Norma Legal Oficial del día 02 de Febrero del año 2011 (02/02/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

435504

NORMAS LEGALES
Gobierno Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huancavelica MORDAZA Ica MORDAZA La MORDAZA Pasco MORDAZA MORDAZA San MORDAZA Tacna Tumbes TOTAL 597529-1

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de febrero de 2011

Convenios Financieros 2011 para el Programa de Caminos Departamentales; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizacion de Transferencias Financieras Autorizar Transferencias Financieras del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor de los Gobiernos Regionales de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, Ica, MORDAZA, La MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, Tacna y Tumbes, hasta por la suma de CIENTO CINCO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 105 343 855,00), para cofinanciar la ejecucion del Programa de Caminos Departamentales ­ PCD. Las Transferencias Financieras autorizadas por la presente Resolucion Ministerial se realizaran con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Ano Fiscal 2011, fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Credito, conforme se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Incorporacion en el Presupuesto Institucional del Gobierno Regional Los Gobiernos Regionales a traves de su Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial o las que MORDAZA sus veces, incorporaran en sus respectivos presupuestos institucionales, las transferencias financieras autorizadas en el articulo precedente, en la fuente de financiamiento de Donaciones y Transferencias, dentro de los cinco (5) dias de publicada la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Monitoreo y seguimiento de los recursos transferidos Provias Descentralizado es responsable del monitoreo y seguimiento de los recursos transferidos, asi como del cumplimiento de los fines, metas fisicas y financieras para los cuales se transfieren, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- Rendicion de cuentas por parte del Gobierno Regional La rendicion de cuentas por parte del Gobierno Regional se realizara segun lo estipulado en el Instructivo Nº 004-2007-MTC/21 "Ejecucion, Rendicion y Evaluacion de los Recursos Presupuestarios asignados por Provias Descentralizado a favor de los Gobiernos Regionales, en la modalidad de "transferencias financieras", aprobado por Resolucion Directoral Nº 985-2007-MTC/21. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO DISTRIBUCION DE TRANSFERENCIAS FINANCIERAS DEL MTC A LOS GOBIERNOS REGIONALES PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA DE CAMINOS DEPARTAMENTALES (PCD) - ANO 2011 Fuente de Financiamiento: Recursos por Operaciones Oficiales de Credito (En Nuevos Soles) Gobierno Regional Amazonas MORDAZA Monto 10 220 920,00 4 112 859,00

Monto 7 864 319,00 1 569 325,00 1 479 443,00 11 999 082,00 4 983 076,00 243 126,00 4 829 051,00 21 542 088,00 8 401 443,00 7 112 158,00 9 769 576,00 3 244 059,00 4 558 098,00 3 415 232,00 105 343 855,00

Otorgan autorizaciones a personas naturales para prestar servicio de radiodifusion sonora en localidades de los departamentos de MORDAZA, Tacna, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 0018-2011-MTC/03 MORDAZA, 5 de enero de 2011 VISTO, el Expediente Nº 2010-021883 presentado por la senora MORDAZA MORDAZA HUAYLLACCAHUA MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Ayna, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Television indica que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detallan; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 086-2004MTC/03, ratificada con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificada mediante Resoluciones Viceministeriales Nº 069-2009-MTC/03, Nº 457-2009MTC/03, Nº 355-2010-MTC/03 y Nº 648-2010-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.