Norma Legal Oficial del día 27 de Enero del año 2011 (27/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de enero de 2011

preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Articulo 74º de la Constitucion Politica otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, potestad que es reconocida en el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, para crear, modificar, suprimir o exonerar arbitrios, tasas de licencias y derechos dentro de los limites establecidos por la Ley. Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, senala que las Ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se regula las materias en la que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, la Administracion Tributaria, conforme a la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, cuando este facultada para actuar discrecionalmente, optara por la decision administrativa que considere mas conveniente para el interes publico, dentro del MORDAZA que establece la Ley. Que, con fecha 05 de diciembre de 2010 se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Municipal N° 014-2010-CDB mediante la cual se ha establecido mantener para el ejercicio 2011 la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 016-2008-CDB, que establecio el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ano 2009, vigente tambien para el ano 2010 segun Ordenanza Municipal Nª 018-2009CDB. Que, el Concejo Distrital de Bellavista, ha visto pertinente y necesario otorgar un beneficio de descuento por el pronto pago de los arbitrios municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del ano 2011 a los contribuyentes puntuales que se encuentren al dia en sus pagos hasta el ano 2010 y que cumplan con cancelar el total de sus arbitrios 2011. Estando a lo expuesto con el MORDAZA unanime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades le confiere y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; el Concejo ha aprobado por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL POR EL QUE SE APRUEBA DESCUENTOS POR EL PRONTO PAGO DE ARBITRIOS CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL 2011 Articulo 1º.- Apruebese descuentos por el pronto pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, para los contribuyentes cuyos predios correspondan al uso de MORDAZA habitacion en general, asi como los predios de uso comercio y servicios hasta 100 m2. siempre que cancelen hasta el 28 de febrero del presente ano el monto total y al contado de los arbitrios correspondientes al ejercicio fiscal 2011, bajo las condiciones siguientes: Descuento del 20% de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo 2011, para los contribuyentes que se encuentren al dia en el pago del Impuesto Predial y Arbitrios municipales hasta el ano 2010. Descuento del 10% de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo 2011, para los contribuyentes que se encuentren al dia en el pago de sus Arbitrios hasta el ano 2010. Para los demas contribuyentes el descuento por el pronto pago sera del 10% siempre que se encuentren al dia tanto en el Impuesto Predial y arbitrios municipales hasta el ano 2010. Articulo 2º.- Deleguese en el Despacho de Alcaldia la facultad de prorrogar a traves de Decreto de Alcaldia la vigencia de la presente Ordenanza Municipal, previa

evaluacion de la Direccion de Administracion Tributaria y Rentas. POR TANTO: Mando se publique y cumpla MORDAZA RIVADENEYRA MORDAZA MORDAZA 595114-2

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE LA MORDAZA
Aprueban MORDAZA Mecanizada de Declaraciones Juradas del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2011
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2011-MDCLR MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, 19 de enero 2011 EL MORDAZA DEL GOBIERNO LOCAL DE MORDAZA DE LA LEGUA-REYNOSO VISTO: El Informe Nº 008-2011-GAT/MDCLR de la Gerencia de Administracion Tributaria remitiendo el Perfil de Actividad "Campana Mecanizada" de Declaraciones Juradas del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el periodo 2011 y Calendario Tributario para el ejercicio 2011. CONSIDERANDO: Que, el articulo 8° del Decreto Legislativo Nº 776 "Ley de Tributacion Municipal" y Decreto Supremo Nº 156-2004-EF establece que el Impuesto Predial es de periodicidad anual y grava el valor de los predios urbanos y rusticos. Para efectos del Impuesto se considera predios a los terrenos, incluyendo los terrenos ganados al mar, a los MORDAZA y a otros espejos de agua, asi como las edificaciones e instalaciones fijas y permanentes que constituyan partes integrantes de dichos predios, que no pudieran ser separadas sin alterar, deteriorar o destruir la edificacion. La recaudacion, administracion y fiscalizacion del impuesto, corresponde a la Municipalidad Distrital donde se encuentra ubicado el predio, y que, de conformidad con el articulo 66° del Decreto Legislativo N° 776 "Ley de Tributacion Municipal", se establece que, las tasas municipales son los tributos creados por los Concejos Municipales, cuya obligacion tiene como hecho generador la prestacion efectiva por la Municipalidad de un servicio publico o administrativo, reservado a las Municipalidades de acuerdo con la Ley Organica de Municipalidades. Que, de conformidad con el inciso c) del Art. 14º, del precitado dispositivo legal, senala que, cuando asi lo determine la administracion tributaria para la generalidad de contribuyentes y dentro del plazo que determine para tal fin. La actualizacion de los valores de predios por las Municipalidades, sustituye la obligacion contemplada por el inciso a) del presente articulo, y se entendera como valida en caso que el contribuyente no lo objete dentro del plazo establecido para el pago al contado del impuesto. Que, la Ordenanza N° 004-2010-MDCLR, establece para el ano 2011, la vigencia de los montos de las Tasas de los Arbitrios Municipales del ano, en el Distrito de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, reajustando con el Indice de Precios al Consumidor ­IPC, acumulado del ejercicio 2010.

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