Norma Legal Oficial del día 03 de Enero del año 2011 (03/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, lunes 3 de enero de 2011

NORMAS LEGALES

433451

PODER EJECUTIVO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Declaran de necesidad publica la participacion del sector privado en la prestacion de los servicios correspondientes al MORDAZA Grupo de Aeropuertos de Provincias de la Republica del Peru y exceptua de lo dispuesto en el Articulo 71º de la Constitucion Politica del Peru a la sociedad concesionaria que resulto adjudicataria de la buena pro del Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en concesion del MORDAZA Grupo de Aeropuertos de Provincias de la Republica del Peru
DECRETO SUPREMO Nº 001-2011-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 71 de la Constitucion Politica del Peru establece que dentro de los cincuenta (50) kilometros de las fronteras, los extranjeros no pueden adquirir ni poseer por titulo alguno, minas, tierras, bosques, aguas, combustibles, ni MORDAZA de energia, directa ni indirectamente, individualmente ni en sociedad, bajo pena de perder, en beneficio del Estado el derecho asi adquirido, exceptuandose el caso de necesidad publica, expresamente declarada por Decreto Supremo aprobado por el Consejo de Ministros conforme a ley; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 458-97-PCM publicada el 15 de setiembre de 1997, se nombro al Comite Especial encargado de determinar y promover los Aeropuertos de la Republica a ser entregados en concesion al sector privado, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM - Texto Unico Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; Que, el Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - en adelante PROINVERSION -, en sus sesiones de fecha 28 de enero y 04 de febrero de 2004, aprobo el Plan de Promocion de la Inversion Privada para la entrega en concesion de los Aeropuertos del Peru, estableciendose los grupos de aeropuertos a ser entregados en concesion, entre ellos el MORDAZA grupo de aeropuertos, siendo ratificados dichos acuerdos mediante Resolucion Suprema Nº 022-2004EF publicada el dia 26 de marzo de 2004; Que, el referido Plan de Promocion fue posteriormente modificado mediante Acuerdos del Consejo Directivo de PROINVERSION de fechas 09 de enero de 2009 y 07 de MORDAZA de 2010, ambos publicados en el Diario Oficial "El Peruano" los dias 16 enero de 2009 y 16 de MORDAZA de 2010, respectivamente; Que, con fecha 17 de MORDAZA de 2009, PROINVERSION inicio la convocatoria del Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en concesion del MORDAZA Grupo de Aeropuertos de Provincia de la Republica del Peru, publicandose las bases del concurso en la pagina web de PROINVERSION; Que, en el MORDAZA del Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en concesion del MORDAZA Grupo de Aeropuertos de Provincia de la Republica del Peru, con fecha 07 de setiembre de 2010, se otorgo la buena pro al Consorcio Aeropuertos Andinos del Peru, conformado por las empresas MORDAZA Investment Holding S.A.C. y Corporacion MORDAZA S.A., los que han constituido la sociedad concesionaria denominada Aeropuertos Andinos del Peru S.A., la misma que actuara como contraparte del Estado de la Republica del Peru, representado por el Ministerio de Transportes y

Comunicaciones en el Contrato de Concesion del MORDAZA Grupo de Aeropuertos de Provincia de la Republica del Peru; Que, PROINVERSION con Oficio Nº 81/2010-DAT/ PROINVERSION de fecha 22 de octubre de 2010, ha senalado que el Consorcio Aeropuertos Andinos del Peru se encuentra conformado por la empresa Corporacion MORDAZA S.A., la misma que ha sido constituida bajo las leyes de la Republica de Argentina; Que, los Aeropuertos Internacionales "Crnl. FAP MORDAZA Ciriani MORDAZA Rosa", de la MORDAZA de Tacna y "Padre Aldamiz", de la MORDAZA de Puerto MORDAZA, que forman parte de los bienes que seran transferidos en concesion al adjudicatario de la buena pro senalado en el considerando anterior, se encuentran ubicados dentro de los cincuenta (50) kilometros de la frontera, en los Departamentos de Tacna y MORDAZA MORDAZA, respectivamente; Que, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas mediante Oficio Nº 3431-EMCFFAA/D3/SIT; en cumplimiento de la normatividad vigente sobre la materia; ha emitido opinion favorable desde el punto de vista de la seguridad nacional respecto a la entrega en concesion a la empresa Aeropuertos Andinos del Peru S.A de los bienes ubicados en MORDAZA de frontera; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y el numeral 24) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Declarese de necesidad publica la participacion del sector privado en la prestacion de los servicios correspondientes al MORDAZA Grupo de Aeropuertos de Provincia de la Republica del Peru entre los cuales se encuentran los Aeropuertos Internacionales de "Crnl. FAP MORDAZA Ciriani MORDAZA Rosa" de la MORDAZA de Tacna y "Padre Aldamiz" de la MORDAZA de Puerto MORDAZA, actualmente administrados por la Corporacion Peruana de Aeropuertos y Aviacion Comercial - CORPAC S.A., a efectos que la empresa Aeropuertos Andinos del Peru S.A. pueda recibir en concesion los bienes y derechos situados dentro de los cincuenta (50) kilometros de la frontera del pais. Articulo 2º.- Autorizacion Autoricese a la empresa Aeropuertos Andinos del Peru S.A. a recibir en concesion los bienes y derechos que se encuentren ubicados dentro de los cincuenta (50) kilometros de la frontera del MORDAZA, en los Departamentos de Tacna y MORDAZA de MORDAZA, que fueran materia de otorgamiento de la buena pro del concurso de Proyectos Integrales para la entrega en concesion del MORDAZA Grupo de Aeropuertos de Provincias de la Republica del Peru. Articulo 3º.- Sancion La adquisicion de los bienes y derechos a que se refiere el articulo precedente o su transferencia bajo cualquier titulo, a favor de otros inversionistas extranjeros, que no cuenten con la correspondiente autorizacion, MORDAZA lugar a la perdida del derecho adquirido, en beneficio del Estado, conforme lo establecido en el articulo 71 de la Constitucion Politica del Peru. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Transportes y Comunicaciones y por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA a los tres dias del mes de enero del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia Encargada del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 584927-1

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