Norma Legal Oficial del día 02 de Febrero del año 2011 (02/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de febrero de 2011

que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004; Que, de conformidad con la Ley N° 29605 -- Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley N° 29626 -- Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; Ley N° 27619 -- Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; Decreto Supremo N° 047 -- 2002 -PCM de 05 de junio de 2002 y Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; Estando a lo propuesto por el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito y lo acordado con el senor Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Articulo 1°.-. Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios al senor MORDAZA MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI N° 43260078 y CIP N° 116746400, para participar como alumno en el Curso de Comando y Estado Mayor en la Escuela Superior de MORDAZA del Ejercito de MORDAZA, en la MORDAZA de Buenos Aires - MORDAZA, del 20 de febrero al 17 de diciembre de 2011. Articulo 2°.- El Ministerio de Defensa -- Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje aereo: MORDAZA - Buenos Aires - MORDAZA (Clase economica) US $ 700.00 X 01 Gastos de traslado (Ida y Vuelta) US $ 2,900.00 x 02 compensaciones Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto (TUUA) US $ 31.00 x 01 persona Articulo 3°.- El Ministerio de Defensa -- Ejercito del Peru, efectuara el pago de la Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero, que corresponda de acuerdo a la modalidad de la mision, por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, de conformidad con el Articulo 2° de la Resolucion Ministerial N° 778-2008-DE/SG del 25 de MORDAZA de 2008, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2004 DE/SG de 26 de enero de 2004 y sus modificaciones. Articulo 4°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1°, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 5°.- El mencionado oficial revistara en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito del Peru, por el periodo que dure la mision de estudios. Articulo 6°.- El citado Oficial, no podra solicitar su pase a la situacion de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido a la Institucion el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duracion de la mision de estudios. Articulo 7°.- El citado oficial, dentro de los quince dias calendario siguientes a la fecha de su retorno al MORDAZA, presentara un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 8°.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 9°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 598212-13

Autorizan viaje de oficial EP para recibir tratamiento medico altamente especializado en los Estados Unidos de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA N° 047-2011-DE/EP MORDAZA, 1 de febrero de 2011 Visto, el Oficio Nº 022Y-6.1.a/15.00 de 07 de enero de 2011, del Comando de Salud del Ejercito; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Peritaje Medico Legal de fecha 21 de diciembre del 2010, el Mayor EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en junio del ano 2008 sufrio una caida que le comprometio la muneca del brazo MORDAZA, en circunstancias que, dando termino a una operacion de Patrullaje al mando de una Patrulla Contraterrorista, en su condicion de Jefe de Base se desplazaba a su Puesto de Comando ubicado en la Base Contraterrorista "Ramadilla", en ese entonces jurisdiccion del Comando Especial VRAE; Que, de acuerdo con la evaluacion medica, el golpe sufrido en la muneca le dejo una secuela de tumoracion que finalmente ha evolucionado en una Neoplasia Maligna que ha obligado a practicarle al MORDAZA nombrado Oficial, una serie de examenes, cirugias y tratamientos en el Hospital Militar Central del Ejercito y en el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas; Que, al practicarsele una resonancia magnetica el 31 de agosto de 2010, se le diagnostico lo siguiente: "Hallazgos compatibles con foco de persistencia o recidiva de lesion tumoral en las partes blandas de la region palmar del MORDAZA en su mitad cubital. Por lo que ante la evidencia de 3ra recidiva tumoral se plantea reseccion tumoral y RADIO TERAPIA INTRAOPERATORIA, procedimientos que en la actualidad no se realizan en ninguna de las instituciones de salud nacionales"; Que, dada la gravedad del diagnostico referido en los considerandos precedentes, la Junta Medica Intersanidades de las Fuerzas Armadas y Policiales, mediante Acta del 14 de setiembre de 2010, llego a la conclusion de que el Mayor EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presenta como diagnostico "SARCOMA SINOVIAL DE PARTES BLANDAS EN MUNECA IZQUIERDA T3N0-M0-G3 ESTADIO CLINICO II DE ALTO GRADO DE AGRESIVIDAD CON 3RA RECIDIVA", y en consenso recomienda su evacuacion con suma urgencia al MD ANDERSON CANCER CENTER de la MORDAZA de MORDAZA, Estado de Texas ­ Estados Unidos de MORDAZA, para tratamiento definitivo, considerando que su tratamiento no puede realizarse en el MORDAZA por carencia de tecnologia medica suficiente; Que, mediante Peritaje Medico Legal de fecha 21 de diciembre del 2010, en el punto 7 se indica que el "PACIENTE DEBE SER EVACUADO A CENTRO ESPECIALIZADO PARA REALIZAR UNA RESECCION AMPLIA CON AMPUTACION PARCIAL DE MUNECA IZQUIERDA Y RADIOTERAPIA INTRA OPERATORIA"; recomendando con urgencia su evacuacion al MD.

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