Norma Legal Oficial del día 27 de Enero del año 2011 (27/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de enero de 2011

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
RESOLUCION LEGISLATIVA N° 29657
LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Declaran el 16 de febrero de 2011 dia no laborable, a nivel de MORDAZA Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, para los trabajadores de los Sectores Publico y Privado, por realizarse la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Foro MORDAZA del Sur Paises Arabes (ASPA)
DECRETO SUPREMO N° 006-2011-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, durante el mes de febrero del presente ano, el Peru sera el anfitrion de la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Foro MORDAZA del Sur ­ Paises Arabes (ASPA); Que, dicha Cumbre permitira al Peru recibir a los mas altos representantes de los paises de MORDAZA del Sur y de los Paises Arabes, para abordar temas de importancia bi regional, a favor del desarrollo, la preservacion del medioambiente, el dialogo intercultural, y el intercambio reciproco en materia de comercio, inversiones y turismo. Que, mediante Resolucion Suprema Nº 287-2009RE, de 04 de septiembre de 2009, se declaro de Interes Nacional la realizacion en el Peru, en el transcurso del primer trimestre del ano 2011, de la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Foro MORDAZA del Sur ­ Paises Arabes (ASPA), asi como tambien sus actividades y eventos conexos; Que, dada la importancia de este evento, es necesario adoptar medidas de diversa naturaleza para la atencion y seguridad de los altos dignatarios que nos visitaran, por lo que resulta conveniente declarar dia no laborable sujeto a horas de trabajo compensables o recuperables, en MORDAZA Metropolitana (Lima y sus distritos) y en la Provincia Constitucional del Callao, el dia de la Cumbre en el que se reuniran los Jefes de Estado y de gobierno de los paises miembros del Foro ASPA, a fin de facilitar la implementacion de tales medidas; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Dia no laborable Declarar dia no laborable, a nivel de MORDAZA Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, para los trabajadores de los Sectores Publico y Privado, el dia miercoles 16 de febrero de 2011. Para los fines tributarios, dichos dias seran considerados habiles. Articulo 2º.- Compensacion de horas En el sector publico, las horas dejadas de laborar durante el dia declarado no laborable seran compensadas en los dias inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el Titular de cada entidad publica, en funcion a las necesidades de la misma. En el sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, se establecera la forma como se MORDAZA efectiva la recuperacion de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, decidira el empleador. Articulo 3º.- Supuesto de excepcion Sin perjuicio de lo establecido en los articulos precedentes, los titulares de las entidades del Sector Publico adoptaran las medidas necesarias para garantizar

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE CONCEDE PENSION DE MORDAZA A DON MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, DESTACADO INTERPRETE Y COMPOSITOR DE LA CANCION CRIOLLA
Articulo 1º.- Objeto de la Resolucion Legislativa Concedese pension de MORDAZA a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, destacado interprete y compositor de la cancion criolla, ascendente a dos (2) remuneraciones minimas vitales, cuyo merecimiento ha sido debidamente calificado. Articulo 2º.- Naturaleza de la pension de MORDAZA La pension de MORDAZA a que se refiere el articulo 1º es personal, intransferible y no genera derecho a pension de sobrevivientes. Articulo 3º.- Cumplimiento de la Resolucion Legislativa El Ministerio de Cultura queda encargado del cumplimiento de la presente Resolucion Legislativa, debiendo efectuar las acciones administrativas con cargo a su presupuesto institucional aprobado por la Ley num. 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, sin generar una demanda de recursos adicionales al Tesoro Publico y de acuerdo con las normas presupuestarias vigentes. Articulo 4º.- Vigencia La presente Resolucion Legislativa entra en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los seis dias del mes de enero de dos mil once. MORDAZA ZUMAETA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA AGUINAGA RECUENCO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA MORDAZA, 26 de enero de 2011. Cumplase, registrese, comuniquese, publiquese y archivese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion 595658-1

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