Norma Legal Oficial del día 27 de Enero del año 2011 (27/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de enero de 2011

de distribucion de GLP en la Tipificacion y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos contenida en la Tipificacion de Infracciones y Escalas de Multas y Sanciones del OSINERGMIN, aprobada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 028-2003-OS/CD y sus modificatorias, respecto de las cuales no se han establecidos criterios especificos para la aplicacion de sanciones; Que, con la finalidad de brindar a los administrados mayor informacion que les permita tener certeza de cual sera el resultado final en los procedimientos que pueda iniciar OSINERGMIN contra los citados agentes, resulta necesario aprobar los Criterios Especificos de Sancion que se tomaran en cuenta para la aplicacion de los numerales 2.1.3, 2.1.4, 2.1.9.1, 2.2, 2.3, 2.4, 2.6, 2.8.2, 2.9, 2.12.1, 2.12.7, 2.13.1, 2.13.2, 2.13.9.2, 2.14.1, 2.14.2, 2.14.9.2, 2.14.13, 2.15, 2.16, 2.26, 2.27 y 2.30 contenida en la Escala MORDAZA citada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, Ley Nº 27332, la Ley de Creacion del OSINERGMIN, Ley Nº 26734 modificada por Ley Nº 28964, y el literal m) del articulo 65º del Reglamento General del OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 055-2001-PCM y con la opinion favorable de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar Criterios Especificos de Sancion que se deberan aplicar en la imposicion de las sanciones previstas en los numerales 2.1.3, 2.2, 2.3, 2.4, 2.8.2, 2.9, 2.13.1, 2.14.1, 2.14.13, 2.16, 2.26, 2.27 y 2.30 de la Tipificacion y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos contenida en la Tipificacion de Infracciones y Escalas de Multas y Sanciones del OSINERGMIN, aprobada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 028-2003-OS/CD y sus modificatorias, para Locales de Venta de GLP, conforme a lo mencionado en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Aprobar los Criterios Especificos de Sancion que se deberan aplicar en la imposicion de las sanciones previstas en los numerales 2.1.9.1, 2.2, 2.4, 2.6, 2.8.2, 2.12.7, 2.13.9.2, 2.14.9.2, 2.15 y 2.26 de la Tipificacion y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos contenida en la Tipificacion de Infracciones y Escalas de Multas y Sanciones del OSINERGMIN, aprobada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 028-2003-OS/CD y sus modificatorias, para los Medios de Transportes de GLP, conforme a lo mencionado en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- Aprobar los Criterios Especificos de Sancion que se deberan aplicar en la imposicion de las sanciones previstas en los numerales 2.1.4, 2.3, 2.4, 2.12.1, 2.13.2, 2.14.2, 2.26 y 2.30 de la Tipificacion y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos contenida en la Tipificacion de Infracciones y Escalas de Multas y Sanciones del OSINERGMIN, aprobada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 028-2003OS/CD y sus modificatorias, para Consumidores Directos y Redes de Distribucion de GLP, conforme a lo mencionado en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 4º.- Publicar en el MORDAZA electronico de OSINERGMIN (www.osinergmin.gob.pe) los Criterios Especificos que en Anexo adjunto forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 5.- La presente resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA MORDAZA Gerente General OSINERGMIN 595067-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Incorporan literales al articulo 4, numeral 1 de la "Directiva para el pago del complemento remunerativo durante el periodo de asignacion de los Gerentes Publicos"
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 07-2011-SERVIR-PE MORDAZA, 13 de enero de 2011 VISTOS, el Informe Nº 067-2010/SERVIR-GDCGP de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Publicos y; CONSIDERANDO: Que, el literal i) del articulo 10 del Decreto Legislativo Nº 1023 - Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, establece como una de sus funciones, "normar y gestionar el Cuerpo de Gerentes Publicos"; Que, de otro lado, el literal g) del articulo 14 del Decreto Legislativo Nº 1024 - Decreto Legislativo que crea y regula el Cuerpo de Gerentes Publicos, establece como una de las funciones de SERVIR "efectuar el pago de los complementos remunerativos y otros conceptos dispuestos por la presente norma"; Que, la Primera Disposicion Complementaria Final del Reglamento del Regimen Laboral de los Gerentes Publicos aprobado por el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM, establece que: "La Autoridad emitira las disposiciones complementarias que se requieran para la aplicacion de lo dispuesto en el presente reglamento y regulara los aspectos considerados en dicha MORDAZA no referidos al regimen laboral de los Gerentes Publicos", y el articulo 2 del Decreto Supremo Nº 108-2009-EF, que aprueba la Politica Remunerativa de los Gerentes Publicos, establece que SERVIR aprobara los lineamientos operativos que fuesen necesarios para la aplicacion de la Politica Remunerativa de los Gerentes Publicos; Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 037-2009-ANSC-PE se aprobo la Directiva Nº 006-2009ANSC/GDCGP "Directiva para el pago del complemento remunerativo durante el periodo de asignacion de los Gerentes Publicos"; Que, la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Publicos, organo encargado de conducir y gestionar el Cuerpo de Gerentes Publicos ha propuesto la modificacion de la Directiva mencionada en el considerando anterior, con el fin de efectuar una serie de precisiones relacionadas con los criterios para la determinacion de la remuneracion basica de los Gerentes Publicos; Que, en uso de las atribuciones previstas en los literales c) y f) del articulo 8 del Reglamento de Organizacion y Funciones de SERVIR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM, el Consejo Directivo, en su sesion de fecha 29 de diciembre de 2010, ha aprobado la propuesta presentada por la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Publicos; De conformidad al Decreto Legislativo Nº 1024 y el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Incorporar en el articulo 4, numeral 1 de la Directiva Nº 006-2009-ANSC/GDCGP "Directiva

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