Norma Legal Oficial del día 02 de Febrero del año 2011 (02/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
Entidades Representante de la OBEC del Ministerio de Educacion Presidencia Representante del Ministerio de Relaciones Exteriores Secretaria Representante de la Embajada de Ecuador en Peru Miembro Representante de la Asamblea Nacional de Rectores Miembro

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de febrero de 2011

debera presentar al titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Articulo 4º.- La presente MORDAZA no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la profesional cuyo viaje se autoriza. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 598212-9

Titulares Alternos Mg. MORDAZA MORDAZA Naupay Lic. MORDAZA MORDAZA Cucci Embajadora MORDAZA Cino de MORDAZA Embajador MORDAZA Ribadeneira MORDAZA Lic. MORDAZA MORDAZA Castaneda Ministro Consejero MORDAZA Bernos MORDAZA Consejero MORDAZA Vasconez Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Educacion y el Ministro de Relaciones Exteriores Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 598212-10

EDUCACION
Designan miembros que integran la Comision Binacional de la Beca de Amistad Peruano Ecuatoriana
RESOLUCION SUPREMA Nº 005-2011-ED MORDAZA, 1 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2010-ED, se crea la Beca de Amistad Peruano Ecuatoriana, con el objeto de financiar los estudios de pre y postgrado, a favor de los estudiantes ecuatorianos en universidades peruanas publicas y privadas; Que, el articulo 12º de las Normas Complementarias para la Implementacion de la Beca de Amistad Peruano Ecuatoriana, aprobadas mediante Resolucion Ministerial Nº 0283-2010-ED, establece que la Comision Binacional senalada en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 009-2010-ED, estara constituida por un representante titular y/o alterno de la Embajada de Ecuador en Peru, Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru, OBEC del Ministerio de Educacion y Asamblea Nacional de Rectores; Que, el articulo 13º de las normas complementarias indicadas en el parrafo precedente, senala que son funciones de la Comision Binacional: a) Establecer las areas prioritarias de estudios universitarios de pregrado y postgrado de la Republica del Ecuador y del Peru, conforme a un ranking de prioridad y b) Determinar las universidades en las cuales se desarrollara los estudios de pregrado y postgrado; Que, las entidades integrantes de la Comision Binacional de la Beca de Amistad Peruano Ecuatoriana, han indicado el nombre de los funcionarios que los representaran ante dicha Comision Binacional, por lo que resulta necesario designar a los miembros integrantes de la referida comision; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modificatorias, y la Ley Nº 29158; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a los miembros que integran la Comision Binacional de la Beca de Amistad Peruano Ecuatoriana:

Aprueban actualizacion de la Matriz de Indicadores del Plan Estrategico Sectorial Multianual y de la Matriz de Indicadores de Desempeno y Metas de las Politicas Nacionales al 2011 correspondientes al Sector Educacion
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0047-2011-ED MORDAZA, 31 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, el Ministerio de Educacion es el organo del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la politica de educacion, cultura, recreacion y deporte en concordancia con la politica general del Estado; Que, por Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, el cual establece que la Secretaria de Planificacion Estrategica es el Organo responsable de coordinar, integrar, formular, monitorear y evaluar la politica, objetivos y estrategias del Sector Educacion; Que, en virtud a las funciones previstas en el referido dispositivo, corresponde a la Secretaria de Planificacion Estrategica proponer a la Alta Direccion la politica, objetivos y estrategias sectoriales, en coordinacion con los organos y entidades del Sector Educacion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, se aprobaron las Politicas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades de Gobierno Nacional (2007­2011); estableciendose que mediante Resolucion Ministerial del sector respectivo, los Ministerios publicaran las metas concretas y los Indicadores de desempeno para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Politicas Nacionales y Sectoriales de su competencia; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 0190-2007ED del 9 de MORDAZA del 2007, se aprobo el Plan Estrategico Sectorial Multianual (PESEM 2007-2011), el cual define

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