Norma Legal Oficial del día 02 de Febrero del año 2011 (02/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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como a las entidades publicas o privadas que trascienden por sus obras y acciones meritorias; Que, el Reglamento en mencion establece en el articulo 15, que la Comision Especial de Condecoraciones y Distinciones de la Municipalidad de Miraflores estara compuesta por tres (3) miembros propuestos por el senor MORDAZA y aprobado por Acuerdo de Concejo; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 06-2011-MM de fecha 7 de enero de 2011, se aprueba la conformacion de la Comision Especial encargada de emitir opinion respecto de las propuestas de personas naturales o juridicas a ser condecoradas o distinguidas por el Concejo Municipal de Miraflores, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 321-MM; Que, habiendose designado a la Comision mencionada se advierte que esta conformada por cuatro (4) integrantes. En ese sentido, corresponde efectuar las precisiones necesarias en cuanto se refiere a la conformacion de dicha Comision; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica a traves del Informe Legal Nº 029-2011-GAJ/MM ha emitido opinion favorable respecto de la modificacion del articulo 15 de la mencionada Ordenanza Nº 321-MM, en el sentido de que la Comision Especial encargada de emitir opinion respecto de las propuestas de personas naturales o juridicas a ser condecoradas o distinguidas, podra ser conformada por tres (3) o mas integrantes; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el articulo 9, numeral 8, de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD, y con dispensa del tramite de aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTICULO 15 DE LA ORDENANZA Nº 321-MM Y PRECISA LA CONFORMACION DE LA COMISION ESPECIAL DE CONDECORACIONES Y DISTINCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Articulo Primero.- MODIFICAR el articulo 15 de la Ordenanza Nº 321-MM que aprueba el Reglamento para el otorgamiento de condecoraciones y distinciones de la Municipalidad de Miraflores, debiendo precisarse que la Comision Especial de Condecoraciones y Distinciones de la Municipalidad de Miraflores estara compuesta por tres (3) o mas miembros, propuestos por el MORDAZA y aprobado por el Concejo Municipal. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 597533-3

Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomia consagrada en la Constitucion Politica del Peru radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Ley Nº 28059 se aprueba la Ley MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada, con el objeto que el Estado, en sus tres niveles de gobierno, promueva la inversion de manera descentralizada como herramienta para lograr el desarrollo integral, armonico y sostenible de cada region, en alianza estrategica entre los gobiernos regionales, locales, la inversion privada y la sociedad civil; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM se aprueba el Reglamento de la Ley MORDAZA en mencion, el mismo que fue modificado mediante el Decreto Legislativo Nº 1012 que aprueba la Ley MORDAZA de Asociaciones Publico Privadas para la generacion de empleo productivo y dicta normas para la agilizacion de los procesos de promocion de la inversion privada; Que, el articulo 4, literal b, del Decreto Supremo mencionado, precisa que el Organismo Promotor de la Inversion Privada es el gobierno regional y/o gobierno local, segun sea el caso, que en forma directa o a traves de una gerencia u organo de linea designado a tales efectos, ejerce las facultades de conduccion del MORDAZA de promocion de la inversion privada; Que, por su parte, a traves del Decreto Legislativo Nº 1012 ha quedado establecido en el articulo 6, numeral 6.2., que en el caso de las entidades publicas correspondientes a los niveles de gobierno regional y local, las facultades del Organismo Promotor de la Inversion Privada se ejercen en forma directa a traves del organo del gobierno regional o local designado a tales efectos. Asimismo, el organo MORDAZA de estos organismos es el respectivo Consejo Regional o Concejo Municipal; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 035-2009-MM de fecha 28 de MORDAZA de 2009 se designo a los miembros del Organo de Promocion de la Inversion Privada de la Municipalidad de Miraflores, por lo que en ese sentido resulta necesario disponer una nueva conformacion de sus miembros mas aun si la actual gestion ha asumido la conduccion MORDAZA del distrito; Que, a mayor sustento, la Gerencia de Asesoria Juridica a traves del Informe Legal Nº 024-2011-GAJ/ MM concluye que el Concejo Municipal se encuentra facultado como ente MORDAZA del Organo Promotor de la Inversion Privada, a realizar las modificaciones que considere necesarias en razon del mejor funcionamiento e implementacion de las modalidades de participacion de la inversion privada; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos 9 y 41 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD, y con dispensa del tramite de aprobacion del acta; ACORDO:

Designan a nuevos integrantes del Organo de Promocion de la Inversion Privada
ACUERDO DE CONCEJO Nº 010-2011/MM Miraflores, 31 de enero de 2011 EL MORDAZA DE MIRAFLORES;

Articulo Primero.- DESIGNAR a los nuevos integrantes del Organo de Promocion de la Inversion Privada, que estara conformado por los siguientes funcionarios: Miembros Titulares - Gerente de Obras y Servicios Publicos, quien lo presidira; - Gerente de Autorizacion y Control, y - Gerente de Asesoria Juridica. Miembros Suplentes

POR CUANTO; El Concejo Distrital de Miraflores en Sesion Ordinaria de la fecha; - Gerente de Planificacion - Gerente de Administracion y Finanzas - Gerente de Desarrollo Empresarial y Turismo.

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