Norma Legal Oficial del día 05 de Enero del año 2011 (05/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de enero de 2011

personas, tanto juridicas como naturales. Dicho codigo esta compuesto de tres partes: A) Primeras dos (02) posiciones indica el MORDAZA de Documento que identificara a la persona. Toma los siguientes valores: Personas Naturales

las "Especificaciones Tecnicas de la Informacion a remitir por las Empresas Proveedoras de Precios", pudiendo incorporar a la MORDAZA cualquier otra informacion que dichas entidades deban remitir a esta institucion. Articulo 4º.- La presente resolucion entrara en vigencia a los 30 dias calendarios de aprobada la primera empresa proveedora de precios. Registrese, comuniquese y publiquese.

"02": DNI, para personas naturales peruanas. "20": Otro documento, para personas naturales no peruanas y no residentes en el pais. En el caso de un menor de edad, en tanto no tenga DNI, se identifica el MORDAZA de documento del tutor. Personas Juridicas "03": Registro Unico del Contribuyente (RUC), para personas juridicas nacionales y/o residentes en el pais. "22": Otro documento: Para personas juridicas no peruanas y no residentes en el MORDAZA, o para personas juridicas nacionales y/o residentes que no tengan RUC. Estados "30": Codigo para Estados (paises). B) En las siguientes diez (10) posiciones, se indicara el numero del documento tipificado en las primeras dos posiciones, debe ser alfanumerico. En el caso que valor asignado MORDAZA sido 20, se consignaran aqui las diez (10) primeras posiciones del numero del documento de identidad que corresponda a la persona en su lugar de origen. En el caso que el valor asignado MORDAZA sido 03, es decir RUC, el cual consta de 11 digitos, se consignaran aqui las diez (10) primeras posiciones del numero de RUC, y el decimo primer digito se registrara seguido de un cero en las siguientes dos posiciones. En el caso de Estados, este MORDAZA sera el codigo de MORDAZA establecido en el Anexo "Paises" correspondiente. C) Las siguientes dos (02) posiciones sirven para: · En el caso de personas naturales menores de edad (en tanto no tenga DNI): Se registra un numero secuencial que empezando en "01" identifica al menor respecto a su tutor. Si el tutor tuviera a su cargo a otros menores de edad, se identificara al menor respecto al tutor consignandole un numero secuencial que va desde 01 a 99. · En los demas casos debera informarse con ceros ("00"). ANEXO 3: MONEDAS Los codigos de "Monedas" forman parte de la seccion "Empresa Proveedoras de Precios" que seran publicadas en el MORDAZA de CONASEV: www.conasev.gob.pe en la opcion "Envio de Informacion". ANEXO 4: MORDAZA DE INSTRUMENTO Los codigos de MORDAZA de Instrumento forman parte de la seccion "Empresa Proveedoras de Precios" que seran publicadas en el MORDAZA de CONASEV: www.conasev.gob. pe en la opcion "Envio de Informacion". ANEXO 5: PAISES Los codigos de paises forman parte de la seccion "Empresa Proveedoras de Precios" que seran publicadas en el MORDAZA de CONASEV: www.conasev.gob.pe en la opcion "Envio de Informacion". Articulo 2º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de CONASEV. Articulo 3º.- Delegar en la Gerencia General de CONASEV la facultad para aprobar las modificaciones a MORDAZA MORDAZA CANTA TERREROS Presidente 584748-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Sancionan a contratista con inhabilitacion temporal para participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 2136-2010-TC-S2 Sumilla : Seran sancionados los postores que presenten documentos falsos en el MORDAZA de seleccion. MORDAZA, 12 de noviembre de 2010 Visto en sesion de fecha 12 de noviembre de 2010 de la MORDAZA Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado el Expediente N° 402.2010.TC, sobre el procedimiento administrativo sancionador contra WILBER DONGO QUISPERIMA, por haber presentado documentacion falsa en la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0052-2009SEDAPAL y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 14 de septiembre de 2009, el SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE MORDAZA - SEDAPAL, en adelante la Entidad, otorgo la buena pro de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 00522009-SEDAPAL a WILBER DONGO QUISPERIMA, en adelante el Contratista. El Contratista presento como parte de su propuesta tecnica, la Factura Nº 001-0085 emitida a favor de la empresa TECNOLOGIA TERMICA TOTAL S.A.C. y la Factura Nº 001-0094 emitida a favor de la empresa GROUP ENGINEERING SUPPLY & PROJECT S.A.C. 2. El 18 de septiembre de 2009, la Entidad notifico el Pedido de Servicio Nº 430003677 al Contratista. 3. El 22 de septiembre de 2010, la Entidad remitio la Carta N 585-2009-ESGE a la empresa TECNOLOGIA TERMICA TOTAL S.A.C. para que informe sobre la veracidad de la Factura Nº 001-0085. 4. El 25 de septiembre de 2009, el Gerente General de la empresa TECNOLOGIA TERMICA TOTAL S.A.C. informo que la Factura Nº 001-0085 era falsa, puesto que nunca han requerido sus servicios, toda vez que su rubro principal es la actividad de mantenimiento de calderas y no tiene nada que ver con el concepto de la supuesta facturacion. 5. Mediante escrito del 15 de marzo de 2010, la Entidad solicito al Tribunal aplicacion de sancion contra el Contratista por haber presentado documentos falsos en la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0052-2009-SEDAPAL. 6. El 17 de marzo de 2010, el Tribunal requirio a la Entidad, previamente remita MORDAZA legible de la Factura Nº 001-0085.

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