Norma Legal Oficial del día 07 de Enero del año 2011 (07/01/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de enero de 2011

NORMAS LEGALES

433771

competencia compartida, MORDAZA cuando se trata de una politica publica en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, de manera que termina por afectarse el criterio de concurrencia al que alude el inciso d), del numeral 14.2, del articulo 14º de la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, y que supone que "En el ejercicio de las competencias compartidas cada nivel de gobierno debe actuar de manera oportuna y eficiente, cumpliendo a cabalidad las acciones que le corresponden y respetando el MORDAZA de atribuciones propio de los demas" y, consecuentemente, el respectivo parametro de constitucionalidad, razones, todas, por las cuales la demanda debe ser estimada (subrayado agregado). 28. Adicionalmente, no podemos dejar de hacer mencion a la observancia del MORDAZA de prevision de consecuencias, de manera que, siendo una posibilidad que existan vecinos del Distrito de Majes, que, como consecuencia de la ordenanza cuya constitucionalidad se declara, pudieran haber adquirido en propiedad, eventualmente, inmuebles para fines de vivienda, se deja a salvo sus derechos para que lo MORDAZA MORDAZA, en todo caso, en la via y forma legal que corresponda. Por estas razones nuestro MORDAZA es por declarar FUNDADA la demanda y, en consecuencia, inconstitucional la Ordenanza Municipal Nº 025-2008-MDM de fecha 23 de septiembre de 2008, y publicada el dia 29 del mismo mes y ano. Publiquese y notifiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA HAYEN MORDAZA MORDAZA

585672-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 241MDJM en lo referente a los parametros urbanisticos y edificatorios para las avenidas Giussepi MORDAZA y MORDAZA MORDAZA
ORDENANZA Nº 350-MDJM
MORDAZA MORDAZA, 25 de noviembre del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA; VISTO; en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo reconoce el articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 40 de la Ley N° 27972 Organica de Municipalidades, prescribe que las Ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion,

administracion y supervision de servicios publicos y las materias en que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, los numerales 3.2., 3.6. y 3.6.2 del parrafo 3 del articulo 79 de la Ley N° 27972, senala que son funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, autorizar y fiscalizar la ejecucion del plan de obras de servicios publicos y privados que afecten o utilicen la via publica o zonas aereas, asi como sus modificaciones; previo cumplimiento de las normas sobre impacto ambiental; ademas de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratorias de fabrica; Que, mediante la Ordenanza Nº 241-MDJM se regula la adecuacion y el reajuste integral de la zonificacion de los usos del suelo dentro de la circunscripcion del distrito de MORDAZA MORDAZA y se establecen los parametros urbanisticos y edificatorios que se deben respetar para cada edificacion; asimismo aprueba los planos de sectorizacion de los usos del suelo del distrito de MORDAZA MORDAZA, que conforma el Area de Tratamiento Normativo II de MORDAZA Metropolitana, el mismo que fue modificado por las Ordenanzas Nº 261, 293 y 319-MDJM; Que, el Informe Nº 331-2010-MDJM-GDUyA-SGLyA de la Sub. Gerencia de Licencias y Autorizaciones de fecha 19 de Noviembre del 2010, sustenta tecnicamente la necesidad de dictar la MORDAZA que modifique la Ordenanza que Reglamenta los Parametros Urbanisticos y Edificatorios, aprobada por Ordenanza 241-MDJM y modificada mediante las Ordenanzas Nº 261, 293 y 319-MDJM, debido a que realizado el analisis en la Av. Giussepe MORDAZA y Av. MORDAZA MORDAZA de los edificios multifamiliares existentes se ha observado que la demanda de la MORDAZA es menor a la relacion de un (01) estacionamiento por cada vivienda; asimismo, la Av. MORDAZA MORDAZA al ser una Via Colector confluye con la Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA que es una Via Metropolitana, con zonificacion de Comercio Zonal (CZ) mayoritariamente, por su ubicacion estrategica tiene una tendencia comercial sumado tambien a la necesidad de satisfacer la demanda de servicios comerciales de la Residencial San MORDAZA, el cual fue detenida a la entrada de vigencia de la Ordenanza 1017-MML, por lo que en arras de promover el desarrollo de la MORDAZA, la Municipalidad debe incentivar la inversion privada de un comercio zonal como uso compatible al uso residencial; Que, el Informe Nº 1804-2010/MDJM/GAJyRC de la Gerencia de Asesoria Juridica y Registro Civil, de fecha 22 de noviembre del 2010, ha opinado por la procedencia legal de la modificatoria; Teniendo en consideracion lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Articulo 9 de la Ley N° 27972, Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 241-MDJM Articulo Primero.- INCORPORASE al articulo 2 de la Ordenanza Nº 241-MDJM, la modificacion de los parametros urbanisticos y edificatorios para las Avenidas Giussepi MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, el mismo que estara incluido dentro de la normatividad del sector B, de acuerdo a los criterios normativos que se especifican en el siguiente cuadro:
MORDAZA RDA USO LOTE FRENTE ALTURA DE PERMITIDO MINIMO MINIMO EDIFICACION Multifamiliar 700.00 15.00 1.5 (a+r) (1) AREA ESTACIONALIBRE MIENTO MINIMO MINIMA 35% 0.75 x cada vivienda

(1) Frente a Parques y Avenidas con ancho mayor a 25.00 m
USO AREA LOTE FRENTE ALTURA DE MORDAZA RESIDENCIAL LIBRE MINIMO MINIMO EDIFICACION COMPATIBLE MINIMA RDA Comercio Zonal Existente 700.00 s e g u n 10 pisos (2) Proyecto ESTACIONAMIENTO MINIMO

Ordenanza Nº No 241-MDJM; Exigible Articulo 13

(2) Frente a Avenida y vista a Parque. Articulo Segundo.- ENCARGUESE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Ambiental, a traves de la Sub Gerencia de Licencias, Autorizaciones, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.