Norma Legal Oficial del día 27 de Enero del año 2011 (27/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de enero de 2011

Articulo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO las Resoluciones Ejecutivas Regionales N° 199 y 438-2003GR-LL/PRE, de fechas 21 de MORDAZA y 22 de MORDAZA de 2003 respectivamente, que aprobo y modifico el Organigrama Estructural y el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento de La Libertad; luego de la aprobacion de la presente norma. Articulo Quinto.- DISPONER a la Gerencia Regional de Produccion y la Gerencia Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la correcta implementacion y consiguiente aplicacion y cumplimiento de la presente norma. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Produccion y la Gerencia Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la formulacion de su respectivo cuadro para asignacion de personal (CAP), en el plazo de veinte (20) dias habiles luego de la aprobacion del presente Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF). Articulo Setimo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en el diario de mayor circulacion de la Region y en los portales electronicos tanto de la Sede Regional, asi como en el de cada Gerencia Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de La MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los ocho dias del mes de noviembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MAURTUA Consejera Delegada AL SENOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La MORDAZA a 23 NOV. 2010. MORDAZA H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 594584-4

por la Gerencia Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento, orientado a la adquisicion de lotes y construccion de viviendas, respectivamente, dirigidos a los sectores poblacionales C, D y E en terrenos ubicados en la Region La MORDAZA de propiedad publica o privada; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado y el Articulo 2° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, con Oficio Nº 498-2010-GRLL-GGR/GRPPAT de fecha 26 de MORDAZA de 2010, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial opina que tratandose de un proyecto de ordenanza orientado exclusivamente a establecer lineamientos de politica para complementar en el ambito de la Region La MORDAZA, los programas sociales de vivienda promovidos por el Gobierno Nacional, a fin de acortar la brecha de necesidades de vivienda existentes en los sectores de la poblacion C, D y E de nuestro medio, no irroga gasto publico al presupuesto del Gobierno Regional. Que, tal como lo establece la Ley Organica MORDAZA indicada en su Articulo 2°, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia. Del mismo modo, esta Ley, en su Articulo 38° senala que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regionales y reglamentan materias de su competencia. Es decir, las Ordenanzas Regionales son normas de caracter regional con rango de Ley, cuyo efecto es vinculante dentro de la jurisdiccion, por tanto, resultan ser los instrumentos normativos idoneos para aprobar materias de competencia del Gobierno Regional. Que, las competencias exclusivas de los gobiernos regionales son aquellas cuyo ejercicio corresponde de manera exclusiva y excluyente, al nivel del Gobierno Regional conforme a la Constitucion y al MORDAZA legal vigente, numeral 13.1 del Articulo 13° de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion. Que, la competencia exclusiva enunciada en el parrafo anterior reafirma en el inciso d) del numeral 1 del Articulo 10° de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, que prescribe: "(...) promover y ejecutar las inversiones publicas de ambito regional en proyectos de infraestructura vial energetica, de comunicaciones y de servicios basicos del ambito regional, con estrategias de sostenibilidad, oportunidad de inversion privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades. Que, es tambien competencia exclusiva de los gobiernos regionales "(...) administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal", como lo dispone el inciso j) del Articulo 10° de la Ley Nº 27867. Que, con Resolucion Ministerial N° 893-VIVIENDA de fecha 29 de diciembre de 2008, se declaro concluido el MORDAZA de efectivizacion de la transferencia en materia de vivienda y saneamiento al Gobierno Regional de La MORDAZA, respecto a las funciones especificas consignadas en los literales a), b), c), d), e), f) y h) del Articulo 58° de la Ley Organica MORDAZA glosada. Que, la funcion b) del Articulo 58º enunciada en el considerando anterior, transferida por el Sector Vivienda al Gobierno Regional de La MORDAZA prescribe que es funcion en materia de vivienda y saneamiento: La ejecucion de programas de vivienda urbanas y rurales canalizando los recursos publicos y privados (...)". Que, en el Reglamento de Organizacion y Funcion (ROF) del Gobierno Regional de La MORDAZA aprobado por Ordenanza Regional Nº 023-2008-GR-L/CR, se ha incorporado como funcion especifica de la Gerencia Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la senalada en el inciso b) del Articulo 58° de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, el Gobierno Regional de La MORDAZA tiene fines de promocion y ejecucion a nivel regional de la

Declaran como Politica Publica Regional de Vivienda el Programa "Lotes Dignos para el Pueblo"
ORDENANZA REGIONAL N° 025-2010-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno de La MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191° y 192° de la Constitucion Politica del Peru; Ley de Bases de Descentralizacion, Ley N° 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, y demas normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA ha adoptado la siguiente Ordenanza Regional: VISTO: En Sesion Ordinaria continuada del dia 12 de noviembre de 2010, el dictamen sobre el Proyecto de Ordenanza Regional N° 059-2010-GR-LL/CR relativo a declarar como politica publica regional de vivienda el programa "Lotes Dignos para el Pueblo" promovido

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