Norma Legal Oficial del día 16 de Diciembre del año 2011 (16/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

455037

Que, mediante el Informe Nº 429-2011-GAJ/MDSA, la Gerencia de Asesoria Juridica da su opinion legal favorable para la constitucion de la Mancomunidad Municipal MORDAZA Este ­ Carretera Central. De conformidad con lo establecido por la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972, la Ley de la Mancomunidad Municipal - Ley N° 29029, modificada por la Ley N° 29341, Aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONSTITUCION Y EL ESTATUTO DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL DE MORDAZA ESTE ­ CARRETERA CENTRAL Articulo Primero.- La presente Ordenanza Municipal tiene por finalidad aprobar la constitucion de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA Este ­ Carretera Central", segun Acta de fecha 3 de noviembre de 2011, suscrita por los Senores Alcaldes de las Municipalidades de los siguientes distritos que en orden alfabetico se indican: + - Ate - Chaclacayo - El MORDAZA - Lurigancho-Chosica - MORDAZA MORDAZA La Mancomunidad Municipal MORDAZA Este ­ Carretera Central tiene por objeto: a) El fomento y revalorizacion de los espacios turisticos, culturales, de recreacion y esparcimiento. b) El desarrollo territorial y economico productivo para fomentar la competitividad de los servicios. c) La participacion en la gestion ambiental para la conservacion de la MORDAZA del rio MORDAZA, las subcuencas y el paisaje cordillerano. d) La participacion en el diseno e implementacion de politicas publicas orientadas al desarrollo humano, para la erradicacion de la pobreza y la extrema pobreza. e) La promocion de la planificacion del desarrollo MORDAZA y rural. f) La seguridad ciudadana y la promocion de una cultura de paz. g) La modernizacion de la institucionalidad municipal en sus diferentes aspectos, incluyendo la conectividad a traves de los medios electronicos e integrando digitalmente a los distintos integrantes de la Mancomunidad. Articulo Segundo.- Delegar las competencias y funciones a la Mancomunidad Municipal MORDAZA Este ­ Carretera Central, las que se detallan a continuacion: Funciones especificas exclusivas: a) Impulsar el MORDAZA de planeamiento para el desarrollo, MORDAZA y rural, con enfoque de gestion territorial y de MORDAZA, en el ambito territorial de la Mancomunidad Municipal. b) Concertar con instituciones del sector publico y privado de su jurisdiccion sobre la elaboracion y ejecucion de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo economico e integral. c) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales. d) Fortalecer y desarrollar MORDAZA productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28846. e) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo senalado en la Ley Nº 29337 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 192-2009-EF. f) Organizar un servicio de serenazgo o vigilancia intermunicipal, de acuerdo a las normas establecidas por la Municipalidad Provincial. Funciones especificas compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecucion de proyectos, de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la Mancomunidad Municipal, en coordinacion con la Municipalidad Provincial y organismos regionales y nacionales competentes. b) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperacion con las entidades competentes. c) Promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad.

d) Participar en el diseno, promocion y ejecucion de programas y proyectos de lucha contra la pobreza, en especial contra la desnutricion infantil, en coordinacion con la Municipalidad Provincial y el Gobierno Regional. e) Contribuir a la elaboracion y aplicacion de instrumentos de gestion ambiental. f) Promover la educacion ambiental y vial, la participacion ciudadana y una ciudadania ambientalmente responsable. g) Participar en la elaboracion de los planes de gestion del recurso hidrico de la MORDAZA del rio Rimac. Articulo Tercero.- Aprobar el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA Este ­ Carretera Central" ratificando el contenido del Acta de Constitucion, que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza Municipal. Articulo Cuarto.- Ratificar la designacion del Senor MORDAZA MORDAZA Majino, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ate, en el cargo de Presidente del Consejo Directivo; del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad de Lurigancho-Chosica, como Vicepresidente del Consejo Directivo; y del Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Gerente General de la Mancomunidad Municipal, de conformidad a los acuerdos senalados en el Acta de Constitucion. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA CHUMBIMUNE MORDAZA Alcaldesa 728821-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA
Aprueban Estructura Organica y Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 019-2011/MPP MORDAZA, 24 de octubre del 2011 El Concejo Municipal de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 21 de octubre del 2011; VISTO: El Informe Nº 608-2011-MPP-DPPR, de fecha 14 de octubre del 2011, de la Direccion de Planificacion, Presupuesto y racionalizacion; Informe Nº 1058 ­ 2011-MPPAL, de fecha 17 de Octubre del 2011, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, respectivamente quienes emiten los sustentos tecnicos y legales sobre el MORDAZA reglamento de Organizacion y Funciones ­ROF y la Estructura Organica de la Municipalidad Provincial de Pisco; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27630-Ley de la Reforma Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomia, politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que el Articulo 40º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades en concordancia con el numeral 4) del Articulo 200º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Ordenanzas Municipales, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la materias en las cuales esta tiene competencia, cuyo rango es equivalente a la Ley; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF, por

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