Norma Legal Oficial del día 27 de Enero del año 2011 (27/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de enero de 2011

ADMINISTRATIVO, al senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en adicion a sus funciones como Presidente de la Cuarta Sala en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima. 595448-1

ORGANOS AUTONOMOS DEFENSORIA DEL PUEBLO
Convocan a la Sexta Entrega de la Medalla "Defensoria del Pueblo"
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 002-2011/DP MORDAZA, 25 de enero de 2011 VISTA: La Resolucion Defensorial Nº 010 2006/DP del 15 de febrero del 2006, mediante la cual se crea el Premio Nacional "Defensoria del Pueblo"; y, CONSIDERANDO: Que, la Defensoria del Pueblo es un organismo constitucional MORDAZA que tiene encomendada la defensa de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad, asi como la supervision del cumplimiento de los deberes de la administracion estatal y de la prestacion de los servicios publicos, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Peru y por la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo; Que, la Defensoria del Pueblo considera de especial interes institucional promover aquellas acciones que contribuyan a generar un cambio cultural en la sociedad y en el Estado peruano, que les permita avanzar como comunidad y organizacion juridica en la consolidacion de la institucionalidad democratica y la vigencia efectiva de los derechos humanos; Que, mediante Resolucion Defensorial Nº 010 2006/DP del 15 de febrero del 2006, la Defensoria del Pueblo creo un Premio Nacional destinado a expresar publico reconocimiento a aquellas personas o instituciones que hayan destacado significativamente en la promocion, defensa y consolidacion del orden constitucional, la institucionalidad democratica y la vigencia de los derechos humanos; Que, la referida resolucion senala que el Premio Nacional "Defensoria del Pueblo" sera concedido anualmente por la Defensoria del Pueblo a una o mas personas naturales o instituciones, MORDAZA estas nacionales o extranjeras; Que, cualquier persona, grupo de personas o instituciones podra presentar a la Defensoria del Pueblo candidaturas a la referida medalla, las que deberan estar debidamente sustentadas y documentadas con informacion acerca de la trayectoria, trabajo y contribucion o aporte a la institucionalidad democratica y vigencia de los derechos humanos; Que, el premio consiste en la imposicion de una medalla, la cual fue concedida en el ano 2006 a MORDAZA MORDAZA Llosa y a MORDAZA Lerner Febres; en el ano 2007, al Reverendo Padre MORDAZA MORDAZA y a la Hermana MORDAZA MORDAZA del MORDAZA Valcarcel Muniz, conocida como la "Madre Covadonga"; en el ano 2008, a MORDAZA del MORDAZA Coll Torrente; en el ano 2009, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conocido mundialmente como MORDAZA Carter; y, en el ano 2010, al Embajador MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y a MORDAZA MORDAZA Ortega; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a la Sexta Entrega de la Medalla "Defensoria del Pueblo". Articulo Segundo.- Declarar abierta la etapa de recepcion de candidaturas a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, que se extendera hasta el 25 de

febrero del 2011. Cualquier persona, grupo de personas o instituciones podra presentar a la Defensoria del Pueblo candidatos o candidatas para la concesion de la medalla, para lo cual dicha MORDAZA debera cumplir con lo establecido por la Resolucion Defensorial Nº 010 2006/DP y por las Bases para la Sexta Entrega de la Medalla "Defensoria del Pueblo", las cuales seran publicadas en el MORDAZA Web institucional. Articulo Tercero.- La convocatoria sera publicada en el MORDAZA Web de la Defensoria del Pueblo (www. defensoria.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo 594746-1

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Renuevan inscripcion de la encuestadora Analistas & Consultores S.R.L. en el Registro Electoral de Encuestadoras
RESOLUCION Nº 0007-2011-JNE Expediente Nº J-2010-00279 MORDAZA, diecisiete de enero de dos mil once VISTO el pedido de renovacion de inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras formulado por MORDAZA Verjovsky Sandler, Director-Gerente de la encuestadora ANALISTAS & CONSULTORES S.R.L. I. ANTECEDENTES Por Resolucion Nº 097-2006-JNE, se aprobo la adecuacion de ANALISTAS & CONSULTORES S.R.L al Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, la misma que fue inscrita mediante Resolucion Nº 149-2001JNE en la Partida Nº 004-REE/JNE del Registro Electoral de Encuestadoras. Con fecha 12 de MORDAZA de 2010, ANALISTAS & CONSULTORES S.R.L., solicito la renovacion de su registro de inscripcion. II. CONSIDERANDOS 1. El articulo 18 de la Ley Nº 27369 establece que solo podran publicarse encuestas electorales cuando la persona natural o juridica que las realiza se encuentre inscrita ante el MORDAZA Nacional de Elecciones. Asimismo, faculta al MORDAZA Nacional de Elecciones a establecer los requisitos que deberan contener las encuestas o sondeos a publicarse o difundirse, adicionales al nombre del encuestador y la ficha tecnica (fecha, sistema de muestreo, tamano, nivel de representatividad y margen de error). Finalmente, autoriza al MORDAZA Nacional de Elecciones a suspender del registro a la persona o institucion que realice encuestas electorales para su difusion y que no se ajusten estrictamente a los procedimientos normados. 2. Mediante el Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, aprobado por Resolucion Nº 390-2005JNE y modificado por Resolucion Nº 355-2006-JNE, se precisaron los requisitos para la inscripcion y renovacion de las encuestadoras, y los referidos al contenido de las encuestas y ficha tecnica. 3. En el presente pedido de renovacion, se observa que el solicitante ha cumplido con los requisitos previstos en los articulos 3 y 5, habiendo senalado su domicilio y acreditando al profesional calificado; por lo que corresponde disponer la renovacion de la inscripcion de la encuestadora ANALISTAS & CONSULTORES S.R.L. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, y su

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