipal define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo voluntario de municipalidades para la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras, con los fines de promover desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos; en el articulo 5°, se establece que la voluntad de constituir una mancomunidad y su estatuto, se aprueban por ordenanza municipal de las municipalidades intervinientes, sustentadas en los informes tecnicos que den viabilidad a su creacion; Que, el articulo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046 - 2010 - PCM, establece el procedimiento para la constitucion de las mancomunidades municipales; se senala que la ordenanza municipal aprueba la constitucion de la mancomunidad municipal, con la ratificacion del contenido del Acta de Constitucion, su Estatuto, y la designacion del primer presidente del Consejo Directivo y del primer Gerente General; Que, a traves del Acta Vinculante firmada el 16 de junio de 2011, los alcaldes de las municipalidades distritales de Ate, Chaclacayo, Lurigancho-Chosica y MORDAZA MORDAZA expresaron su decision de conformar la Mancomunidad Municipal MORDAZA Este-Carretera Central, MORDAZA al cual se integro la Municipalidad de El MORDAZA el 2 de septiembre de 2011.

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