Norma Legal Oficial del día 02 de Febrero del año 2011 (02/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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UNIVERSIDAD PERUANA DE INTEGRACION GLOBAL

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de febrero de 2011

VISTOS: La Resolucion Nº 455-2010-CONAFU, de fecha 27 de octubre de 2010, el Oficio Nº 1307-2010-CONAFUSG de fecha 16 de noviembre de 2010, el Oficio Nº 4882010/PCO/UPIG, recibido con fecha 30 de noviembre de 2010, el Oficio Nº 977-2010-CONAFU-CDAA de fecha 28 de diciembre de 2010 y el Acuerdo Nº 017-2011-CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 05 de enero 2011; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, de fecha 21 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores y ente rector del funcionamiento de las Universidades del MORDAZA bajo su competencia; Que, conforme al Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, en el articulo 10º establece que: "Son atribuciones del Pleno del CONAFU: ... t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU."; Que, conforme al Reglamento del CONAFU, aprobado mediante Resolucion Nº 387-2009 de fecha 12 de agosto de 2009, en el articulo 9º se establece que: "El Proyecto de Desarrollo Institucional consolida los resultados del estudio en los aspectos tecnicos, economicos, financieros, administrativos, con el fin de instalar, poner en marcha y desarrollar una universidad, con previsiones economicas para sus diez (10) primeros anos de funcionamiento. La elaboracion del Proyecto de Desarrollo Institucional de una universidad responde a una sucesion logica de etapas que buscan la coherencia entre la mision, vision, los objetivos del proyecto, el cronograma elegido para alcanzarlos y los recursos que son necesarios para ello. Las Tablas para su calificacion, establecen las pautas para la elaboracion de los proyectos. Los proyectos se presentaran con un minimo de tres (03) Carreras Profesionales y un MORDAZA de cinco (05) carreras profesionales"; Que, conforme al Reglamento del CONAFU, aprobado mediante Resolucion Nº 387-2009 de fecha 12 de agosto de 2009 en el articulo 14º se establece que: "El Proyecto de Desarrollo Institucional sera presentado en fisico, con caratula color MORDAZA, y en archivo informatico en CD, debiendo coincidir ambos, sera organizado en carpetas separadas, con identificacion de las secciones A, B y C, y a su vez con separadores que identifiquen los documentos que la componen. Al momento de su MORDAZA ante la Oficina de Tramite Documentario todo el PDI debe estar debidamente foliado"; Que, conforme al del Reglamento del CONAFU, aprobado mediante Resolucion Nº 387-2009 de fecha 12 de agosto de 2009 en el articulo 18º se establece que: "El procedimiento se inicia con la MORDAZA de la solicitud de autorizacion de funcionamiento ante la Oficina de Tramite Documentario (OTD)... Si el expediente se encuentra conforme o se han subsanado las observaciones dentro del plazo otorgado, el funcionario responsable de la Oficina de Tramite Documentario, ingresara oficialmente el expediente para su tramite, remitiendo el mismo a la Secretaria General a fin de que esta MORDAZA, remita las Secciones A) y C) a la Consejeria de Asuntos Academicos (CDAA) y la Seccion B) a la Comision Juridica (CJ), quienes dispondran de cinco dias habiles para evaluar si los requisitos de admisibilidad se ajustan a las normas del CONAFU, a cuyo termino emitiran los informes correspondientes"; Que, mediante Resolucion Nº 455-2010-CONAFU, de fecha 27 de octubre de 2010 se resolvio: Declarar inadmisible la solicitud de aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional Modificado de la Universidad Peruana de Integracion Global, concediendole al administrado cinco (05) dias habiles para que cumpla con levantar las observaciones senaladas, bajo expreso apercibimiento de tenerse por no presentado dicha solicitud;

Que, mediante Oficio Nº 1307-2010-CONAFU-SG de fecha 16 de noviembre de 2010, la Secretaria General del CONAFU remitio al Presidente de la Comision Organizadora de la Universidad Peruana de Integracion Global MORDAZA certificada de la Resolucion Nº 455-2010CONAFU, de fecha 27 de octubre de 2010; Que, por Oficio Nº 488-2010/PCO/UPIG, recibido con fecha 30 de noviembre de 2010, el Presidente de la Comision Organizadora de la Universidad Peruana de Integracion Global, remitio el levantamiento de observaciones requeridas mediante Resolucion Nº 4552010-CONAFU, de fecha 27 de octubre de 2010; Que, mediante Oficio Nº 977-2010-CONAFUCDAA de fecha 28 de diciembre de 2010, la Comision Academica informo al Pleno del CONAFU que el Presidente de la Comision Organizadora de Universidad Peruana de Integracion Global, ha cumplido con remitir el levantamiento de observaciones del Proyecto de Desarrollo Institucional Modificado, por lo que opina: Se admita a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional Modificado de la Universidad Peruana de Integracion Global, por haber sido subsanadas las observaciones descritas en la Resolucion 445-2010-CONAFU; Que, conforme al Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, en el articulo 10º establece que: "Son atribuciones del Pleno del CONAFU: ... t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU."; Que, en Sesion Ordinaria de fecha 05 de enero de 2011, el Pleno del CONAFU mediante Acuerdo Nº 0172011-CONAFU convino por UNANIMIDAD: ADMITIR a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional Modificado de la Universidad Peruana de Integracion Global, al haber cumplido con subsanar las observaciones advertidas en la Resolucion 445-2010-CONAFU. En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales: ... d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones" y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ADMITIR a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional Modificado de la Universidad Peruana de Integracion Global, por haber sido subsanadas las observaciones advertidas en la Resolucion 445-2010CONAFU. Articulo Segundo.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los actos administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. ANGELMIRO MORDAZA MESTANZA Presidente MORDAZA JAQUELINY MORDAZA MORDAZA Secretaria General 597145-3

Aprueban la adecuacion de diversas carreras profesionales de la Universidad Peruana de Integracion Global al Regimen de Facultades
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 012-2011-CONAFU MORDAZA, 5 de enero de 2011

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