Norma Legal Oficial del día 27 de Enero del año 2011 (27/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de enero de 2011

NORMAS LEGALES

435039

PODER EJECUTIVO DEFENSA
Disponen levantar la reserva para la defensa nacional sobre determinada area acuatica establecida mediante la R.S. N° 694-2005-DE/MGP
RESOLUCION SUPREMA N° 034-2011-DE/ MORDAZA, 27 de enero de 2011 VISTOS: El Oficio del Ministro de Transportes y Comunicaciones, de fecha 20 de enero de 2011, solicitando se modifique la Resolucion Suprema Nº 694-2005-DE-MGP y se proceda a la desafectacion del area acuatica reservada para la Base MORDAZA del Callao: CONSIDERANDO Que, por Resolucion Suprema Nº 694-2005-DE/MGP de fecha 5 de diciembre de 2005, se reservo para fines de Defensa Nacional y uso exclusivo del Ministerio de Defensa-Marina de MORDAZA del Peru, las areas acuaticas que se detallan en la relacion del Anexo que forma parte integrante de dicha Resolucion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 062-2010-MTC publicado el 31 de diciembre de 2010, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobo el Contrato de Concesion del Terminal de Embarque de Concentrados de Minerales en el Terminal Portuario del Callao; Que, se ha verificado que parte de las areas acuaticas que conforman las areas de concesion correspondientes al Terminal de Embarque de Concentrados de Minerales y al Terminal Norte Multiproposito del Terminal Portuario del Callao, se encuentran calificadas como de reserva para la defensa nacional y uso exclusivo del Ministerio de Defensa, de conformidad con lo establecido en la Resolucion Suprema Nº 694-2005-DE/MGP; Que, para viabilizar la entrega en concesion de las areas correspondientes a los Terminales Portuarios a los que se refiere el parrafo precedente, el Ministro de Transportes y Comunicaciones ha solicitado el levantamiento de la clasificacion de reserva para la defensa nacional y uso

exclusivo del Ministerio de Defensa, realizada mediante Resolucion Suprema Nº 694-2005-DE/MGP, sobre el area acuatica de las siguientes coordenadas:
VERTICE A B C D LATITUD SUR 12º02'34.146" 12º02'31.255" 12º02'21.735" 12º02'25.719" LONGITUD OESTE 77º08'58.978" 77º09'02.135" 77º08'53.947" 77º08'51.014" ESTE (X) 265970.389 265874.184 266119.596 266209.301 NORTE(Y) 8667795.269 8667883.365 8668177.919 8668056.170

Que, en consecuencia es necesario efectuar la modificacion de la Resolucion Suprema Nº 694-2005-DE/ MGP, de fecha 5 de diciembre de 2005, en lo concerniente a las coordenadas de las areas acuaticas ubicadas dentro del Area reservada para la Base MORDAZA del Callao, a efectos de evitar la superposicion con las areas destinadas para la concesion de los proyectos portuarios MORDAZA mencionados; Que, el Articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, senala que corresponde al Presidente de la Republica, ejercer la potestad de reglamentar las leyes sin transgredirlas, ni desnaturalizarlas; y, dentro de tales limites, dictar Decretos y Resoluciones; SE RESUELVE: Articulo 1.- Levantar la reserva para la defensa nacional establecida por la Resolucion Suprema Nº 6942005-DE/MGP, sobre el area acuatica cuyas coordenadas son las siguientes:
VERTICE A B C D LATITUD SUR 12º02'34.146" 12º02'31.255" 12º02'21.735" 12º02'25.719" LONGITUD OESTE 77º08'58.978" 77º09'02.135" 77º08'53.947" 77º08'51.014" ESTE (X) 265970.389 265874.184 266119.596 266209.301 NORTE(Y) 8667795.269 8667883.365 8668177.919 8668056.170

Articulo 2.- La presente Resolucion sera refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 596342-1

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse.

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