Norma Legal Oficial del día 08 de Enero del año 2011 (08/01/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de enero de 2011

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

433825

27972 - Organica de Municipalidades - y en el presente Reglamento. i) Impedir el funcionamiento de los servicios publicos. j) Utilizar o disponer de los bienes de la municipalidad en beneficio propio o de terceros. k) Actos de inmoralidad. l) Usar instrumentos falsos como si fueran verdaderos, con el proposito de perjudicar o danar la imagen de la municipalidad y sus funcionarios. m) Otras que establezca el concejo municipal CAPITULO II SANCIONES Articulo 83°.- Las faltas graves establecidas en el articulo precedente seran sancionadas hasta con un MORDAZA de treinta (30) dias calendario de suspension en el ejercicio del cargo. Articulo 84º.- Las faltas establecidas en el articulo 82 del presente Reglamento que ameriten la interposicion de denuncia ante la Policia Nacional y el Ministerio Publico, seran formuladas por la Procuraduria Publica Municipal, las que se interpondran sin perjuicio de la sancion administrativa a imponerse. Articulo 85º.- Conocida la denuncia por falta grave el concejo municipal dispondra se remita la misma a la Comision de Asuntos Juridicos o la que haga sus veces, a fin de que realice una investigacion sumaria respetando el derecho de defensa y debido MORDAZA del regidor denunciado, debiendo elaborar el dictamen correspondiente que sera debatido en el pleno del concejo municipal. Tramite que debera realizar la comision mencionada en un plazo perentorio de 15 dias habiles y sera tratado en la siguiente sesion a realizarse. Articulo 86º.- La aplicacion de la sancion prevista en el articulo 83º del presente Reglamento estara sujeta a las disposiciones del articulo 25° de la Ley N° 27972, requiriendose para hacer efectiva la sancion el MORDAZA a favor de la mayoria simple del numero legal de regidores que integran el concejo municipal, quienes deberan actuar con criterio de conciencia por constituir este precedente aplicable en casos similares. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al siguiente dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento se regiran por lo dispuesto en la Ley Nº 27972 ­ Organica de Municipalidades 586962-1

Que, en Sesion Extraordinaria de la fecha se trato sobre el proyecto de Ordenanza que modifica la Ordenanza Nº 245-MDSMP (25.MAYO.2008) que regula los procesos de eleccion de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital (CCLD) de San MORDAZA de Porres, especificamente en sus articulos 3º, 7º y 18°, lo que resulta viable legalmente conforme a las opiniones favorables de la Gerencia de Participacion Ciudadana (Informe Nº 220-2010-SGGV-GPC/MDSMP y Proveido Nº 1016-2010-GPC/MDSMP), Gerencia de Planeamiento y Presupuesto (Informe Nº 136-2010-GPP/ MDSMP) y Gerencia de Asesoria Juridica (Informe Nº 1109-2010-GAJ/MDSMP); De conformidad con los articulos 9, numerales 8) y 14) y 40 de la Ley Nº 27972 ­ Organica de Municipalidades; con el MORDAZA Unanime de los senores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal de San MORDAZA de Porres ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- MODIFICAR los articulos 3º, 7º y 18° de la Ordenanza Nº 245-MDSMP (25.MAYO.2005), que quedaran redactados de la siguiente manera: "Articulo 3º.- DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL El CCLD de San MORDAZA de Porres esta conformado por: a. El MORDAZA, quien lo presidira, pudiendo delegar tal funcion en el MORDAZA MORDAZA b. Los quince (15) regidores c. Siete (07) representantes de la Sociedad Civil, cuya composicion se determina de la siguiente manera: - Un (01) representante por cada uno de los siete (07) segmentos de la Sociedad Civil precisados en esta Ordenanza" "Articulo 7º.- SEGMENTOS DE LA SOCIEDAD CIVIL Son las diversas agrupaciones en las que se autoclasifican las OSC atendiendo a intereses y objetivos comunes. Para fines de esta MORDAZA se consideran los siguientes segmentos: SEGMENTOS ORGANIZACIONES ORGANIZACIONES DE LA INDUSTRIA ORGANIZACIONES DE COMERCIANTES ORGANIZACIONES DE TURISMO ORGANIZACIONES DE BIENES RAICES E INMOBILIARIAS ORGANIZACIONES DE LABANCA, FINANCIERAS Y DE INVERSION ORGANIZACIONES EXPORTADORAS GESTION DEL ORGANIZACIONES DE LA CONSTRUCCION DESARROLLO ORGANIZACIONES DE PYMES ECONOMICO ORGANIZACIONES DE MEDIOS DE DIFUSION ORGANIZACIONES DE MERCADOS ORGANIZACIONES DE ARTESANOS ORGANIZACIONES DE TRANSPORTISTAS ORGANIZACIONES LABORALES OTRAS ORGANIZACIONES EMPRESARIALES ORGANIZACIONES SOCIALES VINCULADAS AL TEMA

Modifican la Ordenanza Nº 245-MDSMP que regula los procesos de eleccion de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA de Porres
ORDENANZA Nº 305 -MDSMP San MORDAZA de Porres, 29 de diciembre del 2010 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: En Sesion Extraordinaria del Concejo Municipal de fecha 29.DICIEMBRE.2010, bajo la presidencia del senor MORDAZA Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con el quorum reglamentario de los senores regidores, se trato sobre modificacion de Ordenanza; y

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.