Norma Legal Oficial del día 27 de Enero del año 2011 (27/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de enero de 2011

HIDROELECTRICA MORDAZA MORDAZA S.A.C., que se identificara con el codigo Nº CDGRER 002-2010-GRA/DREM/D/E para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica MORDAZA MORDAZA III, a partir de su puesta en operacion comercial, con una potencia instalada de 3 000 kW, ubicada en el Paraje Colcas, Distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huaylas, departamento de Ancash. Articulo 2.- Aprobar el Contrato de Concesion Nº 0022010 a suscribirse con HIDROELECTRICA MORDAZA MORDAZA S.A.C., que consta de 19 Clausulas y 4 Anexos. Articulo 3.- Suscribir, a nombre del GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente, con visto MORDAZA de area legal del Gobierno Regional de Ancash. Articulo 4.- El texto de la presente Resolucion debera incorporarse en la Escritura Publica a que de origen el Contrato de Concesion Nº 002-2010 ­ GRA/DREM/D/E, referido en el articulo 2 de la presente Resolucion, en cumplimiento del articulo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 5.- La presente Resolucion, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion; y, entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 6.- Notificar la presente Resolucion, a la empresa HIDROELECTRICA MORDAZA MORDAZA S.A.C., cuyo representante legal es el Sr. MORDAZA Cox Harman. Registrese, comuniquese y publiquese. FREDDY MORDAZA JACOME MORDAZA Director General 595226-1

de obligatoriedad, sera incorporado al Plan de Estudios y computable para la promocion de grado y se consignara en los correspondientes certificados de estudios. DICE: Articulo 4º.- El desarrollo del curso de Educacion Civica estara, preferentemente, a cargo de los docentes de las Areas Academicas de Ciencias Sociales y Educacion Fisica, asumiendo cada uno una carga de cinco (05) horas, que se complementaran con las de su especialidad totalizando su jornada de veinticuatro (24) horas. DEBE DECIR: Articulo 4º.- El desarrollo del curso de Civico y Valores estara, preferentemente, a cargo de los docentes de las Areas Academicas de Ciencias Sociales y Educacion Fisica, asumiendo cada uno una carga de cinco (05) horas, que se complementaran con las de su especialidad totalizando su jornada de veinticuatro (24) horas. DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES DICE: Primera.- El Gobierno Regional organizara un programa de capacitacion dirigido a los docentes que tendran a su cargo el curso de Educacion Civica; el que sera un requisito para la asignacion de las horas con la certificacion de aprobacion del programa de capacitacion. DEBE DECIR: Primera.- El Gobierno Regional organizara un programa de capacitacion dirigido a los docentes que tendran a su cargo el curso de Civico y Valores; el que sera un requisito para la asignacion de las horas con la certificacion de aprobacion del programa de capacitacion. 595630-1

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
FE DE ERRATAS ORDENANZA REGIONAL Nº 00004 Mediante Oficio Nº 032-2011-GRC-SCR-CR, el Gobierno Regional del Callao solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Regional Nº 00004, publicada en nuestra edicion del dia 26 de enero de 2011. DICE: Articulo 1.- Dispongase la obligatoriedad de desarrollar el Curso de Educacion Civica en todas Instituciones Educativas Publicas del ambito de la jurisdiccion de la Region Callao, aplicable al 4to. Y 5to. Grado de nivel secundaria. DEBE DECIR: Articulo 1.- Dispongase la obligatoriedad de desarrollar el Curso de Civico y Valores en todas las Instituciones Educativas Publicas del ambito de la jurisdiccion de la Region Callao, aplicable al 4to. Y 5to. Grado de nivel secundaria. DICE: Articulo 3º.- El curso de Educacion Civica, al estar aprobado mediante Ordenanza Regional y tener un caracter de obligatoriedad, sera incorporado al Plan de Estudios y computable para la promocion de grado y se consignara en los correspondientes certificados de estudios. DEBE DECIR: Articulo 3º.- El curso de Civico y Valores, al estar aprobado mediante Ordenanza Regional y tener un caracter

GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA
Aprueban modificacion de la Estructura Organica Vigente del Gobierno Regional de La MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 020-2010-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno de La MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191° y 192° de la Constitucion Politica del Peru; Ley de Bases de Descentralizacion, Ley N° 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, y demas normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 01 de setiembre de 2010, el dictamen sobre la Proyecto de Ordenanza Regional Nº 077-2010-GR-LL/CR relativo a aprobar la modificacion de la estructura organica vigente del Gobierno Regional de La MORDAZA y consiguiente organigrama estructural; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado y el Articulo 2° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho

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